Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Advierten por una «emergencia terminal» y menos colectivos en circulación
    • La UPCP advierte un recrudecimiento de las protestas en Producción
    • Delssin: «Estamos frente a un retroceso que pone en riesgo derechos conquistados»
    • Farmacéuticos sostienen el servicio en medio de la crisis económica
    • Hindú se fortalece: la voz de Masdeu en un equipo que apuesta alto
    • Chiche Jápez: «Tenemos que seguir creyendo y seguir creciendo»
    • Viernes negro: hallaron cuerpos de dos jóvenes
    • El Chaco cuenta con la primera defensora de las víctimas
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    domingo 26 abril
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    Advierten por una «emergencia terminal» y menos colectivos en circulación

    26 de abril de 2026
    Política

    La UPCP advierte un recrudecimiento de las protestas en Producción

    26 de abril de 2026
    Política

    Delssin: «Estamos frente a un retroceso que pone en riesgo derechos conquistados»

    26 de abril de 2026
    Sociedad

    Farmacéuticos sostienen el servicio en medio de la crisis económica

    26 de abril de 2026
    Deportes

    Hindú se fortalece: la voz de Masdeu en un equipo que apuesta alto

    26 de abril de 2026
    RSS En Corrientes
    • Comunicaciones no pudo en el quinto juego y cerró su temporada en la Liga Argentina
    • La Justicia avanza ante un cambio de paradigma histórico
    • Seguridad rural: habrá un puesto del Priar en zona de Itatí y Ramada Paso
    • Prevención del suicidio: piden más medidas de seguridad en el puente
    • Biodigestores y empleos verdes: impulsan programa de capacitación
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.