Con una importante convocatoria de dirigentes de toda la provincia, la rama juvenil de la Federación Económica del Chaco (Fechaco Joven) llevó adelante este miércoles el Conversatorio «Ley de suspensión de SAS», a través de la plataforma Zoom y por redes sociales de la entidad.
La mesa de debate, encabezada por el presidente de Jóvenes Empresarios de Fechaco, Matías Brugnoli, contó con la disertación del abogado litigante y miembro del Colegio de Abogados de la Segunda Circunscripción Judicial del Chaco, Facundo Ulises Cabaña; la directora del Registro de Público de Comercio, Melisa Vañek; el inspector general de Personas Jurídicas y Registro Público, Eduardo Colombo; y el contador Diego Romero Villán, miembro del Consejo Profesional de Ciencias Económicas del Chaco.
El proyecto de ley que suspende la creación de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), cuya sanción tuvo lugar en 2017, como una forma de acelerar la creación de nuevas empresas, actualmente ya tiene media sanción en el Congreso Nacional.
Al respecto, Brugnoli expresó: «Esta ley es de mucha importancia para el sector de emprendedores que muchas veces se ven en dificultad a la hora de decidir emprender, por lo cual esta iniciativa permite acceder a una personería de forma más rápida».
«Vemos que para tratar la suspensión de las SAS primero se necesita un consenso entre todas las entidades que estamos en relación con esta cuestión, trabajar en conjunto para mejorar la herramienta y seguir aplicándola», afirmó el dirigente.
En coincidencia con el titular de la institución anfitriona, el vicepresidente de Came Joven, Emmanuel López, aseguró que «venimos desde el año pasado haciendo un trabajo respecto de solicitar que no se elimine este sistema de sociedad ya que es sumamente ahornado a los tiempos que corren pero lamentablemente por cuestiones políticas es una decisión del gobierno nacional que se la suspenda».
De esta manera, se realizó un amplio debate en donde los disertantes plantearon su oposición al proyecto de Ley, dando distintos fundamentos y dejando en claro que esta iniciativa perjudicará negativamente al desarrollo del sector joven emprendedor y empresario de la provincia. Por ello, presentarán un documento a legisladores nacionales con los argumentos por parte de las distintas entidades para evitar la sanción de la ley.
Del encuentro virtual participaron, además de las autoridades en mención, el secretario general de Fechaco Joven, Guillermo Bishells; el presidente del Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas, Eric Germán Dahlgren; el titular de la Cámara de Comercio Exterior del Chaco, Pablo Staszewski; y presidentes de distintas cámaras de comercio de la provincia.
sobre el proyecto
La iniciativa que ya cuenta con media sanción del Senado suspende por seis meses la constitución e inscripción de las SAS, una herramienta que se implementó durante la gestión Cambiemos para facilitar la creación de empresas en 24 horas a través de internet.
El proyecto de ley establece que todas las SAS deberán ser constituidas por emprendedores previamente inscriptos en un registro especial a cargo de la Secretaría para la Pequeña y Mediana Empresa y Emprendedores (Sepyme), dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación.
En su articulado, la iniciativa establece que, para su inscripción, todas las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) deberán ser constituidas únicamente por los emprendedores a que hace mención el Título I de la Ley 27349 de Apoyo al Capital Emprendedor, previamente inscriptos en el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor (Rice). Igual recaudo deberán satisfacer las SAS ya constituidas.
También determina que el Rice deberá exportar electrónicamente su base completa de datos a la Inspección General de Justicia de la Nación y a los demás Registros Públicos de cada jurisdicción dentro del plazo máximo de 10 días hábiles administrativos desde la vigencia de la ley.
Lo mismo deberá efectuarse con toda inscripción que se produzca en el Rice en forma sobreviniente, dentro del plazo de 2 días hábiles administrativos, de modo que los Registros Públicos correspondientes puedan efectuar el debido control de legalidad.
Prevé además la suspensión de constitución e inscripción de SAS: se suspenderá por el plazo de 180 días corridos la constitución e inscripción de SAS y toda tramitación de los actos concernientes a su operatoria, que requieran inscripción a través del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
Durante este lapso, las inscripciones se efectuarán exclusivamente en soporte papel conforme las disposiciones y procedimientos previstos que al efecto dicte cada Registro Público.
Asimismo, se dispondrá el traspaso inmediato del registro digital de SAS administrado por el GDE al libro o libros de registro que disponga la autoridad de control, sea la Inspección General de Justicia de la Nación o los Registros Públicos del interior del país, bajo su administración, control y mantenimiento exclusivo.
Sobre la acreditación de la inscripción en el Rice, los emprendedores que integren SAS deberán acreditar ante los registros públicos respectivos dentro del plazo de 180 días.
La omisión impondrá la transformación de la SAS en Sociedad Anónima o en Sociedad de Responsabilidad Limitada, según las disposiciones correspondientes de la Ley 19550.
En relación a la presentación de estados contables, las SAS inscriptas deberán presentar al Registro Público de su domicilio sus estados contables correspondientes a los ejercicios económicos cerrados desde su constitución.
La falta de presentación hará aplicable a los miembros de los órganos de administración y/o fiscalización, por cada estado contable omitido, la sanción de multa, en el monto máximo establecido en la Ley 19550.
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