Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Mercosur y Europa avanzan hacia un megabloque comercial
    • El gobierno nacional eliminó trámites del agro ante provincia y municipios
    • Ricardo Duarte: «Queremos recuperar el país de quienes nos llevan al abismo»
    • Greenpeace denunció ante la Corte Suprema el aumento de desmontes
    • Temporal histórico: más de 130 mm en pocas horas y barrios anegados
    • Comu quedó a un paso de asegurarse localía en la Reclasificación
    • Defensores no tuvo el debut esperado en Formosa
    • El aporte policial en relación a las lluvias
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    martes 24 marzo
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    Mercosur y Europa avanzan hacia un megabloque comercial

    24 de marzo de 2026
    Política

    El gobierno nacional eliminó trámites del agro ante provincia y municipios

    24 de marzo de 2026
    Política

    Ricardo Duarte: «Queremos recuperar el país de quienes nos llevan al abismo»

    24 de marzo de 2026
    Política

    Greenpeace denunció ante la Corte Suprema el aumento de desmontes

    24 de marzo de 2026
    Sociedad

    Temporal histórico: más de 130 mm en pocas horas y barrios anegados

    24 de marzo de 2026
    RSS En Corrientes
    • Técnico que debuta gana: Regatas cantó victoria de la mano de Ramella
    • Zárate arrancó con éxito en Bucaramanga y Midón se presenta en San Pablo
    • Sin pausa en la investigación por el crimen del productor
    • Docentes: detallaron cómo se dará el reintegro y el sistema de descuentos
    • Diputados: buscan crear un «corsé legal» para deudores alimentarios
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.