Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Un menor de 15 años sufrió heridas graves al chocar con su moto contra un vallado de tránsito
    • Nuevo golpe al Gobierno: se prepara para recibir un mal dato de inflación de septiembre
    • Elecciones en los Institutos de Educación Superior del Chaco: más de 51 mil personas podrán votar
    • Basail: el can “Lulú” detectó más de 3 kilos de cocaína en un auto
    • Lionel Messi se despide de la Selección Argentina: cuándo será su último partido
    • Argentina vs. Burkina Faso: la Scaloneta vuelve al Monumental sin Messi
    • Resistencia: sábado con tormentas fuertes y una máxima de 25°C
    • Martínez Llano juró en Caba
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    sábado 3 octubre
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    Abuso infantil en el San José Obrero: absolvieron a Juan Medina por el “principio de duda razonable”

    18 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22. En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).

    Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

    También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Policiales

    Un menor de 15 años sufrió heridas graves al chocar con su moto contra un vallado de tránsito

    3 de octubre de 2026
    Nacionales

    Nuevo golpe al Gobierno: se prepara para recibir un mal dato de inflación de septiembre

    3 de octubre de 2026
    Sociedad

    Elecciones en los Institutos de Educación Superior del Chaco: más de 51 mil personas podrán votar

    3 de octubre de 2026
    Policiales

    Basail: el can “Lulú” detectó más de 3 kilos de cocaína en un auto

    3 de octubre de 2026
    Deportes

    Lionel Messi se despide de la Selección Argentina: cuándo será su último partido

    3 de octubre de 2026
    Feed RSS: En Corrientes En Corrientes
    • Regatas puso primera con un buen éxito sobre Instituto
    • Lipton recibe a Sportivo Santa Lucía, en busca de la clasificación
    • Ajustada victoria de Cambá Cuá para ser otra vez puntero
    • Taraguy es anfitrión de CURDA y Aranduroga juega en Asunción
    • Midón detuvo su marcha en Curitiba
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.