Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Puerto Tirol: un hombre falleció tras caer de una escalera en una granja educativa
    • Facundo Moyano habló sobre el episodio con su novia y negó las acusaciones
    • YPF potencia las tiendas Full a través de un acuerdo exclusivo con PedidosYa
    • Terremoto en Colombia: continúan los rescates entre los escombros
    • El IPDUV abre inscripciones para el sorteo de viviendas en Sáenz Peña
    • Sáenz Peña: dos demorados y dos bicicletas secuestradas durante la madrugada
    • Martes fresco y con cielo cubierto en Resistencia: se esperan lluvias aisladas
    • Ley de Tierras: una «derrota» por subestimar el rol de la comunicación
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    martes 11 agosto
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Policiales

    Puerto Tirol: un hombre falleció tras caer de una escalera en una granja educativa

    11 de agosto de 2026
    Nacionales

    Facundo Moyano habló sobre el episodio con su novia y negó las acusaciones

    11 de agosto de 2026
    Nacionales

    YPF potencia las tiendas Full a través de un acuerdo exclusivo con PedidosYa

    11 de agosto de 2026
    Internacionales

    Terremoto en Colombia: continúan los rescates entre los escombros

    11 de agosto de 2026
    Interior

    El IPDUV abre inscripciones para el sorteo de viviendas en Sáenz Peña

    11 de agosto de 2026
    RSS En Corrientes
    • Norte Grande: Juan Pablo gestionará por una tarifa eléctrica diferenciada
    • Capital, entre obras y la cautela financiera
    • Leguizamón: «Estamos en pie de guerra»
    • Vischi: «Nuestra responsabilidad es pensar más allá del ruido del momento»
    • Las ventas pyme acumulan siete meses consecutivos en rojo
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.