El Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) de la causa «Vialidad», integrado por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, ordenó el decomiso y la posterior venta de los bienes de la ex presidenta Cristina Kirchner y de Lázaro Báez, junto a los de otros condenados en el expediente.
La medida se ejecuta luego de que los condenados incumplieran con el pago de la multa solidaria. El monto original fijado para el decomiso, de $84.835 millones, fue actualizado por peritos contadores a una cifra monumental: $684.990 millones (equivalentes a unos 500 millones de dólares).
La orden judicial alcanza un total de 122 bienes inmuebles identificados por el Ministerio Público Fiscal como productos del delito o activos incorporados durante el desarrollo de la maniobra fraudulenta, que se extendió entre mayo de 2003 y diciembre de 2015. Entre los activos afectados se encuentran numerosas propiedades de Lázaro Báez y sus sociedades (como Austral Construcciones), así como un inmueble a nombre de Cristina Fernández de Kirchner y un conjunto de bienes cedidos a sus hijos, Máximo y Florencia Kirchner. Los inmuebles a ejecutar se localizan en Santa Cruz, Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El tribunal fundamentó su decisión en la prueba de la existencia de un circuito de beneficios indebidos en la adjudicación irregular de obra pública en Santa Cruz, lo que se tradujo en sobreprecios, cartelización y el consecuente crecimiento patrimonial ilícito de los condenados. Los jueces rechazaron enfáticamente los argumentos de las defensas, que buscaban anular el decomiso, y remarcaron que este no requiere una trazabilidad contable exacta, sino una vinculación razonable con los beneficios derivados de la maniobra fraudulenta. Asimismo, se apoyaron en tratados internacionales como la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
La medida ejecutada por el TOF 2 se produce luego de que el fiscal de la causa, Diego Luciani, advirtiera públicamente que el decomiso estaba «firme» y que, ante el incumplimiento del pago del monto actualizado, la Justicia debía «ir por los bienes». El tribunal dejó constancia de que los fondos recuperados, una vez realizada la venta de los activos, deberán ser destinados a la reparación del daño social causado por las obras inconclusas, especialmente en la provincia de Santa Cruz.

