En un fallo unánime, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revocó la decisión que había concedido la libertad condicional a José Marín, condenado por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar.
En una resolución del 2 pasado, los jueces Gustavo M. Hornos, Mariano Hernán Borinsky y Javier Carbajo determinaron que la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia -dictado en diciembre de 2024- adolecía de falencias en su fundamentación y no cumplía con los requisitos legales exigidos para otorgar el beneficio.
La Cámara anuló la decisión del Tribunal de Resistencia y ordenó que se dicte un nuevo fallo ajustado a derecho, según publicó el portal judicial Litigio.
Además, se dejó constancia de la reserva de caso federal planteada por la defensa de Marín, lo que podría derivar en un eventual recurso ante la Corte Suprema.
LOS INFORMES
EN CONTRA
El máximo tribunal penal de la Nación destacó que el Consejo Correccional de la Prisión Regional del Norte (U7) había emitido un informe unánime en el que se negaba el beneficio de libertad condicional a Marín, debido a que el interno aún tenía procesos judiciales pendientes.
Las áreas intervinientes (Criminología, Seguridad, Trabajo, Educación, Asistencia Médica y Social) coincidieron en que no se cumplían las condiciones para su reinserción social.
El fallo subrayó la gravedad de los crímenes por los que Marín fue condenado, incluyendo tormentos agravados y privación ilegal de la libertad.
La Corte Suprema de Justicia ha establecido que, en estos casos, los jueces deben actuar con «especial deber de cuidado» para evitar medidas que comprometan la responsabilidad internacional del Estado argentino en materia de derechos humanos.
La resolución criticó que el tribunal de origen no hubiera ponderado adecuadamente las opiniones de las víctimas, quienes manifestaron que la libertad condicional de Marín les provocaría «revictimización, angustia y desazón». Se recuerda que la Ley 27.372 garantiza el derecho de las víctimas a ser escuchadas en estos procesos.
La Cámara advirtió que, de concederse la libertad condicional, existía el riesgo de que Marín entorpeciera las investigaciones pendientes, particularmente en la búsqueda de los cuerpos de desaparecidos del Centro Clandestino Brigada de Investigaciones.
QUIéN ES MARíN
Marín, alias cabo Sotelo, formó parte del grupo de tareas de la Dirección de Investigaciones de la Policía del Chaco en 75, 76 y 77 y tuvo un rol protagónico en el funcionamiento del Centro Clandestino de la Brigada de Investigaciones, por lo que está cumpliendo varias condenas por privación ilegal de la libertad agravada y torturas, siendo las víctimas perseguidos políticos. Según declararon los exdetenidos, Marín era quien «musicalizaba» con su acordeón las sesiones de torturas.
El represor cuenta con tres sentencias firmes dictadas por el Tribunal Oral Federal de Resistencia, que lo condenaron en el juicio Caballero I a 25 años, en el juicio Caballero II a 18 años y en el juicio Caballero III, a 3 años y seis meses.
Además, aún se encuentra pendiente de resolución el reenvío de la Cámara Federal de Casación que anuló la absolución de Marín en una cuarta causa en la que también sería condenado.
En tanto, en diciembre de 2024, Marín fue procesado en una quinta causa por tormentos y privación ilegítima de la libertad en el marco de otra causa por delitos de lesa humanidad cometidos contra 23 militantes políticos entre 1974 y 1977.
Los hechos ocurrieron en la Brigada de Investigaciones, el principal centro clandestino de detención que operó en la provincia -que actualmente alberga la Casa por la Memoria- así como en la Alcaidía Policial y la cárcel federal, la U7.