Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Visita protocolar de Kicillof a Corrientes
    • Axel no llegó a la sede del PJ
    • El dolor y la indignación volvieron a las calles en una nueva marcha de Ni Una Menos
    • Montesi: «Queremos que toda la población tenga un acceso seguro a medicamentos»
    • Moro: «La veda se levantó por razones técnicas, no por la protesta de malloneros»
    • Comercio celebró el 83° aniversario con obras para complejo habitacional
    • Ambalab hizo historia en casa y se coronó campeón provincial
    • Dos detenidos por cometer raid delictivo
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    jueves 4 junio
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    Visita protocolar de Kicillof a Corrientes

    3 de junio de 2026
    Política

    Axel no llegó a la sede del PJ

    3 de junio de 2026
    Política

    El dolor y la indignación volvieron a las calles en una nueva marcha de Ni Una Menos

    3 de junio de 2026
    Política

    Montesi: «Queremos que toda la población tenga un acceso seguro a medicamentos»

    3 de junio de 2026
    Sociedad

    Moro: «La veda se levantó por razones técnicas, no por la protesta de malloneros»

    3 de junio de 2026
    RSS En Corrientes
    • Diputados aprobó la creación de la Agencia de Promoción de Inversiones
    • Esquinense fue convocado a la Selección y jugará el Mundial de Bochas en China
    • Lázaro Escalante se mostrará  en la Vuelta a San Juan Juvenil
    • Colón avanza con importantes obras de infraestructura
    • Se rescató a dos cachorros desnutridos tras una denuncia vecinal
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.