Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Puerto Tirol: casi 200 policías custodian la peregrinación y festividad de Santa Rita
    • Crimen en Resistencia: un hombre murió apuñalado tras un conflicto de vieja data
    • Adalberto Papp: «Mes a mes perdemos más poder adquisitivo en los recursos»
    • Jorge Jofré: «Tenemos que construir un peronismo fuerte y unido hacia 2027»
    • Pérez Pons: «Recuperar el poder adquisitivo debe ser la prioridad»
    • Galeano: «Una sociedad democrática se construye desde la diversidad ideológica»
    • Puerto Tirol vive la histórica fiesta en celebración a Santa Rita de Casia
    • San Fernando volvió a posicionarse entre los mejores clubes del país
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    viernes 22 mayo
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Sociedad

    Puerto Tirol: casi 200 policías custodian la peregrinación y festividad de Santa Rita

    22 de mayo de 2026
    Policiales

    Crimen en Resistencia: un hombre murió apuñalado tras un conflicto de vieja data

    22 de mayo de 2026
    Política

    Adalberto Papp: «Mes a mes perdemos más poder adquisitivo en los recursos»

    22 de mayo de 2026
    Política

    Jorge Jofré: «Tenemos que construir un peronismo fuerte y unido hacia 2027»

    22 de mayo de 2026
    Política

    Pérez Pons: «Recuperar el poder adquisitivo debe ser la prioridad»

    22 de mayo de 2026
    RSS En Corrientes
    • Diario Digital 22 de mayo de 2026
    • Tapa y Contratapa 22 de mayo de 2026
    • En Boca Unidos son días moviditos
    • Proponen reeditar la obra de Pedro Ferré
    • Se inaguró ArteCo y Corrientes se transformó en el epicentro del arte
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.