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    Cómo es el procedimiento que garantiza el voto accesible

    8 de septiembre de 2021
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    Hace varias elecciones se puso en práctica el voto accesible, a través de una serie de procedimientos que promueven y garantizan el acceso pleno e integral de la población al proceso político y electoral, detectando y resolviendo las barreras existentes, ya sean físicas, comunicacionales o socioculturales.
    Está destinado a personas con discapacidad (motriz, sensorial o visceral o limitaciones que interfieren en su desplazamiento, visión, orientación y comunicación), como también a adultos mayores, mujeres embarazadas, personas que sufren lesiones temporales en miembros superiores o inferiores, personas con diversas «discapacidades invisibles» (pacientes con cardiopatías, diálisis o en tratamientos oncológicos, enfermedades psiquiátricas no incapacitantes, etcétera).
    Para estos casos se estableció el Cuarto Oscuro Accesible (COA) y la asistencia de personas de confianza o familiares o el presidente de mesa.
    En este sentido el presidente del Instituto Provincial para la Inclusión de las Personas con Discapacidad del Chaco (Iprodich), José Lorenzo, brindó precisiones sobre estos procedimientos de cara a las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se celebran el próximo domingo en todo el país para elegir legisladores y legisladoras nacionales.
    Todas las personas comprendidas por el procedimiento de accesibilidad electoral tienen prioridad de voto. «En el caso de que una persona presente algún tipo de limitación o discapacidad puede y debe solicitar prioridad para el acceso al voto tanto al presidente de mesa o autoridad presente», remarcó el funcionario.
    Cuarto Oscuro Accesible (COA)
    Dentro del procedimiento de accesibilidad electoral se contempla que cada establecimiento de votación debe contar con un Cuarto Oscuro Accesible (COA) destinado al sufragio de personas con discapacidad o limitaciones, como así también a personas adultas mayores y mujeres embarazadas y/o con bebés. El COA debe atenerse a las siguientes características: será habilitado en el espacio de más fácil acceso y más cercano al ingreso del establecimiento. Contará con señalización para que pueda ser fácilmente identificado. Podrá ser exclusivo o tratarse de un cuarto común.
    Otra de las características de este proceso es el voto asistido, el cual establece que si alguna persona presenta algún tipo de limitación o discapacidad para realizar el procedimiento de votación, podrá solicitar la asistencia del presidente de mesa o de una persona de su confianza, quien deberá acreditar su identidad y podrá acompañarlo dentro del cuarto oscuro. Cuando se trate de una mesa con boleta electrónica, la máquina deberá presentar un sistema específico de audiodescripción, que asegure el acceso al voto de las personas con discapacidad visual. Si una persona con discapacidad acude a la votación acompañada por un perro de asistencia, se le deberá permitir la permanencia junto a este y su ingreso al cuarto oscuro

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