La Sala Única de Revisión Penal Federal de Resistencia resolvió elevar a juicio oral la causa contra C.J.A., A.J.P. y C.D.A. (18, 20 y 21), acusados de transportar más de 2,9 kilos de marihuana en la zona de El Impenetrable chaqueño. Además, el tribunal rechazó los pedidos de libertad y prisión domiciliaria planteados por las defensas.
Según la acusación fiscal, la investigación comenzó tras tareas de inteligencia policial que advertían que un grupo identificado como Cartel 111 trasladaría estupefacientes desde El Sauzalito hacia Misión Nueva Pompeya.
El 6 de febrero de este año se montó un control vehicular sobre la ruta provincial 9 y, cerca de las 16, los efectivos detectaron dos motocicletas (una con un hombre y la otra con dos) coincidentes con las descripciones obtenidas previamente.
De acuerdo al expediente, los ocupantes intentaron evadir el control policial y fueron interceptados luego de perder el control de los rodados y caer a la banquina. Tras identificarlos, los agentes hallaron en una mochila que llevaba Pérez un bulto con tres paquetes sellados que contenían 2.906 gramos de marihuana. También secuestraron tres teléfonos celulares.
El Ministerio Público Fiscal encuadró el hecho como transporte de estupefacientes agravado por la intervención organizada de tres o más personas, delito previsto en la Ley 23.737, y solicitó una pena de 6 años de prisión efectiva para los acusados.
Durante la audiencia de control de acusación, las defensas pidieron modificar la calificación legal y sostuvieron que se trató de una tentativa de transporte porque el traslado fue interrumpido por el operativo policial antes de llegar a destino. También solicitaron la libertad, prisión domiciliaria o medidas alternativas de coerción.
Sin embargo, el juez Enrique Jorge Bosch rechazó esos planteos y consideró que la acusación fiscal resulta compatible con la figura de transporte consumado de estupefacientes agravado, publicó Alerta Urbana.
En su resolución, sostuvo que el delito no exige necesariamente que la droga llegue a destino para considerarse consumado.
Finalmente, el magistrado declaró admisible la acusación y ordenó la apertura del juicio oral contra los tres imputados.
Además, mantuvo la prisión preventiva vigente hasta el 6 de junio próximo y dispuso que las actuaciones sean remitidas para el sorteo del tribunal colegiado que llevará adelante el debate.

