Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Otra jornada de búsqueda de Axel González y Jonathan Blanco, sin novedades
    • Contrató un electricista para que relizara arreglos en la casa y abusó de su hija menor de edad
    • Caso Axel: la Justicia prohibió a los medios de comunicación difundir información sensible
    • Empleo formal: se perdieron más de 40.000 puestos en un año y Chaco figura entre las más afectadas
    • Caso Loan: prorrogaron las prisiones preventivas de los ocho acusados por la desaparición del niño
    • WhatsApp sigue sorpendiendo: prepara una actualización reclamada por los usuarios
    • Villa Ángela: se tragó una bocha de cocaína mientras la policía allanaba el domicilio
    • Ángel Rozas y su hermano protagonizaron un siniestro vial en Santa Fe: «Solo fue un susto»
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    sábado 13 junio
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Con medidas sanitarias se reanuda hoy la actividad judicial

    Con medidas sanitarias se reanuda hoy la actividad judicial

    31 de mayo de 2021
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    El Superior Tribunal de Justicia, a través de la resolución 443/2021, por mayoría compuesta por Rolando Toledo, Emilia Valle e Iride Isabel María Grillo, con la disidencia de Alberto Modi, dispuso directivas para el funcionamiento del Poder Judicial, a partir de hoy, para las seis circunscripciones judiciales y para todos los organismos jurisdiccionales, no jurisdiccionales y de justicia de paz y/o faltas.
    En ese sentido, la mayoría determinó la reanudación de plazos procesales. Personal: prestarán funciones en forma presencial la totalidad de los y las agentes que no se encuentren comprendidos dentro del grupo de riesgo; y a distancia o de forma remota aquellos y aquellas que se encuentren comprendidos dentro del grupo de riesgo. Obligatoriedad del desdoblamiento del trabajo presencial en turno matutino (7.30 a 12.30) y turno vespertino (15 a 19). Audiencias: deberán ser realizadas, únicamente, por los medios digitales, suspendiéndose la realización de actos presenciales y semipresenciales en los organismos. Turnos: se faculta magistrados, magistradas y responsables de oficina a suspender los turnos otorgados por el Sistema de Turnos Web, en su caso y a los fines de evitar pérdidas de derechos, las partes y sus abogados podrán solicitar y los magistrados podrán disponer aún de oficio la suspensión de plazos prevista en el artículo 173 del Código Procesal Civil y Comercial del Chaco.

    Fundamentos
    de la mayoría
    Destacando que el Superior Tribunal de Justicia continúa en permanente análisis de la situación epidemiológica y sanitaria de la provincia, y en razón del vencimiento del plazo de vigencia de la resolución de este Superior Tribunal de Justicia 442/2021 y teniendo en cuenta que el decreto 1176/2021 del Poder Ejecutivo provincial establece respecto de la «actividad legislativa y judicial: invítase a los poderes Legislativo y Judicial a adherir a las medidas o adecuar las mismas de manera de reducir la circulación de agentes y usuarios de los servicios, priorizando la atención remota y audiencias virtuales», reconociendo las atribuciones y facultades conferidas por el artículo 162, inciso 7, de la Constitución de la provincia y por el artículo 25, inciso 13, de la Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley 1-B) de este Superior Tribunal de Justicia, como cabeza del Poder Judicial, corresponde adecuar el funcionamiento del servicio público de justicia en los momentos que se padece la pandemia, garantizando una razonable y actualizada prestación de la función judicial, pero además velando por la salud de sus agentes, de los y las profesionales de la abogacía y demás auxiliares de justicia, como también de los y las justiciables que concurren a los estrados, y de la ciudadanía en general.
    Fundamentos
    de la disidencia
    de Modi
    Modi remitió a los fundamentos de su disidencia en las resoluciones 413/2020, 549/2020, 643/2020, 958/2020, 312/2021 y 383/2021.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Policiales

    Otra jornada de búsqueda de Axel González y Jonathan Blanco, sin novedades

    13 de junio de 2026
    Policiales

    Contrató un electricista para que relizara arreglos en la casa y abusó de su hija menor de edad

    13 de junio de 2026
    Sociedad

    Caso Axel: la Justicia prohibió a los medios de comunicación difundir información sensible

    13 de junio de 2026
    Sociedad

    Empleo formal: se perdieron más de 40.000 puestos en un año y Chaco figura entre las más afectadas

    13 de junio de 2026
    Sociedad

    Caso Loan: prorrogaron las prisiones preventivas de los ocho acusados por la desaparición del niño

    13 de junio de 2026
    RSS En Corrientes
    • Braillard Poccard encabezó los festejos patronales en Berón de Astrada
    • Juan Pablo acompañó en las celebraciones por San Antonio de Padua
    • Polémica en la Liga Santotomeña: delegados estallan por un «bono colaboración» inconsulto
    • En Mburucuyá, hoy también la provincia abraza a sus héroes de Malvinas
    • Los 17 acusados al banquillo: quiénes son y de qué se los acusa
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.