En su habitual conferencia de prensa de todas las mañanas, el vocero presidencial, Manuel Adorni usó de ejemplo al rector de la Universidad Nacional del Chaco Austral (UNCAUS), Germán Oestmann, para justificar la auditoria que impulsa el Gobierno nacional a las universidades públicas.
«El rector de la Universidad Nacional del Chaco Austral, cercano aparentemente a la política, fue procesado por corrupción y fraude a la administración pública», comenzó Adorni frente a los periodistas.
Luego, relató: «En la causa, la Justicia señaló el presunto envío de fondos de la casa de estudios a fundaciones y empresas que estaban a cargo de familiares y allegados. También fueron procesados en esta causa otros 17 empresarios, directivos y empleados de la Universidad, todos vinculados a una supuesta red criminal».
Seguidamente, el Vocero afirmó: «Estas son las denuncias, que son hechos presuntos, que nos motivan cada vez más a impulsar auditorias en las universidades, porque precisamente sabemos que no todas las universidades y los rectores son iguales. Está claro que las auditorias son también para mostrar quienes honran su labor trabajando de manera transparente y para mostrar quienes no lo hacen».
La causa
Oestmann fue procesado por la presunta comisión de los delitos de fraude a la administración pública, abuso de autoridad y violación a los deberes de funcionarios públicos, malversación de caudales públicos y asociación ilícita, en el marco de la causa que investiga el desvío de fondos del Estado nacional que debían destinarse al centro de estudios.
El juez federal Aldo Alurralde procesó a Oestmann junto a otros 17 directivos y empleados de la universidad, fundaciones, empresarios y allegados, todos sindicados como integrantes de una asociación ilícita destinada a desviar recursos remitidos por el Estado nacional a la UNCAUS a través de fundaciones y empresas creadas por ellos, a cargo de familiares y allegados.
La resolución dictada por el juez Alurralde establece un embargo por 100 millones de pesos a cada uno de los procesados, a los que también prohibió salir del país y conminó a presentarse ante el Juzgado Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña el primer día hábil de cada mes como expresión de estar a derecho.
El proceso fue derivado de la investigación que condenó, entre otros, al ya fallecido ex rector Omar Vicente Judis y a su hijo, Enzo Judis. En ese sentido, el fiscal apuntó a la relación personal que existía entre ellos y mencionó el trabajo de Oestmann como su abogado, y el rol de Omar Judis como secretario de Actas del Consejo Superior Universitario.
En la resolución, se destacó la “diversificación” de la actividad ilícita en esta nueva etapa, en la que surgieron más fundaciones, y advirtió la comisión de otros delitos, como lavado de activos. Además, se refirió a la aparición de nuevos actores, que se suman a los “sucesores” de Judis y a las fundaciones UNCAUS y Educación para Todos.
Para el fiscal no hay dudas de que los investigados actuaron ilegalmente bajo el paraguas de la UNCAUS a través de ambas fundaciones que continuaron funcionando, sumadas a las nuevas fundaciones Sin Dolor y Recursos Naturales.
Al describir la trama, el juez adhiere al planteo que indica que la UNCAUS firmaba convenios con estas fundaciones para evitar o, al menos, dificultar los controles del Estado sobre el manejo de fondos.
Estas organizaciones no tenían espacio físico ni estructura propia, sino que funcionaban dentro de la misma UNCAUS, utilizando sus oficinas, personal y docentes. De todas formas, actuaban como instituciones privadas, ya que aunque estaban destinadas a colaborar con la Universidad y estaban comprendidas en el mismo presupuesto, cobraban por sus servicios.
La investigación advirtió la triangulación de fondos a través de transferencias entre las fundaciones, y hasta con algunos de los implicados que integraban una fundación y facturaban servicios a otras. Muchas de estas operaciones no tenían respaldos administrativos o eran deficientes y, además, los balances de las fundaciones estaban auditados por los contadores de otra, por lo que el contralor era recíproco.
“Las Fundaciones eran las personas jurídicas ideales para triangular dinero, ya que se rigen por un régimen legal distinto; no les es aplicable la Ley de Educación Superior; no cuentan con controles de su gestión por parte del Estado Nacional a través de sus diferentes organismos como la SIGEN, AGEN o el Ministerio de Educación; no son objeto de auditorías; y se encuentran exentas en materia impositiva, entre otros beneficios”, aseguró el juez, apelando al antecedente de la causa que terminó en la condena a Judis.