Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • El 71,2% de los argentinos considera necesario un cambio de gobierno en el país
    • Buscan intensamente a Ernesto Fabián Romero, de 27 años
    • Adorni bajo fuego en el Congreso: lo cruzaron por su patrimonio y respondió “no cometí ningún delito”
    • Descubren una plantación de marihuana en la Isla del Cerrito
    • Faltazo de Meneses en la interpelación: «Se burlan del drama de los afiliados»
    • VIVO| Adorni defiende al Gobierno de Milei en el Congreso con el Presidente en el reciento
    • Sesión caliente en la Legislatura del Chaco: cruces, chicanas y sin acuerdos tras más de 20 días sin actividad y Meneses …
    • El tercer homicidio de Resistencia: dictan prisión preventiva para dos acusados por el crimen en barrio Vista Linda
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    miércoles 29 abril
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Nacionales

    El 71,2% de los argentinos considera necesario un cambio de gobierno en el país

    29 de abril de 2026
    Policiales

    Buscan intensamente a Ernesto Fabián Romero, de 27 años

    29 de abril de 2026
    Política

    Adorni bajo fuego en el Congreso: lo cruzaron por su patrimonio y respondió “no cometí ningún delito”

    29 de abril de 2026
    Policiales

    Descubren una plantación de marihuana en la Isla del Cerrito

    29 de abril de 2026
    Política

    Faltazo de Meneses en la interpelación: «Se burlan del drama de los afiliados»

    29 de abril de 2026
    RSS En Corrientes
    • Derrota de Corrientes que buscará la clasificación frente a Pico Truncado
    • Provincial: Empedrado pisó fuerte y se impuso en la ida en Saladas
    • Goleada de Huracán y victoria con lo justo de Yaguareté
    • Se abre una nueva fecha del básquet capitalino
    • Tapa y Contratapa 29 de abril de 2026
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.