Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Empleado infiel: le robó una caja fuerte a su jefe con millones de pesos y dólares
    • Mes de sensibilización sobre el cáncer de mama: la detección temprana puede salvar vidas
    • Las Breñas: bombero fue hospitalizado tras el ataque de un enjambre de abejas
    • Hallaron sin vida a una mujer de 85 años en su casa de Resistencia: investigan las causas
    • Localizaron al chaqueño Elio Zárate en Santa Fe: lo buscaban desde junio
    • Caso Loan, el juicio: expectativas por la declaración de este miércoles de María Caillava
    • Villa Ángela: trasladaron al penal de Sáenz Peña a dos hermanos que apuñalaron a un policía
    • La Feria del Libro ya se consagra como un éxito cultural 
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    martes 6 octubre
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Policiales

    Empleado infiel: le robó una caja fuerte a su jefe con millones de pesos y dólares

    6 de octubre de 2026
    Sociedad

    Mes de sensibilización sobre el cáncer de mama: la detección temprana puede salvar vidas

    6 de octubre de 2026
    Policiales

    Las Breñas: bombero fue hospitalizado tras el ataque de un enjambre de abejas

    6 de octubre de 2026
    Policiales

    Hallaron sin vida a una mujer de 85 años en su casa de Resistencia: investigan las causas

    6 de octubre de 2026
    Sociedad

    Localizaron al chaqueño Elio Zárate en Santa Fe: lo buscaban desde junio

    6 de octubre de 2026
    Feed RSS: En Corrientes En Corrientes
    • Se prepara un nuevo remate municipal de vehículos
    • Orgullo de Virasoro: Mario Mazo logró medalla de plata en el Panamericano Máster
    • Corrientes articula una red de voluntariado ante la amenaza de El Niño
    • Empedradeña se consagró campeona en el Iberoamericano de Powerlifting
    • Se viene la “Noche de Titanes IV” en el Juventus
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.