A través de un comunicado, la Cámara de Comercio de Resistencia informó sobre las restricciones y medidas que rigen respecto de las actividades comerciales bajo el decreto provincial, desde hoy y hasta el domingo 30 inclusive.
A continuación, se detallan las mismas:
Actividades comerciales esenciales: horario de 8 a 21 todos los días.
Actividades comerciales no esenciales: horario de 8 a 21. Pueden atender sus clientes en la puerta del local y envíos por delivery.
Shopping: patio de comidas, entretenimiento y cines cerrados. Demás locales misma modalidad que los locales a la calle (atención en puerta y delivery).
Gastronómicos, bares y restaurantes: de 8 a 21 por modalidad delivery o retiro en puerta solamente.
Gimnasios, peloteros, quinielas, cines y casinos: cerrados.
Transporte público suspendido.
Actividad bancaria: normal.
Restricción de circulación de 22 a 6 excepto actividades habilitadas o casos de emergencia.
En tanto recordaron cuáles son las actividades consideradas esenciales en general:
a- Abastecimiento de combustible en sus diferentes etapas de acopio y comercialización.
b- Fabricación, procesamiento, distribución de productos alimenticios y bebibles.
c- Fabricación, procesamiento, distribución y comercialización de productos de limpieza, higiene personal, hospitalarios y médicos, y sus diferentes insumos.
d- Atención médica, odontológica, laboratorios bioquímicos.
e- Servicios de comunicación, audiovisuales y de telefonía.
f- Fabricación y provisión de insumos complementarios para distribución y empaque de productos alimenticios, bebidas, perfumerías y otros.
g- Fabricación, distribución y comercialización de insumos, medicamentos y alimentos para mascotas y atención veterinaria para mascotas.
h- Centros de atención telefónica, debiendo respetar los protocolos establecidos en normas nacionales, provinciales y municipales y mantener al menos un puesto de trabajo intermedio entre cada operador, no pudiendo superar en ningún momento una ocupación superior al 50% de la capacidad instalada.
i- Obras públicas en general, obras privadas referidas a la refacción, construcción o mantenimiento de la infraestructura sanitaria.
j- Empresas de seguridad y vigilancia.
k- Servicios fúnebres y salas velatorias.
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