Para fortalecer el control de la brucelosis bovina, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) actualizó en sus sistemas las condiciones para la emisión del Documento de Tránsito electrónico (DT-e) en el traslado de categorías susceptibles a la enfermedad.
Esta actualización, que ya se encuentra disponible en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA) del SENASA, determina de forma automática los criterios para la solicitud del Certificado de Seronegatividad para el Movimiento (CSM) previo a la emisión del DT-e, en el traslado de vacas, toros y toritos a tambos, establecimientos de cría, ciclo completo, cabaña o centros de genética.
Anteriormente, el CSM era solicitado por el SIGSA según el motivo del movimiento que se indicara en el DT-e. Sin embargo, para optimizar los mecanismos de control en el traslado de hacienda y conforme a lo establecido por la Resolución SENASA N° 67/2019, se determinó que la solicitud del CSM dependerá del tipo de explotación del destino indicada en el DT-e a través del Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa).
Cabe destacar que quedan exceptuadas de esta solicitud aquellas unidades productivas de origen certificadas con estatus libre (vigente) de brucelosis bovina.
Para la gestión del CSM, el veterinario acreditado en brucelosis bovina debe realizar previamente la toma de muestras serológicas y remitirlas a un laboratorio privado de la red oficial para su diagnóstico. Luego, el mismo acreditado deberá cargar los resultados en el SIGSA por autogestión.
De esta manera, cuando se desee emitir el DT-e y el movimiento requiera la presentación del CSM, el Sistema lo facilitará automáticamente si los resultados (negativos) se encuentran previamente cargados. Es importante destacar que el Certificado cuenta con una validez de 60 días desde la fecha de toma de muestra registrada en el protocolo de resultados.

