Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • El aumento del boleto reaviva el debate por el servicio y el bolsillo de los usuarios
    • Argentina ratificó en la OEA su apoyo al operativo de Estados Unidos en Venezuela
    • Asumieron nuevas autoridades del directorio del INSSSEP para el período 2026–2030
    • Causa Valdocco: «Defendimos los recursos de los chaqueños», dijo Livio Gutiérrez
    • Festejo por Reyes: El consumo creció apenas 0,5%, pero el ticket promedio se derrumbó
    • En Reyes, inició la Colonia de Vacaciones en el Jaime Zapata
    • Club Municipales: un 2025 de crecimiento y obras, con la mirada en el 2026
    • No había desaparecido, sino que fue a acosarla
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    miércoles 7 enero
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Las personas no binarias podrán elegir «X» en el DNI

    Las personas no binarias podrán elegir «X» en el DNI

    21 de julio de 2021
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    El Gobierno oficializó que desde este miércoles, los argentinos que no se reconocen dentro del sistema binario femenino/masculino puedan identificarse de esa manera con una tercera opción. Los detalles del decreto.

    El Gobierno oficializó este miércoles la incorporación en los Documentos Nacionales de Identidad (DNI) de la posibilidad de que las personas que no se reconocen dentro del sistema binario femenino/masculino puedan identificarse de esa manera con una tercera opción, que utilizará la letra «X».

    Así lo hizo con la publicación del Decreto 476/2021 en la edición de miércoles del Boletín Oficial, previo al acto de anuncio formal de la medida que se realizará hoy en el Museo del Bicentenario de la Casa Rosada, encabezado por el presidente Alberto Fernández.

    La norma lleva la firma del jefe de Estado; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; del ministro del Interior, Eduardo ´Wado´ de Pedro; y de la ministra de Mujeres, Género y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.

    El decreto dispuso que el Registro Nacional de las Personas (Renaper) «deberá adaptar las características y nomenclaturas de los DNI y de los Pasaportes que emite, con exclusividad, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 26.743″, en referencia a la ley de identidad de género aprobada en la Argentina el 24 de mayo de 2012.

    En este sentido, el decreto indica que «se incorporará una tercera opción documentaria en la categoría ´sexo´ en el DNI y el Pasaporte, con el fin de contemplar el derecho a la identidad de género respecto de aquellas personas que no se reconocen dentro del sistema binario femenino/masculino».

    «El derecho a la identidad tiene una directa e indisoluble vinculación con el derecho a no sufrir discriminación, a la salud, a la intimidad y a realizar el propio plan de vida»

    Alberto fernández

    «Resulta necesario establecer que pueda consignarse en el DNI así como en el Pasaporte Electrónico Argentino, en la zona reservada al “sexo”, y conforme el Documento OACI Nº 9303, las nomenclaturas “F”, “M” o “X”, saliendo así del esquema de posibilidades binarias que existían previo al dictado de la presente medida», dice la norma.

    https://www.facebook.com/lanacion/photos/basw.AbrEoVtZ9reWSa_JApX_iWcuzlvriv_tjOoxuBKd6xX5KrJkW-927bvQF9TH09NcFAPag0MRBEGld1trUi_WJFJ_pJD9veLQ9QzQXYLgo_SI_vOoMrix3UmoQSCSdvr3k0jG5Twb12yxCj9jWKJMsV782rysD5O2yd6dyu_lA1OVBQ/10159323841149220/?opaqueCursor=AbrXwo1sMPEhGxyoMnXfzDcdMy4CJOwcdqlXMPhsEBX19IlvO4D5Wlpxh9ahKsI1l2-iPNgtf_AWOOIUJPhwzuZ50Tl7bWvOcjdwwHDrW1NqrW0Kwu-Cqmwfold17PNxE9aI9OKeeAAItU8cFAVvvLgvjpMZJ6xm4rbUXFgJWoRdfpZkxyYKHSMuOmitinltUj5AeY8xaOf_WsYzDxvKFcdJW9543gwjP8ygrUHOA9GgYkEHoofPMzT1qcbFylp4aFWilvDgiaEy9B2y4h6XcTKhKiTEYpQW0ATSZWv-ys–VHD6byNxgJC6LXtGTj1TkX1OiCz7jNtcG_G5fEYgSNMZmHWlUUEawkjpoKywaV-cpgtWk6DjOEznTgGZ_JwdmHQHvQbsEtAjyjR6GZULvBZhCpC3AIRkAUEOMHS1Hp_wxpvXPwAtyvkxYsP0ilTxR-jWwAgdCqWkFZDb5l395FyOgef49MmjVJ-kR2SGoPzgRRm_x15wUct_Ay6SWOV7jTEa1kJ1cICx2l8knhej3FwY7bxOeAIhf–sDov4p0gp1aynv4lP3MuOxvvikY6SaOoRNZVzKpUsOVp-vLaODXB69i4CVukvU6Dj1ZilaZO9smw5naK26rxQrlB89NFCW4PidvLoxclpnquMcoiSTEvfkESMwGJ1LKs_87fNmDmwDMPjkwk49Ef8HDB7a21cRfTIrHU-wqnr2UfcMJBFEur3NMSwIWRzXnKbqYZCAT1Exw

