Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Violenta pelea en Sáenz Peña: un hombre de 50 años terminó internado tras recibir un ladrillazo
    • Presupuesto 2027: el Gobierno modifica su propuesta sobre discapacidad
    • Resistencia: investigaron el robo a una camioneta y detuvieron al presunto autor
    • River vs. Huracán: el Millonario busca su cuarta victoria consecutiva
    • Barranqueras: identificaron por un tatuaje a un joven que llevaba 11 picaportes
    • Parrilli defendió la candidatura de Cristina Kirchner y cuestionó a Milei
    • Slimel cuestionó el gasto multimillonario para la ATP: «Es una aberración»
    • Flores llama a hacer política en el territorio: «Se ve el deterioro del nivel de vida»
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    sábado 19 septiembre
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » El Consejo de la Liga Saenzpeñense rechazó reconsideración de Belgrano

    El Consejo de la Liga Saenzpeñense rechazó reconsideración de Belgrano

    16 de diciembre de 2023
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Luego de los planteamientos realizados en las últimas semanas, finalmente el Consejo Directivo de la Liga Saenzpeñense de Fútbol puso fin a la incertidumbre y resolvió «rechazar» el pedido de reconsideración que efectuó el Club Belgrano por el fallo adverso a la protesta contra La Montenegrina.
    En tal sentido, el dictamen también confirmó en todas sus partes el fallo del Tribunal de Penas en relación con la protesta de la entidad ferroviaria, quedando firme y despejada así cualquier duda que pudo haber sobrevolado sobre la legitimidad del título obtenido por el Club Sportivo Pampa.
    Luego de un arduo debate y análisis de aspectos reglamentarios, los integrantes de la LSF expusieron que «el artículo 80 del Estatuto de la Liga Saenzpeñense es totalmente claro y especifica en qué casos y de manera muy restrictiva el Consejo Directivo puede solicitar al Tribunal de Penas la revisión de la pena aplicada».
    Añade que este artículo invocado por Belgrano dice que «los fallos del Tribunal de Penas no podrán ser discutidos por el Consejo Directivo, salvo en los casos en que a juicio de este entienda que no ha sido ajustado a la reglamentación respectiva, en ese caso podrá el Consejo solicitar al Honorable Tribunal de Penas la revisión de la pena aplicada».

    «No se violó ningún procedimiento»
    Por tal motivo se resolvió rechazar la revisión planteada precisando que «se podrá solicitar la revisión por el Consejo cuando el Tribunal no se hubiera ajustado a la reglamentación respectiva, esto es cuando no ha seguido el procedimiento establecido en los reglamentos de AFA o de la Liga o cuando ha violado claramente el procedimiento aplicado, circunstancia esta que no se ha dado en el fallo atacado».
    Además, señala que la revisión «debe ser solicitada por el Consejo, y no por el club como ocurre en este caso que fundamenta un pseudorecurso y cambia totalmente los fundamentos de su protesta, vertidos en su escrito de fecha 22 de noviembre».
    Asimismo, informa en el escrito que «si el Club Belgrano no está de acuerdo con el fallo debería haber planteado un recurso de apelación ante el Consejo Federal, como lo establece la reglamentación», y por lo tanto rechazó in límine la revisión planteada por no ajustarse al procedimiento establecido en el Estatuto de la Liga Saenzpeñense.

    Ratifican accionar del presidente
    del Tribunal
    El Consejo Directivo expone, a modo de aclaración y para posteriores casos que pudieran plantearse, que la «recusación» de miembros del Tribunal de Penas no está contemplada en la reglamentación ni en el Estatuto de la LSF, ni en el Reglamento General, ni en los estatutos de AFA, ni en el Reglamento de Transgresiones y penas de AFA y por ello «no existe esa posibilidad».
    Aclara que «tan sólo establece el artículo 68 del Estatuto de la Liga Saenzpeñense, respecto a los miembros del Tribunal de Penas, que no podrán formar parte de este cuerpo quienes sean miembros del Consejo Directivo, de algún club afiliado, consejero de la Liga o delegado asambleísta, transcurrido por los menos dos años de su actuación en cada caso, y que «esto sería un caso de incompatibilidad para formar parte del Tribunal».

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Policiales

    Violenta pelea en Sáenz Peña: un hombre de 50 años terminó internado tras recibir un ladrillazo

    19 de septiembre de 2026
    Nacionales

    Presupuesto 2027: el Gobierno modifica su propuesta sobre discapacidad

    19 de septiembre de 2026
    Policiales

    Resistencia: investigaron el robo a una camioneta y detuvieron al presunto autor

    19 de septiembre de 2026
    Deportes

    River vs. Huracán: el Millonario busca su cuarta victoria consecutiva

    19 de septiembre de 2026
    Policiales

    Barranqueras: identificaron por un tatuaje a un joven que llevaba 11 picaportes

    19 de septiembre de 2026
    Feed RSS: En Corrientes En Corrientes
    • Boca Unidos recibe a Defensores de Vilelas, con la misión de quedarse con el uno
    • Diario Digital 19 de septiembre de 2026
    • Tapa y Contratapa 19 de septiembre de 2026
    • Puntero y escolta, frente a frente en el Oficial liguista
    • Agostina Manzotti arañó el podio en el cierre del remo en los Suramericanos
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.