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    Policiales

    Restringieron el ingreso de defensores a las penitenciarías

    11 de mayo de 2025
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    En un grave retroceso respecto del control de las condiciones de detención en las cárceles chaqueñas, el Servicio Penitenciario Provincial (SPP) dispuso severas restricciones para que defensores públicos y privados puedan ingresar a los pabellones.
    La medida, sin antecedentes en la historia provincial reciente, implica un avance en la opacidad de lo que ocurre intramuros en los penales del Chaco.
    Aunque la orden general fue emitida el 31 de marzo, recién se conoció esta semana. El documento, de dos carillas, lleva la firma del subjefe del SPP, Gerardo Sotelo.
    La resolución no lo expresa de forma explícita, del contenido se infiere que existe temor a posibles represalias por parte de la población carcelaria, luego de la reciente quita de celulares con acceso a internet que los internos poseían. Esta decisión fue dispuesta por el gobierno provincial, en cumplimiento de la Ley 4033-J.
    Según Sotelo, el retiro de los teléfonos «hace presumir» un «ánimo precario en la población de internos», lo que justificaría la adopción de medidas preventivas para evitar riesgos al sistema de seguridad.
    En ese marco, se ordenó la prohibición del ingreso al sector de alojamiento de los internos, tanto al personal penitenciario que no cuente con autorización expresa de un superior del SPP, como a todas las personas que realicen actividades en contacto directo con los detenidos, como educadores, religiosos y, especialmente, defensores públicos y privados.

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    En los casos de personas ajenas al cuerpo penitenciario, cada jefe de unidad deberá «arbitrar los medios necesarios para brindar un lugar apropiado para el desarrollo de las actividades (…) primando siempre las condiciones de seguridad óptimas».
    A esta disposición se sumó otra prohibición: la de tomar fotografías o realizar filmaciones dentro de las celdas, sin antes pedir permiso a los jefes de cada unidad.
    El argumento oficial es evitar que dichas acciones «comprometan la integridad e intimidad de las personas privadas de libertad».
    Sin embargo, el propio Servicio Penitenciario contradijo este principio durante el polémico traslado de presos al Complejo Penitenciario II de Sáenz Peña el pasado 31 de marzo, cuando invitó a la prensa a filmar y fotografiar a los internos en el predio de la Ferichaco. Y lo sigue haciendo en recientes traslados que son fotografiados y compartidos a la prensa local.
    Aunque en apariencia la orden firmada por Sotelo pareciera ser razonable, en la práctica incrementa aún más la opacidad sobre lo que sucede dentro de las unidades penitenciarias.
    Según pudo saber Litigio, los defensores se encuentran con serias restricciones para registrar de primera mano las condiciones de detención y recoger testimonios grupales sobre posibles abusos cometidos en el encierro.
    A diferencia de lo que ocurría hasta hace algunos meses, ahora las entrevistas con los defendidos se realizan en sectores apartados de las celdas, dispuestos por cada unidad.
    ¿Cómo quedan entonces los monitoreos sorpresivos de organismos como el Comité para la Prevención de la Tortura? Si se toma lo mencionado en uno de los apartados, donde sostiene que «queda comprendido que los alcances encuadrados en el artículo cuarto no proceden a las excepciones que las leyes concedan de manera expresa y bajo los órganos atribuidos para su ejecución», los monitoreos deberían continuar sin problemas.
    Sin embargo, queda abierta la duda teniendo en cuenta lo ocurrido con los defensores oficiales.

    Ya hubo un antecedente con una funcionaria provincial

    Un ejemplo paradigmático de la aplicación de estas nuevas restricciones se dio a principios de abril, cuando la defensora general adjunta del Poder Judicial del Chaco, Gisela Gauna Wirz, denunció que se le prohibió el ingreso al sector de celdas del Complejo Penitenciario VII, en Barranqueras.
    El hecho, inédito en sus nueve años de gestión, fue informado al Superior Tribunal de Justicia (STJ) en el marco de una causa por hábeas corpus presentada junto al Comité para la Prevención de la Tortura, tras la quita de celulares a los internos.
    «Es la primera vez en nueve años que se me impide ingresar a un sector de alojamiento. He realizado visitas incluso durante la pandemia, porque es la forma más directa de garantizar los derechos humanos de las personas privadas de su libertad», sostuvo Gauna Wirz.
    Además, indicó que recibió llamados de familiares preocupados por presuntas situaciones graves dentro del penal.
    «Los monitoreos permiten detectar violaciones a los derechos humanos y derivar acciones legales como hábeas corpus colectivos e individuales.
    Limitar este acceso afecta directamente la posibilidad de garantizar justicia para personas en condiciones de vulnerabilidad», expresó la defensora.

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