Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Los Murciélagos volvieron a consagrarse campeones de la Copa Tango
    • Colonia Benítez: estaba prófugo por homicidio y lo atraparon por abusar de su pareja y su hijastra
    • Detuvieron al conductor que se había fugado tras chocar y matar a un motociclista
    • Pérez Pons visitó cuatro localidades: «Escuchar y planificar es el camino», dijo
    • Basura Cero: la UNNE impulsa un Punto Verde en su Campus de Resistencia
    • Sáenz Peña: detuvieron a un joven acusado de abusar sexualmente de una menor de 16 años
    • Complejo Penitenciario N° 1: preso murió quemado tras incendio en su celda
    • Campo Largo: motociclista de 22 años murió tras ser arrollado por camioneta en la Ruta 89
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    domingo 29 marzo
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Deportes

    Los Murciélagos volvieron a consagrarse campeones de la Copa Tango

    29 de marzo de 2026
    Policiales

    Colonia Benítez: estaba prófugo por homicidio y lo atraparon por abusar de su pareja y su hijastra

    29 de marzo de 2026
    Policiales

    Detuvieron al conductor que se había fugado tras chocar y matar a un motociclista

    29 de marzo de 2026
    Política

    Pérez Pons visitó cuatro localidades: «Escuchar y planificar es el camino», dijo

    29 de marzo de 2026
    Sociedad

    Basura Cero: la UNNE impulsa un Punto Verde en su Campus de Resistencia

    29 de marzo de 2026
    RSS En Corrientes
    • Corrientes: el Domingo de Ramos despertó la fe en cada barrio
    • Depredación en la Reserva Isoró: operativo nocturno terminó con cuatro santafesinos detenidos
    • Visitante inesperado en un barrio de Santa Ana: el rescate de un yacaré que movilizó a la policía
    • Con la mano caliente de Franco Méndez, San Martín lo dio vuelta y ganó en Junín
    • Boca Unidos examina a Mitre en Posadas
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.