Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Gustavo Larrea: «Nadie quiere sacar unidades, pero no hay otra opción»
    • Pascuas con aumentos de hasta el 63%: familias celebran con bolsillos ajustados
    • La UCA advierte que la baja de la pobreza es «una ficción» que no se refleja en el bolsillo
    • Crecen las consultas en salud mental y ponen en tensión al sistema sanitario
    • El Guido anunció su agenda del mes con fuerte presencia de figuras nacionales
    • La Corte quiere apurar los cambios en el sistema de selección de jueces
    • Colón apuesta a su base para sostener el crecimiento
    • Jujuy Básquet igualó la serie y todo se traslada a tierras chaqueñas
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    domingo 5 abril
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    Gustavo Larrea: «Nadie quiere sacar unidades, pero no hay otra opción»

    4 de abril de 2026
    Política

    Pascuas con aumentos de hasta el 63%: familias celebran con bolsillos ajustados

    4 de abril de 2026
    Política

    La UCA advierte que la baja de la pobreza es «una ficción» que no se refleja en el bolsillo

    4 de abril de 2026
    Sociedad

    Crecen las consultas en salud mental y ponen en tensión al sistema sanitario

    4 de abril de 2026
    Sociedad

    El Guido anunció su agenda del mes con fuerte presencia de figuras nacionales

    4 de abril de 2026
    RSS En Corrientes
    • Provincial: Barracas y Empedrado a puro gol
    • La Corte quiere apurar los cambios en el sistema de selección de jueces
    • Impulsan la red vial productiva con mejoras en la Ruta Provincial Nº 74
    • Kicillof lanzó un fuerte mensaje implícito desde Tierra del Fuego
    • «El programa económico de Milei no es sustentable en el tiempo»
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.