Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Sáenz Peña: policía salvó la vida de una menor de edad desvanecida en plena calle
    • Lluvias y tormentas: el sudoeste chaqueño registró las primeras mediciones mientras más de la mitad del país sigue bajo alerta
    • Grave desorden en Charata: una pelea terminó con varios heridos atropellados y un detenido con alcoholemia positiva
    • Mercosur transfiere fondos para reactivar el corredor ferroviario mesopotámico
    • Zdero encabezó el 138° aniversario de Colonia Popular y destacó la labor del municipio
    • Otro logro: JetSMART ya opera los7 días de la semana en el Chaco
    • Salgado: «Hay señales de movimiento, pero el mercado está muy por debajo de lo que debería»
    • Los Alonsitos celebran 40 años con su tradicional peña
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    domingo 30 noviembre
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Policiales

    Sáenz Peña: policía salvó la vida de una menor de edad desvanecida en plena calle

    30 de noviembre de 2025
    Sociedad

    Lluvias y tormentas: el sudoeste chaqueño registró las primeras mediciones mientras más de la mitad del país sigue bajo alerta

    30 de noviembre de 2025
    Policiales

    Grave desorden en Charata: una pelea terminó con varios heridos atropellados y un detenido con alcoholemia positiva

    30 de noviembre de 2025
    Política

    Mercosur transfiere fondos para reactivar el corredor ferroviario mesopotámico

    30 de noviembre de 2025
    Política

    Zdero encabezó el 138° aniversario de Colonia Popular y destacó la labor del municipio

    30 de noviembre de 2025
    RSS En Corrientes
    • Canapino, campeón del Tur Car 2000
    • Bronce y podio para Matías García en el Mundial de Kickboxing
    • Curuzú Cuatiá: el encuentro criollo, suspendido por lluvias
    • Murió un motociclista horas después de un violento despiste en una avenida
    • Día Nacional del Mate: más que una infusión, un símbolo de identidad y tradición en Corrientes y Misiones
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.