Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • La Justicia frenó el recorte al Fondo Estímulo Productivo: “Con los trabajadores de Producción se puso un límite al ajuste de Zdero”
    • Acceder a un arma, cada vez más fácil: ya rige el decreto que amplía los permisos y reduce controles
    • Innovación Pymes: el punto de encuentro que conecta ideas, tecnología y negocios
    • Abrió el período de tachas para designar supervisores de Nivel Primario
    • Horror: el policía que mató a su ex mujer también asesinó a su padre horas antes
    • Femicidio en Puerto Vilelas: policía mató a su ex pareja e intentó quitarse la vida
    • Milei afirma que no removerá a Adorni: el trasfondo de la decisión y el miedo de los ministros a alzar la voz
    • Juró fiscal provisorio antidrogas
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    martes 5 mayo
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Las personas no binarias podrán elegir «X» en el DNI

    Las personas no binarias podrán elegir «X» en el DNI

    21 de julio de 2021
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    El Gobierno oficializó que desde este miércoles, los argentinos que no se reconocen dentro del sistema binario femenino/masculino puedan identificarse de esa manera con una tercera opción. Los detalles del decreto.

    El Gobierno oficializó este miércoles la incorporación en los Documentos Nacionales de Identidad (DNI) de la posibilidad de que las personas que no se reconocen dentro del sistema binario femenino/masculino puedan identificarse de esa manera con una tercera opción, que utilizará la letra «X».

    Así lo hizo con la publicación del Decreto 476/2021 en la edición de miércoles del Boletín Oficial, previo al acto de anuncio formal de la medida que se realizará hoy en el Museo del Bicentenario de la Casa Rosada, encabezado por el presidente Alberto Fernández.

    La norma lleva la firma del jefe de Estado; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; del ministro del Interior, Eduardo ´Wado´ de Pedro; y de la ministra de Mujeres, Género y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.

    El decreto dispuso que el Registro Nacional de las Personas (Renaper) «deberá adaptar las características y nomenclaturas de los DNI y de los Pasaportes que emite, con exclusividad, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 26.743″, en referencia a la ley de identidad de género aprobada en la Argentina el 24 de mayo de 2012.

    En este sentido, el decreto indica que «se incorporará una tercera opción documentaria en la categoría ´sexo´ en el DNI y el Pasaporte, con el fin de contemplar el derecho a la identidad de género respecto de aquellas personas que no se reconocen dentro del sistema binario femenino/masculino».

    «El derecho a la identidad tiene una directa e indisoluble vinculación con el derecho a no sufrir discriminación, a la salud, a la intimidad y a realizar el propio plan de vida»

    Alberto fernández

    «Resulta necesario establecer que pueda consignarse en el DNI así como en el Pasaporte Electrónico Argentino, en la zona reservada al “sexo”, y conforme el Documento OACI Nº 9303, las nomenclaturas “F”, “M” o “X”, saliendo así del esquema de posibilidades binarias que existían previo al dictado de la presente medida», dice la norma.

    https://www.facebook.com/lanacion/photos/basw.AbrEoVtZ9reWSa_JApX_iWcuzlvriv_tjOoxuBKd6xX5KrJkW-927bvQF9TH09NcFAPag0MRBEGld1trUi_WJFJ_pJD9veLQ9QzQXYLgo_SI_vOoMrix3UmoQSCSdvr3k0jG5Twb12yxCj9jWKJMsV782rysD5O2yd6dyu_lA1OVBQ/10159323841149220/?opaqueCursor=AbrXwo1sMPEhGxyoMnXfzDcdMy4CJOwcdqlXMPhsEBX19IlvO4D5Wlpxh9ahKsI1l2-iPNgtf_AWOOIUJPhwzuZ50Tl7bWvOcjdwwHDrW1NqrW0Kwu-Cqmwfold17PNxE9aI9OKeeAAItU8cFAVvvLgvjpMZJ6xm4rbUXFgJWoRdfpZkxyYKHSMuOmitinltUj5AeY8xaOf_WsYzDxvKFcdJW9543gwjP8ygrUHOA9GgYkEHoofPMzT1qcbFylp4aFWilvDgiaEy9B2y4h6XcTKhKiTEYpQW0ATSZWv-ys–VHD6byNxgJC6LXtGTj1TkX1OiCz7jNtcG_G5fEYgSNMZmHWlUUEawkjpoKywaV-cpgtWk6DjOEznTgGZ_JwdmHQHvQbsEtAjyjR6GZULvBZhCpC3AIRkAUEOMHS1Hp_wxpvXPwAtyvkxYsP0ilTxR-jWwAgdCqWkFZDb5l395FyOgef49MmjVJ-kR2SGoPzgRRm_x15wUct_Ay6SWOV7jTEa1kJ1cICx2l8knhej3FwY7bxOeAIhf–sDov4p0gp1aynv4lP3MuOxvvikY6SaOoRNZVzKpUsOVp-vLaODXB69i4CVukvU6Dj1ZilaZO9smw5naK26rxQrlB89NFCW4PidvLoxclpnquMcoiSTEvfkESMwGJ1LKs_87fNmDmwDMPjkwk49Ef8HDB7a21cRfTIrHU-wqnr2UfcMJBFEur3NMSwIWRzXnKbqYZCAT1Exw

