Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Milei reivindicó a Belgrano como «primer intelectual liberal económico argentino»
    • Centurión: «La escrituración anticipada puede destrabar miles de inmuebles»
    • El Día del Padre: qué regalos son los más consultados y cuánto cuestan
    • María Elisa Flores: «Este año tenemos un incremento importante de casos de gripe A»
    • El Club Chaco For Ever volvió al triunfo, respira y espera por Cravero
    • Talleres tucumano golpeó y se adelantó en la Interconferencia
    • Brindaron detalles tras el rescate del joven
    • Los escándalos no cesan dentro de las fuerzas policiales del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    domingo 21 junio
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    Milei reivindicó a Belgrano como «primer intelectual liberal económico argentino»

    21 de junio de 2026
    Política

    Centurión: «La escrituración anticipada puede destrabar miles de inmuebles»

    21 de junio de 2026
    Sociedad

    El Día del Padre: qué regalos son los más consultados y cuánto cuestan

    21 de junio de 2026
    Sociedad

    María Elisa Flores: «Este año tenemos un incremento importante de casos de gripe A»

    21 de junio de 2026
    Deportes

    El Club Chaco For Ever volvió al triunfo, respira y espera por Cravero

    21 de junio de 2026
    RSS En Corrientes
    • El Día de la Bandera se vivió con una fuerte impronta política
    • El decreto que quiso agilizar la Justicia y puso en contra a toda la corporación judicial
    • De cara a 2027: el PJ de Goya selló un respaldo unánime a Axel Kicillof
    • «El Gobierno nacional ve al federalismo como debe ser», dijo Grachot
    • Advierten que los embargos empujan al cierre a las pymes en todo el país
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.