La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta y consumo de una serie de productos de snack por considerarlos ilegales.
La medida fue oficializada mediante la Disposición 4115/2024 publicada en el Boletín Oficial de la Nación. Se trata de una marca de palitos salados, maníes y una tabla de picadas.
El documento expresa que «prohíben la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea de los productos: Palitos Salados, marca San José, RNE: 04004504 – RNPA: 04049798, Arroyo Cabral, Córdoba, con el símbolo Sin TACC, y Maní crocante sabor Salame, marca San José, RNE: 04004208, RNPA: 04077982, Arroyo Cabral, Córdoba, con el símbolo Sin TACC».
Entre los motivos que fundamentan la medida, la disposición señala que la prohibición de los productos se da por contar «con el logo sin TACC, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y de producto, por estar falsamente rotulados al consignar en sus rótulos números de RNE pertenecientes a otros establecimientos y números de RNPA pertenecientes a otros productos, y por consignar el símbolo Sin T.A.C.C. sin contar con la autorización correspondiente para tal atributo».
En cuanto al maní crocante de marca San José, señalaron que se prohibió por «carecer de registros de establecimiento y producto, por estar falsamente rotulados al consignar en su rótulo un RNE inexistente y un RNPA perteneciente a otro producto, y por consignar el símbolo Sin T.A.C.C. sin contar con la autorización correspondiente para tal atributo, resultando ser en consecuencia ilegales».