Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Argentina enfrenta a Zambia en la Bombonera en su último ensayo antes del Mundial
    • La Justicia ordenó al Gobierno cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario
    • Pedro Llorens será el nuevo DT de For Ever: asumirá el lunes y debutaría ante All Boys
    • Basail: efectivos rurales demoraron a un hombre y secuestraron un yacaré cazado ilegalmente
    • Impulsar Chaco permitió a una pastelería de Resistencia sumar empleados y reducir costos con energía solar
    • Inició la grilla cultural por el 119° aniversario de Barranqueras
    • Resistencia presentó su calendario interreligioso 2026 con eje en la convivencia y la diversidad
    • El Consejo de la Magistratura tratará este martes la recusación presentada por Miguel Barceló: Uruti explicó algunas consideraciones
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    martes 31 marzo
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Deportes

    Argentina enfrenta a Zambia en la Bombonera en su último ensayo antes del Mundial

    31 de marzo de 2026
    Nacionales

    La Justicia ordenó al Gobierno cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario

    31 de marzo de 2026
    Deportes

    Pedro Llorens será el nuevo DT de For Ever: asumirá el lunes y debutaría ante All Boys

    31 de marzo de 2026
    Policiales

    Basail: efectivos rurales demoraron a un hombre y secuestraron un yacaré cazado ilegalmente

    31 de marzo de 2026
    Sociedad

    Impulsar Chaco permitió a una pastelería de Resistencia sumar empleados y reducir costos con energía solar

    31 de marzo de 2026
    RSS En Corrientes
    • Derogarán el artículo que ataba el salario docente a la presencialidad
    • Aumento de sueldos: Juan Pablo confirmó que podrían adelantarse
    • Preocupación legislativa por el transporte capitalino
    • Valle: «El fallo YPF en New York fue altamente positivo para Argentina»
    • Corrientes, en la agenda nacional de turismo para la Semana Santa
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.