Transparencia y oralidad, el plan del Ministro de Justicia de Nación para la Justicia Federal. Adelantó que el proyecto de nuevo Código Procesal Penal se encuentra en etapa avanzada dentro del Ejecutivo, y recordó otras reformas ya sancionadas o en debate, como la ley de juicio en ausencia, la ley de reiterancia, la ley de mafias y la ley de imputabilidad.
El ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, detalló este lunes en Corrientes los principales cambios que traerá la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal Federal, considerado un quiebre histórico para la Justicia Federal.
Durante la conferencia de prensa realizada este lunes, Libarona explicó que el sistema procesal dejará atrás la modalidad inquisitiva y el manejo tradicional de expedientes para dar paso a un modelo totalmente oral, transparente y ágil, con audiencias rápidas y participación directa de todas las partes en cada instancia clave del proceso. “Se acabó la oscuridad; ahora habrá roles definidos, formalización e inmediatez”, aseguró.
El ministro también adelantó que el proyecto de nuevo Código Penal se encuentra en etapa avanzada dentro del Ejecutivo, y recordó otras reformas ya sancionadas o en debate, como la ley de juicio en ausencia, la ley de reiterancia, la ley de mafias y la ley de imputabilidad.

Libarona destacó que el objetivo es modernizar la Justicia y hacerla más eficaz, incluyendo la oralidad en el ámbito civil y comercial, y una nueva ley de sociedades. “Queremos herramientas útiles para que jueces y fiscales trabajen mejor y para que la Justicia se reconcilie con la sociedad”, sostuvo.
El ministro de Justicia también se refirió al efecto en el ejercicio de la abogacía: los profesionales deberán trabajar en equipo, alegar en audiencias y adaptarse a un sistema más dinámico, similar al que se ve en películas de Estados Unidos. Los juicios, según Libarona, tendrán plazos razonables de entre 3 y 6 años, con posibilidad de extensiones acordadas entre las partes.
Sobre el impacto en la vida cotidiana, aseguró: “La prensa y los ciudadanos podrán asistir a todos los juicios, la víctima tendrá intervención real, y todos podrán sentirse parte del proceso”. Además, reafirmó su intención de impulsar los juicios por jurados, considerados una forma de “soberanía popular”.
El ministro también se refirió al efecto en el ejercicio de la abogacía: los profesionales deberán trabajar en equipo, alegar en audiencias y adaptarse a un sistema más dinámico, similar al que se ve en películas de Estados Unidos. Los juicios, según Libarona, tendrán plazos razonables de entre 3 y 6 años, con posibilidad de extensiones acordadas entre las partes.
“Justicia lenta no es justicia; justicia rápida es un derecho humano esencial”
Finalmente, enfatizó la necesidad de eliminar procesos eternos: “Justicia lenta no es justicia; justicia rápida es un derecho humano esencial”, dijo, y explicó que el nuevo código prevé la extinción de la acción penal por plazo razonable, responsabilizando al Estado si no cumple con los tiempos establecidos.
EL DATO: La diferencia principal es que el Código Penal define qué conductas son delitos y qué penas les corresponden (el qué), mientras que el Código Procesal Penal establece cómo se debe llevar a cabo todo el proceso para investigar y juzgar esos delitos, desde la detención hasta la sentencia (el cómo). El primero tipifica los delitos y sus sanciones, y el segundo regula el procedimiento legal para aplicar esas sanciones.
