Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Fatal choque frontal en la Ruta 11: una persona murió y otras cuatro resultaron heridas cerca de Margarita Belén
    • MUNDIAL 2026| El gesto de dolor del Dibu Martínez, el abrazo entre dos figuras y los ausentes: las perlitas de la práctica de la Selección
    • Impactante robo en Resistencia: encontraron al sospechoso escondido bajo una cama
    • Otro chico desaparecido en Fontana: buscan a Cristia Jesús
    • ¿Cómo funcionan los Paradores Nocturnos en Chaco?
    • La Libertad Avanza convoca a su primer congreso regional en Chaco
    • Impulsan una ley para fortalecer los hogares de protección infantil
    • Emilia Valle:«Hablar de comunicación judicial es tratar de acceso a la justicia»
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    viernes 12 junio
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Celulares en cárceles: el juez Modi rechazó que el STJ interviniera y advirtió sobre “fallos contradictorios”
    Política

    Celulares en cárceles: el juez Modi rechazó que el STJ interviniera y advirtió sobre “fallos contradictorios”

    12 de mayo de 2025
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    El magistrado del Superior Tribunal de Justicia del Chaco mantuvo su disidencia en la sentencia que ordena mejorar el sistema de comunicación para personas privadas de su libertad. Afirmó que el caso debía ser resuelto por un juzgado inferior y no por el máximo tribunal.

    En el marco de la sentencia 183/25, que declaró inconstitucional el bloqueo permanente de celulares en cárceles chaqueñas, el juez Alberto Mario Modi volvió a expresar su disidencia. El magistrado consideró que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) no debió intervenir en la causa y que su tratamiento debía quedar en manos del Juzgado de Ejecución Penal N.º 2 de Resistencia, que ya abordaba un caso idéntico.

    «Mantengo mi oposición a que este Superior Tribunal haya tenido intervención y decisión originaria en esta causa», afirmó Modi en su voto disidente, difundido este lunes.

    El fallo del STJ hizo lugar parcialmente al habeas corpus colectivo presentado por la Defensora General Adjunta y el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura, y ordenó mejoras en la implementación de la Ley 4033-J, que regula el uso de tecnologías de comunicación en cárceles. Mientras que la mayoría (conformada por Iride Grillo, Enrique Varela y Víctor del Río) declaró inconstitucional el artículo 2 de la ley —que impone la inhibición permanente de señal—, Modi insistió en que el tribunal no era competente para pronunciarse.

    En su argumentación, Modi sostuvo que:

    “Debe entender y resolver también respecto a la presente acción, de igual objeto y finalidad, el mencionado Juzgado de Ejecución N.º 2, que previno en causa similar con antelación».

    Para el magistrado, permitir que el STJ intervenga directamente podría derivar en “pronunciamientos contradictorios que alteren el orden jurídico”, y negó que se hubieran agotado las vías procesales necesarias para llegar al máximo tribunal por la vía recursiva correspondiente.

    Modi ya había expresado esta postura en la resolución 74/25 del pasado 14 de marzo, cuando se opuso a la competencia originaria del STJ en casos de habeas corpus de estas características. Esta vez, ratificó su posición con el objetivo de preservar las garantías procesales y evitar que el STJ se convierta en juez de primera instancia en contextos excepcionales.

    La explicación textual del juez:

    «Reitero el criterio expuesto en disidencia en la Resolución 74/25 de fecha 14/03/25, dictada en autos, fundado en la circunstancia, a mi juicio, determinante e indispensable, de la existencia previa de una acción de habeas corpus incoada ante el Juzgado de Ejecución N.º 2 de esta ciudad, por idéntico objeto al propuesto por los actores en la presente causa y que resulta relevante como obstáculo respecto a cualquier decisión que se adopte aquí sobre el fondo de la cuestión.  

    Ello, teniendo en cuenta que la jurisdicción del Superior Tribunal de Justicia no fue excitada procesalmente en su condición de último intérprete por vía recursiva extraordinaria establecida por el orden jurídico, sino como tribunal común constitucionalmente habilitado en orden al tipo de acción (art. 19 de la Constitución Provincial).

    Esta situación excepcional torna forzosamente operativas las reglas procesales que rigen la competencia e intervención judicial. Consecuentemente y por aplicación del principio de prevención, a todo evento, debe entender y resolver también respecto a la presente acción, de igual objeto y finalidad, el mencionado Juzgado de Ejecución N.º 2, que previno en causa similar con antelación.

    Por todo ello, la solución que oportunamente propicié en disidencia, se sustentó y mantiene vigencia, en la finalidad esencial de evitar el riesgo de pronunciamientos contradictorios que alteren el orden jurídico; otorgándose paralelamente, mayor garantía a las partes, al posibilitar su acceso eventual a instancias de revisión de segundo grado y extraordinarias.

    Por estos fundamentos, mantengo mi oposición a que este Superior Tribunal haya tenido intervención y decisión originaria en esta causa, por cuanto la misma debió derivarse al órgano que primero previno en idéntica causa», finaliza el comunicado.

    TE PUEDE INTERESAR

    El STJ frena el bloqueo total de celulares en cárceles, pero no devolverán dispositivos

    Destacada
    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link

    Seguir leyendo

    Impactante robo en Resistencia: encontraron al sospechoso escondido bajo una cama

    ¿Cómo funcionan los Paradores Nocturnos en Chaco?

    La Libertad Avanza convoca a su primer congreso regional en Chaco

    Impulsan una ley para fortalecer los hogares de protección infantil

    Emilia Valle:«Hablar de comunicación judicial es tratar de acceso a la justicia»

    Chaco será sede clasificatoria del Mundial de Tango de Buenos Aires

    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Policiales

    Fatal choque frontal en la Ruta 11: una persona murió y otras cuatro resultaron heridas cerca de Margarita Belén

    12 de junio de 2026
    Deportes

    MUNDIAL 2026| El gesto de dolor del Dibu Martínez, el abrazo entre dos figuras y los ausentes: las perlitas de la práctica de la Selección

    12 de junio de 2026
    Policiales

    Impactante robo en Resistencia: encontraron al sospechoso escondido bajo una cama

    12 de junio de 2026
    Policiales

    Otro chico desaparecido en Fontana: buscan a Cristia Jesús

    12 de junio de 2026
    Sociedad

    ¿Cómo funcionan los Paradores Nocturnos en Chaco?

    12 de junio de 2026
    RSS En Corrientes
    • Tapa y Contratapa 12 de junio de 2026
    • Diario Digital 12 de junio de 2026
    • Colón con la necesidad de un triunfo
    • Donatti: «Aportar lo mío desde el lugar que disponga el club»
    • Sprovieri presentó una propuesta federal para el futuro de la Asociación de bancos públicos y privados
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.