    Quiénes podrán elegir la X
    «La nomenclatura “X” en el campo ´sexo´ comprenderá las siguientes acepciones: no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada, autopercibida, no consignada; u otra acepción con la que pudiera identificarse la persona que no se sienta comprendida en el binomio masculino/femenino», detalla el decreto.

    Además, el DNI que cuente con la letra «X» en la zona reservada al sexo «tendrá validez como Documento de Viaje a los efectos establecidos en el Acuerdo sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados».

    El decreto será aplicable también a aquellas personas nacionales a las que se les hubieran expedido Partidas de Nacimiento en el marco de la Ley Nº 26.743, «con anterioridad a la vigencia de esta medida, sin perjuicio de lo consignado en la partida de nacimiento en la categoría “sexo».

    Asimismo, «idénticos derechos» regirán para «las personas extranjeras que obtengan y/o cuenten con el DNI para Extranjeros, Pasaporte Excepcional para Extranjeros o Documento de Viaje para Apátridas o Refugiados, bajo las condiciones previstas en la normativa pertinente», sostiene la publicación.

    Por otra parte, el Renaper deberá informar sobre las «posibilidades de ver restringido» el «ingreso, permanencia y/o situación de tránsito en aquellos Estados en los cuales no se reconozcan otras categorías de sexo que no sean las binarias».

    Se instruye, en tanto, al Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad a «dictar capacitaciones para las autoridades y personal de todos los organismos que integran la Administración Pública Nacional con competencia en la materia», y éstos deberán realizar las «adecuaciones normativas, tecnológicas y de sistemas» «en un plazo de 120 días», indica la norma.

    En los considerandos, se establece que el decreto se realiza en virtud de que «el derecho a la identidad de género es inherente al derecho a la propia identidad, que forma parte del campo de los derechos humanos».

    También hace alusión a que «el derecho a la identidad tiene una directa e indisoluble vinculación con el derecho a no sufrir discriminación, a la salud, a la intimidad y a realizar el propio plan de vida» al tiempo que «se constituye como un concepto genérico que ensambla otros derechos que tutelan diversos aspectos de la persona».

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    El aumento del boleto reaviva el debate por el servicio y el bolsillo de los usuarios

    7 de enero de 2026
    Política

    Argentina ratificó en la OEA su apoyo al operativo de Estados Unidos en Venezuela

    7 de enero de 2026
    Política

    Asumieron nuevas autoridades del directorio del INSSSEP para el período 2026–2030

    7 de enero de 2026
    Política

    Causa Valdocco: «Defendimos los recursos de los chaqueños», dijo Livio Gutiérrez

    7 de enero de 2026
    Sociedad

    Festejo por Reyes: El consumo creció apenas 0,5%, pero el ticket promedio se derrumbó

    7 de enero de 2026
    RSS En Corrientes
    • Pedirían el traslado del fiscal de Paso de los Libres
    • Valenzuela: «De local tenemos que salir a ganar»
    • Más confusión en La Cruz
    • Un caso de presunto abigeato conmueve a La Cruz
    • Gauchito Gil: a caballo y en motos, comenzó la caravana de cientos de promeseros
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.