Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Uñac: «Ir a la sede con los compañeros, para mí, es un gesto súper necesario»
    • La Libertad Avanza pone el foco en puertos, producción y exportaciones
    • Yacyretá acelera obras en Añá Cuá y fija metas para los próximos años
    • El Frente Chaqueño propone una reforma sobre paridad en el reemplazo de bancas
    • En vísperas del 9 de Julio, la CGT Chaco saca a las calles su reclamo por salarios
    • Vedia se consolida su perfil como sede del deporte y el turismo
    • Finalizó una nueva fecha del Regional NEA
    • No quiso comprarles y fue brutalmente agredido
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    martes 7 julio
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    Uñac: «Ir a la sede con los compañeros, para mí, es un gesto súper necesario»

    7 de julio de 2026
    Sin categoría

    La Libertad Avanza pone el foco en puertos, producción y exportaciones

    7 de julio de 2026
    Política

    Yacyretá acelera obras en Añá Cuá y fija metas para los próximos años

    7 de julio de 2026
    Política

    El Frente Chaqueño propone una reforma sobre paridad en el reemplazo de bancas

    7 de julio de 2026
    Política

    En vísperas del 9 de Julio, la CGT Chaco saca a las calles su reclamo por salarios

    7 de julio de 2026
    RSS En Corrientes
    • Vigilia del 9 de Julio: Juan Pablo estará con Javier Milei en Tucumán
    • Capital robustece su gestión diaria
    • Lisandro Almirón: «La Libertad Avanza no es oposición en Corrientes»
    • Sebastián Gómez de la Fuente: «Reforzamos equipamiento y planificamos obras claves en barrios»
    • La Policía de Corrientes separó a una oficial detenida por narcotráfico
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.