El Clan Sena fue condenado este martes 10 a la pena de prisión perpetua por el femicidio de Cecilia Strzyzowski en la provincia de Chaco.
César Sena recibió la máxima pena por ser el autor del crimen, al tiempo que sus padres, Emerenciano y Marcela Acuña, fueron declarados culpables por ser partícipes necesarios.
Por su parte, Gustavo Obregón fue sentenciado a cuatro años y diez meses de prisión por el delito de encubrimiento agravado, mientras que a Fabiana Cecilia González se le impusieron cinco años de cárcel efectiva por encubrimiento simple, mismo ilícito cometido por Gustavo Melgarejo, quien recibió dos años y diez meses.
La juez Dolly Fernández leyó el veredicto en la Cámara Segunda en lo Criminal, ubicada en Juan B. Justo y San Martín, al tiempo que la audiencia se realizó vía Zoom.
Los asesinos de la víctima presenciaron la sesión desde la cárcel, mientras que también participaron los defensores y los representantes de la querella.
Gloria Romero encabezaba una manifestación en la puerta del tribunal, donde “se empezaban a escuchar bocinas”, de acuerdo al testimonio de la madre de Cecilia.
La lectura
Durante una audiencia virtual realizada en la Cámara Segunda en lo Criminal de Resistencia, la jueza Dolly Fernández leyó la sentencia 7/26 en la causa 22.632/2023-1 «Sena, Cesar Mario Alejandro y otros s/ femicidio».
César Sena fue condenado a prisión perpetua por el delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por violencia de género de Cecilia Stryzowski ocurrido el 2 de junio de 2023 en Resistencia. En tanto que Emerenciano Sena y Marcela Acuña recibieron la misma pena como partícipes primarios. Fabiana González recibió cinco años de prisión efectiva y Gustavo Obregón cinco años y diez meses de prisión efectiva como responsables del delito de encubrimiento agravado. Gustavo Melgarejo, fue condenado a dos años y diez meses de prisión en suspenso culpable del delito de encubrimiento simple y deberá cumplir las siguientes reglas de conducta durante tres años: fijar residencia de la que no podrá ausentarse sin autorización previa del tribunal, abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de la ingesta de bebidas alcohólicas y no cometer nuevos delitos, todo ello bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad impuesta. Además absolvió de culpa y cargo a Griselda Reynoso.
También estableció para todos los condenados la prohibición de acercamiento con Gloria Romero, así como comunicarse, relacionarse, entrevistarse o desarrollar cualquier conducta similar de manera personal o a través de interpósita persona o de contactarse a través de otras vías como ser medios, digitales, teléfonos, mensajes, redes sociales, correspondencia, etcétera.
La jueza dispuso la inscripción del fallecimiento de Cecilia Strzyzowski conforme al veredicto del jurado popular, de homicidio agravado por el vínculo y por femicidio como causa de muerte. Y, una vez firme la sentencia, entregar a su madre los restos óseos de la víctima.
En la jornada estuvieron presentes, mediante videoconferencia, los integrantes del equipo fiscal especial: Juan Martín Bogado, Jorge Cáceres Olivera y Nelia Yael Velázquez; las querellas a cargo de Gustavo Briend, representante de Gloria Romero, y Juan Ignacio Díaz en representación de Sonia Valenzuela, subsecretaria de Género y Diversidad y las defensas: Gabriela Tomljenovic y Celeste Segovia por César Sena; Ricardo Osuna y Olga Mongelós por Emerenciano Sena; la defensora oficial Nº 12, Celeste Ojeda, representante de Marcela Acuña y Griselda Reynoso; Elena Puente y Orlando Peralta por Fabiana González y Gustavo Obregón y Mónica Sánchez y Lucas Santa Cruz por Gustavo Melgarejo.

