Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Desde Laguna Blanca, Chaco inició el ciclo lectivo 2026 del Nivel Inicial
    • Declaró el gerente de la Bolsa de Comercio y entregó más de 2000 pruebas que comprometen al Municipio de Sáenz Peña
    • Evitaron que una joven con discapacidad sea trasladada engañada hacia Salta
    • Atraparon a un delincuente que se había fugado de una comisaría de Corrientes
    • Caso Valussi: condenaron a prisión perpetua a Matías Falcón por «femicidio vinculado»
    • Allanan la Municipalidad de Sáenz Peña por la causa que investiga operatorias financieras con fondos públicos
    • Allanaron la Bolsa del Chaco por la megacausa de Sáenz Peña: investigan estafas millonarias, cheques en default y posibles coimas
    • A tres días del lanzamiento: comienza a palpitar la Bienal 2026
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    martes 3 marzo
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Interior

    Desde Laguna Blanca, Chaco inició el ciclo lectivo 2026 del Nivel Inicial

    3 de marzo de 2026
    Sociedad

    Declaró el gerente de la Bolsa de Comercio y entregó más de 2000 pruebas que comprometen al Municipio de Sáenz Peña

    3 de marzo de 2026
    Policiales

    Evitaron que una joven con discapacidad sea trasladada engañada hacia Salta

    3 de marzo de 2026
    Policiales

    Atraparon a un delincuente que se había fugado de una comisaría de Corrientes

    3 de marzo de 2026
    Sociedad

    Caso Valussi: condenaron a prisión perpetua a Matías Falcón por «femicidio vinculado»

    3 de marzo de 2026
    RSS En Corrientes
    • Detuvieron a un hombre buscado por la Justicia por abuso sexual
    • Tragedia en el río Paraná: una niña de 6 años murió ahogada
    • Brenda Insaurralde dirá presente en el Sudamericano de Trail y Montaña U20
    • Pesistas correntinos clasificaron a los Juegos Odesur Sub 17
    • Rescataron a caballos sueltos sobre la ruta 12 y multaron al propietario
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.