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    Portada » El excomisario deberá pagar los honorarios de la querella
    Policiales

    El excomisario deberá pagar los honorarios de la querella

    14 de noviembre de 2025
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    La Sala Segunda en lo Criminal y Correccional del Superior Tribunal de Justicia (STJ) del Chaco dictó la Sentencia 314, mediante la cual confirmó de manera sustancial el hábeas corpus colectivo y reparador presentado a favor de la Asociación Civil Todo por Todos.
    La resolución, firmada el pasado 7 por los jueces Iride Grillo y Víctor Del Río, hizo lugar al recurso de queja interpuesto por la Fiscalía de Estado contra una decisión de la Cámara Primera en lo Criminal, publicó el portal Chaco Día por Día.
    Sin embargo, el punto más relevante del fallo fue la definición sobre el recurso de apelación, que si bien fue parcialmente admitido, derivó en una consecuencia económica directa para el funcionario policial involucrado.
    El STJ resolvió que el comisario Daniel Melchiori deberá abonar los honorarios profesionales de las abogadas de la Asociación Civil, Adriana Gisela De Langhe y Fiorella Lilin De Langhe, regulados en casi $1.3 millones.
    La decisión se basa en lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley 886-B (Ley de Hábeas Corpus provincial), que establece que las costas deben imponerse al funcionario responsable del acto lesivo.
    De este modo, el tribunal revocó la decisión del juez de primera instancia, quien había cargado las costas a la Jefatura de Policía.
    Más allá del aspecto económico, el STJ rechazó los restantes agravios presentados por la Fiscalía de Estado y confirmó en todos sus términos la sentencia de hábeas corpus 81, dictada el pasado 22 de septiembre.
    El tribunal ratificó la procedencia del hábeas corpus preventivo al considerar que la amenaza sobre la libertad de los integrantes de la Asociación Civil Todo por Todos no era hipotética, sino real y concreta.
    Los jueces tuvieron por acreditado que el 17 de agosto de 2025, el comisario Melchiori -vestido de civil y en estado de exaltación, con signos de ebriedad- agredió físicamente a un voluntario y ordenó la detención sin orden judicial de la abogada María Candelaria García Nebbia, quien permaneció privada de su libertad durante un breve lapso.
    Además, la jueza de Paz y una vecina de Taco Pozo declararon sobre un patrón de hostigamiento y abuso de autoridad por parte del comisario, quien acumularía entre veintiocho y veintinueve denuncias previas en el Juzgado de Paz.
    El fallo también destacó la validez de la medida cautelar dispuesta por el juez de primera instancia, que prohíbe a Melchiori desempeñar funciones en El Impenetrable chaqueño (localidades donde la asociación desarrolla tareas comunitarias), al considerarla una acción urgente e idónea para evitar nuevos episodios de detención o limitación a la libertad física.
    Con esta resolución, la sentencia 314/25 del STJ reafirma la vigencia del hábeas corpus como herramienta de protección judicial frente a abusos de autoridad y garantiza la libertad ambulatoria y la integridad de los miembros de Todo por Todos, al tiempo que responsabiliza directamente al funcionario policial por las consecuencias económicas derivadas de su accionar.

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