Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Ciberseguridad y narcomenudeo, en la agenda judicial del nordeste
    • La Libertad Avanza gana músculo legislativo con nuevas presidencias
    • Pérez Pons criticó las proyecciones de Zdero y advirtió sobre falta de rumbo
    • El ex Hotel Sarmiento ya es patrimonio histórico termal
    • Gustavo Mendoza: «El norte argentino es un faro único y maravilloso para el arte»
    • Ezequiel Allende debutó con saldo positivo en el Campeonato Argentino
    • Álvaro Ghidini: “Jugar en casa y ganar nos da un plus enorme”
    • Local de venta de repuestos en la mira de la Justicia
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    martes 17 marzo
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Millonaria cifra tendrá que pagar una iglesia por un caso de abuso

    Millonaria cifra tendrá que pagar una iglesia por un caso de abuso

    28 de septiembre de 2021
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    El Superior Tribunal de Justicia del Chaco, a través de su Sala Civil, Comercial y Laboral, rechazó una apelación y dejó firme una sentencia que condenó a la Unión de Asambleas de Dios (UAD) a pagar una indemnización superior a los $3 millones a la familia de un niño que fue abusado por un «guía espiritual» de esa congregación religiosa.
    Por la causa penal, en 2011, Antonio Luis González había sido condenado a una pena de 10 años de prisión al ser hallado culpable por el delito de abuso sexual con acceso carnal calificado contra un adolescente (12).
    Según la sentencia, el condenado se valió de su condición de guía o líder espiritual de la familia para abusar del chico en sucesivas oportunidades y en la propia vivienda familiar durante 2009.

    DEMANDA CIVIL
    Luego de lograda la condena penal, en 2013 la familia del joven accionó civilmente reclamando una indemnización de $3.5 millones por los daños y perjuicios y el daño moral ocasionado al adolescente. En primera instancia, la causa fue declarada prescripta, lo que fue revocada por la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, publicó el portal Litigio.
    Así, el Juzgado Civil y Comercial 20 de Resistencia hizo lugar a la demanda y condenó a la Unión de Asambleas de Dios a una indemnización superior a los $3 millones más intereses en conceptos de daño moral para ambos padres y para la víctima, daño psicológico para la madre y para el entonces menor y por frustración al proyecto de vida del joven, señaló el portal Mas Contenido.
    La sentencia fue confirmada en diciembre de 2020 por la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial.
    En la sentencia 250 que ahora da a conocer Litigio, la Sala Civil, Comercial y Laboral del STJ desestimó el recurso de inconstitucionalidad presentado por la Unión de Asambleas de Dios y confirmó la condena.
    La resolución es del 20 pasado y lleva la firma de los jueces Alberto Modi y Emilia Valle.
    La UAD aún está a tiempo de recurrir la sentencia ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), a través un recurso extraordinario federal.

    FUNDAMENTOS
    El principal planteo de apelación de la UAD fue que el condenado «no integraba la estructura orgánica de la congregación». Sin embargo, en la causa quedó demostrado que «cumplía en ella las funciones de guía o líder espiritual; y precisamente esa condición de pertenencia al ámbito de la iglesia fue la que le permitió contactar y ganarse la confianza de M.E. y su madre».
    En la causa penal, los pastores de la iglesia confirmaron la vinculación del condenado con esa institución. A la par, el luego acusado fue apartado de esa congregación durante el transcurso de la investigación.
    Otra de las objeciones de esa congregación religiosa era que las camaristas se basaron en declaraciones de testigos formuladas en la causa penal en la que no participó.
    Al respecto, el fallo del STJ sostuvo que «en su construcción jurídica, las sentenciantes apreciaron y sopesaron tanto de las declaraciones producidas en esta causa como las obrantes en el expediente penal».
    En ese sentido, aclaró que las camaristas explicaron «con expresa mención de los motivos que a su entender restaban credibilidad a los dichos de los testigos que comparecieron en esta sede a instancia de la parte demandada».
    Es decir, para las juezas de Cámara en los testimonios quedaba en evidencia que los asistentes a la Unión de Asambleas de Dios pretendieron favorecer a esa institución religiosa.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    Ciberseguridad y narcomenudeo, en la agenda judicial del nordeste

    16 de marzo de 2026
    Política

    La Libertad Avanza gana músculo legislativo con nuevas presidencias

    16 de marzo de 2026
    Política

    Pérez Pons criticó las proyecciones de Zdero y advirtió sobre falta de rumbo

    16 de marzo de 2026
    Interior

    El ex Hotel Sarmiento ya es patrimonio histórico termal

    16 de marzo de 2026
    Sociedad

    Gustavo Mendoza: «El norte argentino es un faro único y maravilloso para el arte»

    16 de marzo de 2026
    RSS En Corrientes
    • Por el mal tiempo, Midón y Zárate recién se presentan hoy en Asunción
    • Comunicaciones se juega mucho ante Estudiantes
    • Juan Pablo dio el puntapié inicial en el reclamo por las regalías eléctricas
    • Confirmaron audiencia para el segundo puente
    • La austeridad gana lugar en los municipios
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.