Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • La Fiesta del Deporte Chaqueño presentó sus primeros nominados y aún restan disciplinas por definirse
    • Sarmiento lanzó su Colonia de Vacaciones 2025 y la Escuela de Natación
    • Juan Martín Alfonso es el nuevo presidente de la Cámara de Comercio de Resistencia
    • Sáenz Peña: múltiple choque en ruta 16 dejó un muerto, era penitenciario
    • Resistencia: lo detuvieron porque arrojó el botón antipánico de su ex a una laguna
    • El publicista José Nasta dictará una conferencia en Corrientes
    • Zdero tomó juramento a los nuevos ministros de Gobierno y Desarrollo
    • Chaco avanza en la digitalización estatal con apoyo de Amazon Web Service
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    viernes 12 diciembre
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Deportes

    La Fiesta del Deporte Chaqueño presentó sus primeros nominados y aún restan disciplinas por definirse

    12 de diciembre de 2025
    Deportes

    Sarmiento lanzó su Colonia de Vacaciones 2025 y la Escuela de Natación

    12 de diciembre de 2025
    Sociedad

    Juan Martín Alfonso es el nuevo presidente de la Cámara de Comercio de Resistencia

    12 de diciembre de 2025
    Policiales

    Sáenz Peña: múltiple choque en ruta 16 dejó un muerto, era penitenciario

    12 de diciembre de 2025
    Policiales

    Resistencia: lo detuvieron porque arrojó el botón antipánico de su ex a una laguna

    12 de diciembre de 2025
    RSS En Corrientes
    • Diario Digital 12 de diciembre de 2025
    • Tapa y Contratapa 12 de diciembre de 2025
    • Ñande MAC y Fundación Texo sellan un acuerdo de cooperación cultural regional
    • Mas ternados para el Regatas de Oro
    • Ponce: «El domingo hay que ganar»
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.