Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • El primer corte de luz del verano| Alta demanda en el NEA: Secheep restableció el suministro tras «afectación transitoria»
    • Lonely Planet eligió a la playa Arazaty de Corrientes entre las 7 mejores de Argentina
    • En Chaco se viene un aumento del servicio de agua potable
    • La textil Alal sierra su planta de Villa Ángela y la de Goya en Corrientes
    • El Gobierno modificó la estructura de Salud: tras disolver la ANDIS oficializó la nueva Secretaría Nacional de Discapacidad
    • Con viajes a Corrientes y Misiones, Diego Santilli sale a la caza de votos clave para apuntalar la reforma laboral en el Senado
    • El Gobierno sumará la Ley Penal Juvenil al temario para tratar en extraordinarias
    • Estafa con pagos electrónicos: allanamiento y secuestro de bienes por un millón de pesos
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    martes 27 enero
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Sociedad

    El primer corte de luz del verano| Alta demanda en el NEA: Secheep restableció el suministro tras «afectación transitoria»

    26 de enero de 2026
    Sociedad

    Lonely Planet eligió a la playa Arazaty de Corrientes entre las 7 mejores de Argentina

    26 de enero de 2026
    Sociedad

    En Chaco se viene un aumento del servicio de agua potable

    26 de enero de 2026
    Política

    La textil Alal sierra su planta de Villa Ángela y la de Goya en Corrientes

    26 de enero de 2026
    Nacionales

    El Gobierno modificó la estructura de Salud: tras disolver la ANDIS oficializó la nueva Secretaría Nacional de Discapacidad

    26 de enero de 2026
    RSS En Corrientes
    • La 35ª Fiesta del Chamamé cerró sin incidentes: cómo el 911 y la Policía custodiaron a 20.000 personas
    • Juan Pablo Fornaroli: «Corrientes comienza a tomar una relevancia distinta»
    • Ñande chamameceros, una obra clave del pensamiento cultural litoraleño
    • Valdés, Lourdes y el Chaqueño Palavecino le pusieron el broche de oro a la Fiesta Grande
    • La fotografía como extensión del ser: Mónica Lena y su vínculo artístico con el chamamé
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.