Luego de deliberar por más de seis horas, el jurado popular no alcanzó este viernes un acuerdo unánime y por ello la jueza decidió pasar a un cuarto intermedio hasta mañana, a partir de las 8, para continuar con el debate por la muerte de Cecilia Strzyzowski.
Según trascendieron fuentes judiciales, el jurado popular pidió nuevas aclaraciones a las partes para continuar el análisis, lo que determinó que se pasara la continuidad de la deliberación para este sábado.
Tras el anuncio del cuarto intermedio, el abogado Ricardo Osuna afirmó que la duda del jurado podría favorecer a su defendido, Emerenciano Sena. El letrado explicó que los jurados pidieron revisar videos y que continuarán deliberando este sábado bajo resguardo.
“Hicimos dudar al jurado y esto beneficia a Emerenciano”, precisó Osuna.
Datos del juicio
El equipo fiscal especial está conformado por el fiscal de Cámara, Juan Martín Bogado, junto a los fiscales de investigación Jorge Cáceres Olivera y Nelia Yael Velázquez. Las querellas están a cargo de Gustavo Briend, representante de Gloria Romero, y Juan Ignacio Díaz en representación de Sonia Valenzuela, subsecretaria de Género y Diversidad. Mientras que los defensores son: César Sena (Gabriela Tomljenovic y Celeste Segovia), Emerenciano Sena (Ricardo Osuna y Olga Mongelós), Marcela Acuña y Griselda Reynoso (Celeste Ojeda, defensora oficial 12), Fabiana González y Gustavo Obregón (Elena Puente y Orlando Peralta) y Gustavo Melgarejo (Mónica Sánchez).

Los imputados son:
– Cesar Mario Alejandro Sena: por el delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haberse cometido en contexto de violencia de género en carácter de autor (art. 80 inc. 1° y 11° del Código Penal en función de la Ley N°26.485).
– Emerenciano Sena y Marcela Verónica Acuña: por el delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haberse cometido en contexto de violencia de género en carácter de partícipes primarios (art. 80 inc. 1° y 11° y art. 45 todos del Código Penal).
– Fabiana Cecilia González, José Gustavo Obregón, Gustavo Melgarejo y Griselda Lucía Reinoso: por el delito de Encubrimiento agravado (art. 277 inc. 3° acáp. «A» en función del inc. 1° acáp. «B» del Código Penal).

