Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • “La verdad no se quema, el fuego estuvo siempre presente”: el alegato final de Gustavo Briend, querellante de Gloria Romero
    • Osuna: «No hay ni una prueba, solamente está en la cabeza de la Fiscalía»
    • Influencers libertarios visitaron Resistencia por el «triunfo electoral»
    • El alegato del querellante Juan Díaz: “Cecilia está hoy gritando, aún muerta, que este hecho se cometió por una organización delictiva”
    • Preso: Julio De Vido se entregó en Comodoro Py y quedó detenido por la tragedia de Once
    • Renunció el juez Jorge Sinkovich y evitó enfrentar un jury de enjuiciamiento
    • Recuperaron el arma de un efectivo policial robada en el barrio Zampa
    • Caso Sena, el final| Fiscalía: «La mataron, la quemaron y creyeron que su poder los haría impunes»
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    jueves 13 noviembre
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Policiales

    “La verdad no se quema, el fuego estuvo siempre presente”: el alegato final de Gustavo Briend, querellante de Gloria Romero

    13 de noviembre de 2025
    Policiales

    Osuna: «No hay ni una prueba, solamente está en la cabeza de la Fiscalía»

    13 de noviembre de 2025
    Política

    Influencers libertarios visitaron Resistencia por el «triunfo electoral»

    13 de noviembre de 2025
    Policiales

    El alegato del querellante Juan Díaz: “Cecilia está hoy gritando, aún muerta, que este hecho se cometió por una organización delictiva”

    13 de noviembre de 2025
    Nacionales

    Preso: Julio De Vido se entregó en Comodoro Py y quedó detenido por la tragedia de Once

    13 de noviembre de 2025
    RSS En Corrientes
    • Curuzú Cuatiá: invitan a engalanar la ciudad por sus 215 años de historia
    • Día en recuerdo de las víctimas de tránsito: se entregarán reconocimientos por la labor en Seguridad Vial
    • Ordenan captura del organizador de eventos que se habría alzado con $100 millones
    • Buscan voluntarios para cuidar la vida en el Iberá
    • Un hombre de 60 años murió tras caer a una piscina
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.