La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia declaró admisibles los recursos de casación presentados por las defensas de Ramón Alberto “Tito” López, Librada Beatriz Romero y Daniel Orlando López, quienes buscan revocar la prisión preventiva dictada en su contra en la causa en la que se encuentran procesados por presunto lavado de activos procedentes de la corrupción con tierras públicas.
En una resolución de este martes 15 de julio, el tribunal integrado por las juezas Rocío Alcalá y Patricia García consideró que los recursos cumplen con los requisitos legales, al tratarse de medidas que “afectan un derecho que exige tutela inmediata” y podrían ocasionar un “perjuicio de imposible reparación ulterior”.
Vale recordar que, en diciembre de 2024, la Sala III de la Cámara Federal de Casación por mayoría había declarado inadmisible la apelación de las prisiones preventivas dictadas en la causa por presunto lavado de activos agravado contra el dirigente piquetero y sus familiares. El juez Hornos consideró que se debía escuchar el planteo de la defensa.
Transcurridos más de siete meses, las defensas de los imputados cuestionaron que la prisión preventiva se mantenga sin analizar alternativas menos gravosas, pese a que los imputados tienen arraigo familiar, domicilio fijo y no presentan riesgo de fuga. “No se justifica la medida cuando la investigación está concluida y no hay antecedentes penales”, argumentaron los abogados Ricardo Osuna y Gabriela Tomljenovic, representantes de Romero y Daniel López. Además, denunciaron discriminación, ya que otros acusados en la misma causa están libres.
Por su parte, el defensor de Tito López, Marcelino Leiva, sostuvo que la decisión se basó en “fundamentos aparentes sin respaldo probatorio”, como la mención de una camioneta S10 —embargada— para presumir capacidad económica. “La prisión preventiva se convirtió en una pena anticipada, violando el principio de inocencia”, afirmó.
Ahora, será la Cámara Federal de Casación Penal la que evalúe si se respetaron los estándares de necesidad y proporcionalidad de la medida, mientras los imputados permanecen detenidos a la espera del juicio oral.