Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Detuvieron a otro de los trapitos que participó de la extorsión a un menor por dinero
    • El Chaco volvió al superávit en los primeros tres meses de 2026
    • Caso Axel: hallaron manchas de sangre en una de las casas allanadas y se esperan los resultados
    • Caso Axel González: declaran sus hermanos y un policía ante el Equipo Fiscal Especial
    • El 16 de junio el Gobierno paga el aguinaldo
    • “Triple Arte”: un evento interdisciplinario busca dar visibilidad a artistas emergentes del Chaco
    • DÍA 16, CASO AXEL| De madrugada allanaron la casa de una hermana de Íñiguez y bien temprano inició otra jornada de rastrillaje
    • Reforma laboral: cambian las indemnizaciones, los recibos de sueldo y las vacaciones en Argentina
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    martes 2 junio
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Policiales

    Detuvieron a otro de los trapitos que participó de la extorsión a un menor por dinero

    2 de junio de 2026
    Política

    El Chaco volvió al superávit en los primeros tres meses de 2026

    2 de junio de 2026
    Policiales

    Caso Axel: hallaron manchas de sangre en una de las casas allanadas y se esperan los resultados

    2 de junio de 2026
    Policiales

    Caso Axel González: declaran sus hermanos y un policía ante el Equipo Fiscal Especial

    2 de junio de 2026
    Sociedad

    El 16 de junio el Gobierno paga el aguinaldo

    2 de junio de 2026
    RSS En Corrientes
    • Inversión privada: la primera planta de CLT del país estará en Virasoro
    • Juan Pablo: «Vamos a sacar contenedores de CLT a cualquier parte del mundo»
    • No hay espacio para un «doble comando», ni en el peronismo ni en el país
    • Agustín Faraldo: «Recibimos una ciudad abandonada y hoy la prioridad son los servicios»
    • Fiebre mundialista: la búsqueda de figuritas gana terreno en las redes
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.