Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • El Chaco reunirá a empresas en una ronda de negocios Mercosur-UE
    • Silva Ender reclamó una tarifa de luz diferencial para el Norte Grande
    • Szymula advirtió sobre el costo de no construir el segundo puente
    • Puerto Vilelas: el agua avanzó sobre Tres Bocas y complica las evacuaciones
    • Los supermercados absorben aumentos en un mercado de consumo debilitado
    • Este 28, Taragüy presenta las Finales 2026 y el Súper Seven
    • Cayó Porteñito, acusado de asesinar a Pájaro
    • «Siempre es bueno empezar con el pie derecho, más aún en casa»
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    sábado 24 octubre
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    El Chaco reunirá a empresas en una ronda de negocios Mercosur-UE

    23 de octubre de 2026
    Política

    Silva Ender reclamó una tarifa de luz diferencial para el Norte Grande

    23 de octubre de 2026
    Política

    Szymula advirtió sobre el costo de no construir el segundo puente

    23 de octubre de 2026
    Sociedad

    Puerto Vilelas: el agua avanzó sobre Tres Bocas y complica las evacuaciones

    23 de octubre de 2026
    Política

    Los supermercados absorben aumentos en un mercado de consumo debilitado

    23 de octubre de 2026
    Feed RSS: En Corrientes En Corrientes
    • Arrancan los cuartos de final de la Liga Provincial de Mayores
    • Se definen las finalistas del Provincial femenino
    • Villa Raquel sumó de a tres y se arrimó a la cima
    • Tapa y Contratapa 24 de octubre de 2026
    • Diario Digital 24 de octubre de 2026
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.