El Juzgado de Garantías N° 2 rechazó la oposición presentada por las defensas y resolvió que ambos imputados continúen detenidos. La jueza Liliana Soledad Puppo consideró que existen elementos suficientes para sostener, en esta etapa de la investigación, su probable participación en el homicidio ocurrido en Villa Forestación.
La Justicia chaqueña confirmó la prisión preventiva de Melani Catherine Silva y Miguel Ángel Silva, dos de los imputados por el homicidio de Agustín Pinto, el joven de 21 años asesinado el pasado 19 de julio en Villa Forestación, Barranqueras.
La decisión fue adoptada por la jueza Liliana Soledad Puppo, titular del Juzgado de Garantías N° 2 de Resistencia, mediante la Resolución N° 36, fechada el 6 de octubre. La magistrada rechazó los planteos de oposición formulados por las defensas y mantuvo vigente la prisión preventiva dictada el 5 de agosto.
Los dos acusados están imputados por homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas, figura contemplada en el artículo 80 inciso 6° del Código Penal. En el expediente también aparecen imputados Florencio Omar Mereles y Juan Gabriel Rodríguez Castillo.
Las cámaras y uno de los puntos centrales de la defensa
Durante la audiencia, las defensas cuestionaron la hipótesis de la Fiscalía y sostuvieron que no existen elementos objetivos que demuestren que Melani y Miguel Silva hayan participado del ataque.
Uno de sus principales argumentos estuvo relacionado con las filmaciones de las cámaras de seguridad, debido a que ninguno de los dos aparece dentro del campo visual de los registros analizados.
La jueza reconoció en su resolución que “no se advierte a simple vista” la presencia de los imputados dentro del plano de las cámaras. Sin embargo, señaló que en los videos se escuchan voces de personas que se encontraban fuera del alcance visual de los dispositivos.
Además, consideró que, debido al conflicto previo generado alrededor de la instalación de las cámaras, los acusados conocían su ubicación y alcance. Sobre esa base, planteó que pudieron haberse mantenido a pocos metros y fuera del campo de filmación.
Una pericia que comprometió a Miguel Silva
Otro elemento destacado en la resolución fue una pericia realizada sobre una remera verde atribuida a Miguel Ángel Silva.
Según el dictamen N° 396QL/2026 del Laboratorio de Química Legal, citado en la resolución judicial, en la prenda fueron identificadas partículas compatibles con residuos de disparo de arma de fuego.
El informe establece que ese resultado permite afirmar que el individuo muestreado estuvo presente en un escenario donde se efectuó al menos un disparo. Para la magistrada, ese elemento permite inferir, en esta instancia, la presencia de Silva al momento del hecho investigado.
Los testimonios valorados por el Juzgado
La resolución también otorgó especial relevancia a diferentes declaraciones incorporadas a la causa.
Entre ellas se encuentra la de Rodolfo Natanael Vargas, quien, según consta en el expediente, ubicó a Miguel y Melani Silva en las inmediaciones y declaró haberlos visto desplazarse en motocicletas junto a quienes están señalados como autores de los disparos.
Otros testigos atribuyeron a los imputados gritos e incitaciones durante la secuencia que terminó con el ataque contra Agustín.
Para el Juzgado, el conjunto de testimonios resulta suficiente, con el grado de probabilidad requerido en esta etapa, para situar a ambos imputados en el escenario y sostener una participación activa.
La hipótesis de una actuación conjunta
Al analizar la responsabilidad atribuida a los imputados, la jueza sostuvo que la coautoría no requiere necesariamente que exista un plan criminal elaborado con anterioridad.
Según los fundamentos, resulta necesario que exista una decisión común respecto del hecho y una contribución funcional de cada uno de los involucrados.
En el caso concreto, el fallo sostiene que la hipótesis de participación de Miguel y Melani se sustenta en el supuesto traslado de quienes efectuaron los disparos y en el apoyo y las arengas que les atribuyen los testimonios.
Por ese motivo, la magistrada consideró acreditada, con el grado de probabilidad propio de esta instancia procesal, la participación punible de ambos. La descripción del hecho y la calificación legal, aclaró la resolución, continúan siendo provisorias.
Por qué seguirán detenidos
El Juzgado también analizó los riesgos procesales para determinar si correspondía mantener la prisión preventiva.
La resolución advierte sobre un eventual riesgo de fuga y, especialmente, de entorpecimiento de la investigación, teniendo en cuenta que varios de los testigos son familiares, amigos y vecinos de la víctima.
La magistrada consideró necesario garantizar que esas personas puedan declarar sin presiones, intimidaciones o condicionamientos durante el resto de la investigación y en un eventual juicio.
Además, tuvo en cuenta la gravedad de la imputación. El homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas contempla, en abstracto, pena de prisión perpetua.
Finalmente, la jueza Puppo resolvió no hacer lugar a las oposiciones presentadas por las defensas de Melani Silva y Miguel Silva y mantener en todos sus términos la prisión preventiva dictada contra ambos.
De esta manera, los dos continuarán privados de su libertad mientras avanza la investigación por el crimen de Agustín Pinto.