    Quiénes podrán elegir la X
    «La nomenclatura “X” en el campo ´sexo´ comprenderá las siguientes acepciones: no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada, autopercibida, no consignada; u otra acepción con la que pudiera identificarse la persona que no se sienta comprendida en el binomio masculino/femenino», detalla el decreto.

    Además, el DNI que cuente con la letra «X» en la zona reservada al sexo «tendrá validez como Documento de Viaje a los efectos establecidos en el Acuerdo sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados».

    El decreto será aplicable también a aquellas personas nacionales a las que se les hubieran expedido Partidas de Nacimiento en el marco de la Ley Nº 26.743, «con anterioridad a la vigencia de esta medida, sin perjuicio de lo consignado en la partida de nacimiento en la categoría “sexo».

    Asimismo, «idénticos derechos» regirán para «las personas extranjeras que obtengan y/o cuenten con el DNI para Extranjeros, Pasaporte Excepcional para Extranjeros o Documento de Viaje para Apátridas o Refugiados, bajo las condiciones previstas en la normativa pertinente», sostiene la publicación.

    Por otra parte, el Renaper deberá informar sobre las «posibilidades de ver restringido» el «ingreso, permanencia y/o situación de tránsito en aquellos Estados en los cuales no se reconozcan otras categorías de sexo que no sean las binarias».

    Se instruye, en tanto, al Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad a «dictar capacitaciones para las autoridades y personal de todos los organismos que integran la Administración Pública Nacional con competencia en la materia», y éstos deberán realizar las «adecuaciones normativas, tecnológicas y de sistemas» «en un plazo de 120 días», indica la norma.

    En los considerandos, se establece que el decreto se realiza en virtud de que «el derecho a la identidad de género es inherente al derecho a la propia identidad, que forma parte del campo de los derechos humanos».

    También hace alusión a que «el derecho a la identidad tiene una directa e indisoluble vinculación con el derecho a no sufrir discriminación, a la salud, a la intimidad y a realizar el propio plan de vida» al tiempo que «se constituye como un concepto genérico que ensambla otros derechos que tutelan diversos aspectos de la persona».

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    La Justicia frenó el recorte al Fondo Estímulo Productivo: “Con los trabajadores de Producción se puso un límite al ajuste de Zdero”

    5 de mayo de 2026
    Nacionales

    Acceder a un arma, cada vez más fácil: ya rige el decreto que amplía los permisos y reduce controles

    5 de mayo de 2026
    Sociedad

    Innovación Pymes: el punto de encuentro que conecta ideas, tecnología y negocios

    5 de mayo de 2026
    Sociedad

    Abrió el período de tachas para designar supervisores de Nivel Primario

    5 de mayo de 2026
    Policiales

    Horror: el policía que mató a su ex mujer también asesinó a su padre horas antes

    5 de mayo de 2026
    RSS En Corrientes
    • En imágenes: el Gobierno expuso su capacidad de despliegue
    • Operativo cerrojo y articulación clave con el Priar para rescatar a Nahuá
    • Expo Búfalos: anunciaron detalles de una nueva edición de muestra del potencial ganadero
    • Córdoba sufrió el rigor del líder, Mitre de Posadas
    • Habló el Ministro de Seguridad tras la detención del brasileño y rescate de Nahuá
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.