El gobierno nacional anunció la creación del Sistema Integral de Faena (SIF), una plataforma digital obligatoria que redefine de manera integral el control y la registración de la actividad frigorífica en la Argentina.
La medida fue oficializada mediante la resolución 40, publicada en el Boletín Oficial y firmada por el ministro de Economía, Luis Caputo, marcando un cambio estructural en el esquema normativo que rige la faena de distintas especies destinadas al consumo.
La resolución establece que el SIF funcionará como sistema único de registración para los establecimientos faenadores de bovinos, bubalinos, porcinos, equinos, ovinos y caprinos. A partir de su implementación, toda la información vinculada al proceso productivo deberá cargarse de manera digital, consolidando un esquema centralizado que busca reforzar los mecanismos de control, trazabilidad y fiscalización del circuito cárnico.
Uno de los aspectos centrales de la normativa es la eliminación definitiva de los libros físicos obligatorios, entre ellos el tradicional Libro de Existencias de Hacienda y Carnes. En su reemplazo, se incorpora el registro electrónico de Existencia de Carne en las cámaras de los establecimientos faenadores, lo que implica un cambio sustantivo en la operatoria diaria del sector.
Desde el Gobierno se señaló que la medida apunta a modernizar el sistema de control, reducir prácticas informales y fortalecer la transparencia en una actividad considerada estratégica para la economía nacional.
El nuevo esquema se inscribe en una política más amplia de digitalización administrativa y simplificación de trámites, con impacto directo sobre los actores de la cadena cárnica.
DIGITALIZACIÓN Y DECLARACIONES JURADAS
Entre los cambios más relevantes introducidos por la resolución se encuentra la digitalización completa del circuito de faena. Desde ahora, el ingreso de la hacienda, el cierre del Documento de Tránsito Electrónico (DT-e), la autorización de faena, el resultado de faena o romaneo y las existencias diarias de carne deberán registrarse exclusivamente de forma digital.
Toda la información cargada en el Sistema Integral de Faena tendrá carácter de declaración jurada, lo que incrementa la responsabilidad de los establecimientos y eleva el riesgo sancionatorio en caso de inconsistencias, omisiones o errores en los datos declarados. Este punto constituye uno de los cambios más significativos respecto del régimen anterior.
La resolución también introduce mayores exigencias en materia de control documental y operativo, con el objetivo de asegurar la correspondencia entre la hacienda ingresada, los animales faenados y la carne resultante.
Asimismo, el sistema permitirá a la autoridad de aplicación acceder en tiempo real a la información, facilitando las tareas de fiscalización.
TRAZABILIDAD, IDENTIFICACIÓN Y CONTROL OPERATIVO
Otro eje clave de la normativa es el refuerzo del control sobre la trazabilidad individual de los animales. La resolución se articula con la política de identificación electrónica obligatoria que comenzará a regir en 2026 para bovinos, bubalinos y cérvidos, incorporando nuevas exigencias en la línea de faena.
Según lo establecido, los frigoríficos deberán leer el chip electrónico de cada animal, vincular esa identificación con el número de garrón y registrar esa relación en el resultado de faena. Este punto entrará en vigencia en una fecha que será definida por la autoridad de aplicación, lo que habilita una implementación gradual del sistema.
En cuanto al orden de corrales y tropas, la normativa refuerza reglas ya existentes, aunque ahora con respaldo digital obligatorio.
Los corrales deberán estar numerados, se prohíbe de manera absoluta la mezcla de tropas, incluso cuando pertenezcan al mismo propietario, y no se permitirá faenar animales que hayan salido del establecimiento sin un nuevo DT-e.
La identificación de reses y medias reses también fue unificada bajo criterios precisos. La resolución fija pautas sobre la numeración diaria correlativa, la ubicación de sellos, etiquetas o lazos, el uso exclusivo de tinta violeta y la información mínima obligatoria, que incluye clasificación, tipificación, peso, tropa y destino comercial.
Nuevo marco regulatorio
La intervención del ministro de Economía, Luis Caputo, consolida un giro en la política económica aplicada al sector, orientado a la digitalización de los procesos, la unificación de los registros y el fortalecimiento de los mecanismos de fiscalización, en un momento decisivo del sector, en plena lucha contra flagelos como el abigeato.
Sanciones
La norma establece que el establecimiento faenador será plenamente responsable de la legibilidad y permanencia de la identificación de las reses. Esta responsabilidad directa busca cerrar posibles desvíos en la comercialización y asegurar la trazabilidad a lo largo de toda la cadena.
En materia de pesaje, se anunció un control reforzado. Se mantiene y formaliza la obligación de verificar diariamente la balanza de romaneo, utilizar pesas de contraste por al menos 180 kilogramos y tenerlas disponibles para inspecciones oficiales, reforzando los controles técnicos sobre un aspecto sensible del proceso.
El régimen sancionatorio también se endurece. Los incumplimientos podrán derivar en suspensiones preventivas, y la sanción considerada clave es el bloqueo del DT-e, una medida que en la práctica paraliza la actividad del frigorífico.
Además, se impedirá emitir DT-e a operadores que no estén matriculados en el Sistema de Información de Operadores de la Carne y Lácteos (Siocal).
Finalmente, la resolución implica un giro histórico en el control cárnico al derogar más de cincuenta años de normativa previa, incluyendo regulaciones de la ex Junta Nacional de Carnes, la Oncca y el SIF 2015.

