Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • El Chaco cerró el Segundo Censo de Lectura para mejorar la alfabetización
    • Medina Méndez: «La oposición chaqueña tiene un déficit de humildad intelectual»
    • Charata: Presupuesto 2026 aprobado por unanimidad
    • La Unne ingresó al ranking mundial QS de Sostenibilidad
    • Corrientes recibió una de las mayores convocatorias feministas del país
    • Avanzan las obras de refacción del centro de salud de villa Río Negro
    • El municipio despliega actividades deportivas para todas las edades
    • Regatas se supo mantener arriba, barrió la serie y es finalista
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    domingo 23 noviembre
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    El Chaco cerró el Segundo Censo de Lectura para mejorar la alfabetización

    23 de noviembre de 2025
    Política

    Medina Méndez: «La oposición chaqueña tiene un déficit de humildad intelectual»

    23 de noviembre de 2025
    Interior

    Charata: Presupuesto 2026 aprobado por unanimidad

    23 de noviembre de 2025
    Sociedad

    La Unne ingresó al ranking mundial QS de Sostenibilidad

    23 de noviembre de 2025
    Sociedad

    Corrientes recibió una de las mayores convocatorias feministas del país

    23 de noviembre de 2025
    RSS En Corrientes
    • UCR nacional: Valdés pica en punta para presidir y crece el clamor por un «cambio de época»
    • Los gobernadoresdel PJ sueltan la mano de Cristina Fernández
    • El PRO insiste en un plan de desarrollo para enfrentar la crisis nacional
    • Legislatura trataría el Presupuesto 2026 tras el recambio parlamentario
    • Corrientes recibe una de las mayores convocatorias feministas del país
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.