Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Detuvieron a un hombre que fotografiaba y filmaba a alumnos en una escuela primaria
    • URGENTE| Reforma laboral: un juez frenó la aplicación de 82 artículos de la nueva ley
    • Tras quedar expuesto con un gasto millonario, el Gobierno postergó la obra del parque acuático
    • Histórico fallo contra el INSSSEP: El STJ ordena cobertura inmediata en el Hospital Italiano
    • Tragedia en Colonias Unidas: murió una joven de 18 años tras un choque entre una moto y una furgoneta
    • Insólita reacción de un infractor en pleno control de tránsito: gesto obsceno y escándalo con inspectores
    • Chaco mide su fluidez lectora, palabras por minuto, y la comprensión de textos
    • Fin de semana: labraron 135 actas de infracción y se removieron 37 motocicletas 8 automóviles
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    lunes 30 marzo
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Policiales

    Detuvieron a un hombre que fotografiaba y filmaba a alumnos en una escuela primaria

    30 de marzo de 2026
    Nacionales

    URGENTE| Reforma laboral: un juez frenó la aplicación de 82 artículos de la nueva ley

    30 de marzo de 2026
    Política

    Tras quedar expuesto con un gasto millonario, el Gobierno postergó la obra del parque acuático

    30 de marzo de 2026
    Política

    Histórico fallo contra el INSSSEP: El STJ ordena cobertura inmediata en el Hospital Italiano

    30 de marzo de 2026
    Policiales

    Tragedia en Colonias Unidas: murió una joven de 18 años tras un choque entre una moto y una furgoneta

    30 de marzo de 2026
    RSS En Corrientes
    • Midón y Zárate, con acción en el Challenger de San Leopoldo
    • Provincial: Dos capitalinos y el elenco cruceño a octavos de final
    • Capital apuesta a la inversión privada ante el freno de la obra pública
    • Proponen incorporar perros para asistir a niños en estrados judiciales
    • Lisandro: «El resultado del juicio de YPF aporta previsibilidad»
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.