En un claro intento por demostrar celeridad, los nuevos jueces designados para el juicio por la muerte de Diego Maradona dieron un paso clave en la reactivación de la causa: a solo 24 horas de que se completara el tribunal, los magistrados convocaron a las partes a una audiencia clave para acordar cómo será el camino hacia el próximo debate oral.
La citación fue realizada por los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Nº7 de San Isidro, que este martes terminó de completarse con el sorteo del juez Pablo Adrián Rolón. Él, junto a Alberto Gaig y Alberto Ortolani, serán quienes lleven adelante el proceso tras la nulidad decretada en el primer juicio por el escándalo de su colega Julieta Makintach.
El encuentro se llevará a cabo este viernes a las 10 en el palacio judicial de la calle Ituzaingó y deberán estar presentes tanto los representantes del Ministerio Público Fiscal como los abogados querellantes y defensores de los 7 imputados que formaban parte del debate anulado en mayo.
Esta audiencia es importante porque marca un punto de inicio para el nuevo juicio. Sin embargo, no es el comienzo del debate oral en sí: en el marco de la citación, los nuevos magistrados deberán tratar los planteos que formularon los letrados durante estos meses y resolver varias cuestiones clave.
Una de ellas es el alcance que tiene la nulidad decretada por los jueces anteriores. Es decir: los nuevos magistrados definirán si solamente quedó anulado el proceso que llevaba dos meses y medio en curso o si la resolución también aplica para instancias anteriores, como las audiencias que se realizaron previo al comienzo del juicio. En tal caso, estas deberían volver a realizarse.
También deberán expedirse sobre la presentación de la defensa del neurocirujano imputado, Leopoldo Luque, quien solicitó el pasado viernes enfrentar un juicio por jurado popular y que sea el pueblo el que defina si es o no responsable del fallecimiento de Maradona.
El planteo al que tuvo acceso este medio, fue fundamentado en la normativa constitucional y procesal penal vigente en la provincia de Buenos Aires, que establece la posibilidad de realizar un juicio por jurados para delitos cuya pena máxima en abstracto supere los 15 años de prisión.
Según el escrito, la acusación que pesa sobre los imputados (homicidio simple cometido mediante dolo eventual) excede ese umbral, por lo que corresponde que el caso sea juzgado por un jurado popular y no por jueces.