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    Portada » Último día de la recategorización del monotributo: todo lo que tenés que saber

    Último día de la recategorización del monotributo: todo lo que tenés que saber

    5 de febrero de 2024
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    Este lunes, 5 de febrero, vence el plazo para que los pequeños contribuyentes adheridos al régimen de monotributo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pueden llevar adelante el proceso de recategorización con los nuevos ajustes en los valores de las escalas y las contribuciones mensuales por parte del gobierno de Javier Milei.

    En primera instancia, el organismo había delimitado la fecha límite para el 22 de enero. Sin embargo, decidió aplazar el tiempo máximo para efectuar el trámite hasta este lunes, inclusive, para cumplir con la gestión, correspondiente al semestre julio/enero 2024.

    Cabe remarcar que los períodos de recategorización son cada 6 meses: en enero y julio. En ellos se debe evaluar la actividad interanual; si hubo cambios en los ingresos durante los 12 meses recientes, así como en alquileres y demás, la persona tiene que realizar este procedimiento.

    El total de los valores que arroje cada parámetro, habrá de compararse con la tabla de AFIP e inscribirse a la categoría que corresponda según el más alto. El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente. Por su parte, aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.

    En este inicio de año, esto llega de la mano de nuevas categorías de facturación y las cuotas a pagar, con una actualización que implica subas del 110%, un número que, según analistas y consultoras privadas, es similar a la inflación estimada para el primer trimestre.

    Monotributo: paso a paso, cómo hacer la recategorización

    1. Ingresar al portal web de Monotributo
    2. Indicar CUIT, clave fiscal y presionar «Aceptar»
    3. Elegir la opción «Recategorizarme» (en esta opción se podrá observar con carácter informativo, los datos que posee el Organismo sobre su situación tributaria)
    4. Seleccionar la opción «Continuar recategorización»
    5. Informar los nuevos parámetros (ingresos, superficie afectada a la actividad, consumo de energía eléctrica, etc.)
    6. Seleccionar la opción «Confirmar categoría»
    7. Hacer click en «Imprimir credencial»
    8. El sistema emitirá el F.184 -como comprobante de la recategorización realizada- y la nueva Credencial de Pago

    Cabe remarcar que si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización. 

    Monotributo: ¿Cómo saber si estoy en la categoría correcta?

     Para evaluar la categoría en la que corresponde estar dentro del monotributo, hay que considerar los siguientes parámetros en relación a los últimos 12 meses:

    • Los ingresos brutos acumulados
    • La energía eléctrica consumida
    • Los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad

    Luego, se deben cotejar estos valores con la tabla de categorías del monotributo vigente para saber cuál le corresponde al contribuyente.

    Monotributo: las escalas en este 2024

    • Categoría A: $2.108.288,22. Cuota: $12.128,39
    • Categoría B: $3.133.941,71. Cuota: $13.571,75
    • Categoría C: $4.387.518,35. Cuota: $15.241,42
    • Categoría D: $5.449.094,70. Cuota: $19.066,46
    • Categoría E: $6.416.528,89. Cuota: $24.526,43
    • Categorías F: $8.020.661,11. Cuota: $29.223,11
    • Categoría G: $9.624.793,31. Cuota: $33.439,61
    • Categoría H: $11.916.410,77. Cuota: $56.402,68
    • Categoría I: $13.337.213,57. Cuota: $81.121,96
    • Categoría J: $15.285.088,45. Cuota: $93.619,47
    • Categoría K: $16.957.969,16. Cuota: $106.964,65

    Monotributo: ¿Qué pasa si corresponde la recategorización pero no realizo el trámite?
    En caso de que al contribuyente le corresponda recategorizarse, pero no realice el trámite en tiempo y forma, la AFIP puede proceder de oficio, además de aplicar sanciones.

    La recategorización de oficio es un proceso sistémico que opera cuando un contribuyente no se recategorizó o lo hizo de manera inexacta. El procedimiento se inicia cuando se detectan compras, gastos o acreditaciones bancarias por un valor superior a los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual se encuentra inscripto.

    Los contribuyentes que sean recategorizados de oficio por la AFIP recibirán una notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) el primer día hábil de febrero. Según la Resolución General 5316/2023, la categoría asignada puede recurrirse dentro de los 15 días de recibida la notificación, a través del servicio «Presentaciones Digitales», seleccionado el trámite «Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término».

    FUENTE: PERFIL

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