Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Chaco accederá al anticipo de fondos nacional en medio de la tensión fiscal
    • Sáenz: «El peronismo tiene que ser de centro, ahora parece el Partido obrero»
    • La Hidrovía entra en una pendiente decisiva con dos gigantes en pugna
    • Marzo cerró con al menos 22 femicidios: uno cada 33 horas
    • Semana Santa: Chaco tuvo ocupación de 40% por debajo del impulso del NEA
    • Conecta Rugby: la URNE y una visita histórica para el desarrollo regional
    • Villa vuelve a casa y puede cerrar la serie si se dan los resultados
    • For Ever volvió a tropezar y continúa sin ganar
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    martes 7 abril
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    Chaco accederá al anticipo de fondos nacional en medio de la tensión fiscal

    6 de abril de 2026
    Política

    Sáenz: «El peronismo tiene que ser de centro, ahora parece el Partido obrero»

    6 de abril de 2026
    Política

    La Hidrovía entra en una pendiente decisiva con dos gigantes en pugna

    6 de abril de 2026
    Sociedad

    Marzo cerró con al menos 22 femicidios: uno cada 33 horas

    6 de abril de 2026
    Sociedad

    Semana Santa: Chaco tuvo ocupación de 40% por debajo del impulso del NEA

    6 de abril de 2026
    RSS En Corrientes
    • Lucio «Metralleta» López: Una vida marcada por gloria, sangre y olvido
    • Crimen de La Cruz: cayó el presunto chofer y buscan intensamente a los autores materiales
    • Paso de los Libres: paseaba con su perro y halló un artefacto explosivo
    • Sube hasta $374.954 las prestaciones por desempleo para trabajadores rurales
    • Llega Conecta Rugby, una experiencia única de aprendizaje y capacitaciones
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.