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    Sociedad

    Bancos cuestionan habilitar el uso de billeteras virtuales para el cobro de salarios

    7 de febrero de 2026
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    La Asociación de Bancos Públicos y Privados de la República Argentina (ABBAPRA) reiteró su rechazo a la posibilidad de habilitar a las billeteras virtuales para el cobro de salarios, una opción contemplada en el proyecto de reforma laboral impulsado por el oficialismo. La entidad expresó su postura a través de una nueva intervención pública, en la que advirtió sobre los riesgos que, a su criterio, implicaría equiparar estos instrumentos de pago con las cuentas bancarias tradicionales para la acreditación de haberes.

    El planteo central de la asociación se apoya en la consideración de que las billeteras virtuales no ofrecen las mismas garantías jurídicas, financieras y operativas que el sistema bancario regulado. Según ABBAPRA, permitir que los salarios se depositen en este tipo de cuentas expondría a los trabajadores a un mayor riesgo patrimonial, al no existir mecanismos de protección equivalentes a los que rigen para las entidades financieras supervisadas por el Banco Central.

    En este contexto, la organización recordó que, de acuerdo con la legislación vigente, la acreditación de haberes debe realizarse en cuentas abiertas en entidades financieras. Señaló que esta exigencia no responde a una limitación tecnológica ni a una falta de adaptación a los nuevos medios de pago, sino que constituye una decisión deliberada de política pública orientada a garantizar un piso mínimo de seguridad jurídica y financiera para los asalariados.

    GESTIONES INSTITUCIONALES Y CUESTIONAMIENTOS REGULATORIOS

    ABBAPRA formalizó su postura mediante el envío de cartas dirigidas a la senadora libertaria Patricia Bullrich y al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem. En esos escritos, la asociación solicitó que se elimine del proyecto oficialista el artículo 35, que establece la equiparación entre las cuentas de pago identificadas con Clave Virtual Uniforme (CVU) y las cuentas bancarias tradicionales con Clave Bancaria Uniforme (CBU).

    En la misiva, la entidad bancaria sostuvo que dicho artículo no impone a las billeteras virtuales “un régimen regulatorio, prudencial y de supervisión equivalente al que rige para las entidades bancarias”. Desde esta perspectiva, consideró que la equiparación normativa resultaría incompleta y potencialmente riesgosa, al habilitar funciones propias del sistema financiero sin exigir los mismos estándares de control y solvencia.

    La asociación remarcó que las entidades bancarias operan bajo un marco regulatorio estricto, que incluye exigencias de capital, auditorías permanentes y supervisión continua por parte de la autoridad monetaria. En contraste, señaló que los proveedores de servicios de pago no están alcanzados por un esquema comparable, lo que, en su visión, genera una asimetría que podría trasladarse directamente a los trabajadores en caso de problemas operativos o financieros.

    Además, ABBAPRA subrayó que la reforma propuesta introduciría cambios estructurales en el circuito de pago de salarios sin un análisis integral de sus consecuencias. En ese sentido, advirtió que la modificación del régimen actual no sólo impactaría en la relación entre empleadores y trabajadores, sino también en el funcionamiento general del sistema financiero y en el flujo de recursos hacia distintos sectores de la economía.

    IMPACTOS ECONÓMICOS Y ARGUMENTOS DE SEGURIDAD

    De aprobarse el artículo 35 en los términos actuales, la asociación advirtió que se producirían “claros e inmediatos efectos adversos y directos en la inversión, el empleo y el crecimiento económico, impactando de manera particularmente negativa en el financiamiento de las Pymes, los productores regionales, el comercio, la vivienda, el consumo local, el consumo local y la actividad económica”. Según la entidad, la desarticulación del esquema tradicional de acreditación de haberes podría afectar la intermediación financiera y el crédito productivo.

    ABBAPRA también puso el foco en el rol que cumplen los depósitos salariales dentro del sistema bancario, al constituir una fuente estable de fondeo que permite canalizar préstamos hacia distintos sectores. Desde esta óptica, sostuvo que una eventual migración masiva de salarios hacia billeteras virtuales podría debilitar la capacidad de los bancos para sostener el financiamiento de la economía real.

    En materia de protección al trabajador, la asociación destacó que las cuentas bancarias cuentan con un sistema de “triple protección” integrado por el Seguro de Depósitos administrado por SEDESA, el estatuto de pasivo privilegiado sobre la totalidad de los activos del banco y un régimen de resolución especial. De acuerdo con ABBAPRA, este entramado normativo “asegura que ni un sólo asalariado haya sufrido pérdidas o demoras en sus haberes en las últimas tres décadas”.

    Finalmente, la entidad advirtió que, de mantenerse el artículo cuestionado, la seguridad de los haberes quedaría subordinada a modelos de negocios que, según su evaluación, carecen de un sustento regulatorio sólido y de garantías suficientes de solvencia. En ese marco, reiteró su pedido para que se revise el contenido de la reforma laboral en lo referido al cobro de salarios, priorizando la protección de los trabajadores y la estabilidad del sistema financiero.

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