Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Pescadores encontraron un cuerpo flotando, podría tratarse de un correntino
    • Resistencia: detenido por violencia de género y secuestro de tres escopetas
    • Violencia en el fútbol: batalla campal al término de la Liga Saenzpeñense resultó con un policía herido
    • Las mejores fotos de la Maratón de Buenos Aires 2025: récord de participantes y un recorrido bajo la lluvia
    • Los detalles del tenso cara a cara entre Enzo Fernández y una figura del Manchester United
    • La increíble definición bajo la lluvia en el Mundial del atletismo: un país africano logró una histórico triunfo ante Estados Unidos
    • Aprehendieron a un joven en Resistencia por privación ilegítima de la libertad, lesiones y amenazas
    • General San Martín: detienen a una joven tras un allanamiento por drogas
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    lunes 22 septiembre
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Celulares en cárceles: el juez Modi rechazó que el STJ interviniera y advirtió sobre “fallos contradictorios”
    Política

    Celulares en cárceles: el juez Modi rechazó que el STJ interviniera y advirtió sobre “fallos contradictorios”

    12 de mayo de 2025
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    El magistrado del Superior Tribunal de Justicia del Chaco mantuvo su disidencia en la sentencia que ordena mejorar el sistema de comunicación para personas privadas de su libertad. Afirmó que el caso debía ser resuelto por un juzgado inferior y no por el máximo tribunal.

    En el marco de la sentencia 183/25, que declaró inconstitucional el bloqueo permanente de celulares en cárceles chaqueñas, el juez Alberto Mario Modi volvió a expresar su disidencia. El magistrado consideró que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) no debió intervenir en la causa y que su tratamiento debía quedar en manos del Juzgado de Ejecución Penal N.º 2 de Resistencia, que ya abordaba un caso idéntico.

    «Mantengo mi oposición a que este Superior Tribunal haya tenido intervención y decisión originaria en esta causa», afirmó Modi en su voto disidente, difundido este lunes.

    El fallo del STJ hizo lugar parcialmente al habeas corpus colectivo presentado por la Defensora General Adjunta y el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura, y ordenó mejoras en la implementación de la Ley 4033-J, que regula el uso de tecnologías de comunicación en cárceles. Mientras que la mayoría (conformada por Iride Grillo, Enrique Varela y Víctor del Río) declaró inconstitucional el artículo 2 de la ley —que impone la inhibición permanente de señal—, Modi insistió en que el tribunal no era competente para pronunciarse.

    En su argumentación, Modi sostuvo que:

    “Debe entender y resolver también respecto a la presente acción, de igual objeto y finalidad, el mencionado Juzgado de Ejecución N.º 2, que previno en causa similar con antelación».

    Para el magistrado, permitir que el STJ intervenga directamente podría derivar en “pronunciamientos contradictorios que alteren el orden jurídico”, y negó que se hubieran agotado las vías procesales necesarias para llegar al máximo tribunal por la vía recursiva correspondiente.

    Modi ya había expresado esta postura en la resolución 74/25 del pasado 14 de marzo, cuando se opuso a la competencia originaria del STJ en casos de habeas corpus de estas características. Esta vez, ratificó su posición con el objetivo de preservar las garantías procesales y evitar que el STJ se convierta en juez de primera instancia en contextos excepcionales.

    La explicación textual del juez:

    «Reitero el criterio expuesto en disidencia en la Resolución 74/25 de fecha 14/03/25, dictada en autos, fundado en la circunstancia, a mi juicio, determinante e indispensable, de la existencia previa de una acción de habeas corpus incoada ante el Juzgado de Ejecución N.º 2 de esta ciudad, por idéntico objeto al propuesto por los actores en la presente causa y que resulta relevante como obstáculo respecto a cualquier decisión que se adopte aquí sobre el fondo de la cuestión.  

    Ello, teniendo en cuenta que la jurisdicción del Superior Tribunal de Justicia no fue excitada procesalmente en su condición de último intérprete por vía recursiva extraordinaria establecida por el orden jurídico, sino como tribunal común constitucionalmente habilitado en orden al tipo de acción (art. 19 de la Constitución Provincial).

    Esta situación excepcional torna forzosamente operativas las reglas procesales que rigen la competencia e intervención judicial. Consecuentemente y por aplicación del principio de prevención, a todo evento, debe entender y resolver también respecto a la presente acción, de igual objeto y finalidad, el mencionado Juzgado de Ejecución N.º 2, que previno en causa similar con antelación.

    Por todo ello, la solución que oportunamente propicié en disidencia, se sustentó y mantiene vigencia, en la finalidad esencial de evitar el riesgo de pronunciamientos contradictorios que alteren el orden jurídico; otorgándose paralelamente, mayor garantía a las partes, al posibilitar su acceso eventual a instancias de revisión de segundo grado y extraordinarias.

    Por estos fundamentos, mantengo mi oposición a que este Superior Tribunal haya tenido intervención y decisión originaria en esta causa, por cuanto la misma debió derivarse al órgano que primero previno en idéntica causa», finaliza el comunicado.

    TE PUEDE INTERESAR

    El STJ frena el bloqueo total de celulares en cárceles, pero no devolverán dispositivos

    Destacada
    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link

    Seguir leyendo

    Resistencia: detenido por violencia de género y secuestro de tres escopetas

    Fallo inédito en Corrientes: una jueza ordenó a un padre leer «El Principito» tras negarse a pagar la cuota alimentaria

    La Justicia declaró inconstitucional la Ordenanza Tributaria de Nikisch

    Inauguraron nueva sede del Tribunal Electoral del Chaco

    Scaglia: «El segundo puente Chaco Corrientes es una necesidad impostergable»

    Paraguay presente en FIL

    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Policiales

    Pescadores encontraron un cuerpo flotando, podría tratarse de un correntino

    21 de septiembre de 2025
    Policiales

    Resistencia: detenido por violencia de género y secuestro de tres escopetas

    21 de septiembre de 2025
    Deportes

    Violencia en el fútbol: batalla campal al término de la Liga Saenzpeñense resultó con un policía herido

    21 de septiembre de 2025
    Deportes

    Las mejores fotos de la Maratón de Buenos Aires 2025: récord de participantes y un recorrido bajo la lluvia

    21 de septiembre de 2025
    Deportes

    Los detalles del tenso cara a cara entre Enzo Fernández y una figura del Manchester United

    21 de septiembre de 2025
    RSS En Corrientes
    • Midón pone primera en Buenos Aires y dos correntinos no superaron la qualy
    • Venta de abonos en el club San Martín
    • Consejo Federal: Licencias para cuatro clubes
    • San Lorenzo de Monte Caseros sigue firme y hubo victorias de los capitalinos
    • Argentina, con Germán Gómez, se despidió del Mundial de Filipinas
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.