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    AFIP vuelve con las ejecuciones y pone en la mira a 10.000 deudores

    28 de enero de 2022
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    El proceso comenzará de forma gradual y con los contribuyentes «más riesgosos» que acumulan deudas impagas más elevadas. Cuáles son las opciones para regularizar las deudas vencidas.

    La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó que retomará a principios del mes de febrero las ejecuciones de deudas fiscales. Luego de un año y medio en suspenso por el impacto económico de la pandemia de coronavirus, el ente recaudador informó que son 10.000 los contribuyentes con deudas impagas en situación de ejecución fiscal por más de $160 mil millones.

    En el comunicado oficial, el organismo destaca que durante ese plazo, «puso a disposición de los contribuyentes distintas herramientas que permitieron avanzar en la regulación de pasivos acumulados como consecuencia de la crisis del gobierno anterior así como resultado de la irrupción de la pandemia».

    «En línea con el proceso de recuperación económica que experimenta el país y con el objetivo de proteger el interés fiscal, el organismo retomará a partir de febrero las ejecuciones fiscales de contribuyentes morosos. El proceso se hará en forma gradual», agregaron.

    Desde el organismo recordaron que los contribuyentes en esa situación pueden regularizar sus pasivos a través de la nueva moratoria y planes de pagos. En ese sentido, enfatizaron que antes de llegar a la instancia de ejecución los contribuyentes fueron intimados y notificados en reiteradas oportunidades.

    En un primer momento, las ejecuciones comenzarán con los contribuyentes «más riesgosos» que acumulan deudas impagas más elevadas.

    «La situación no es novedosa para los contribuyentes intimados. Desde la AFIP enfatizaron que, a lo largo del último año y medio, todos ellos fueron notificados en reiteradas oportunidades sobre su situación a través del Domicilio Fiscal Electrónico», sostuvo el comunicado.

    Asimismo, recordaron que el gobierno puso a disposición distintas herramientas para facilitar la regularización de deudas impagas. Por eso, antes de comenzar con el proceso formal de las ejecuciones fiscales, la AFIP realizó una nueva comunicación con ese universo de contribuyentes para informarles sobre las herramientas disponibles.

    “Le recordamos que el 31 de enero de 2022 finaliza el plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales dispuesto como parte de las herramientas implementadas para amortiguar los efectos económicos de la pandemia del COVID-19. Por ello, a partir del 1 de febrero de 2022 su deuda estará en condiciones de ser ejecutada judicialmente”, sostiene la inducción remitida por la AFIP.

    ¿Cómo se puede regularizar las deudas vencidas?

    Moratoria-Ley de Alivio Fiscal: Permite regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas al 31 de agosto de 2021, así como las infracciones relacionadas a dichas deudas. La moratoria ofrece la posibilidad de cancelar las deudas en hasta 120 cuotas. La adhesión está habilitada hasta el 15 de marzo de 2022.

     Plan de Facilidades de Pago Permanente: Permite regularizar las obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas con posterioridad al 31 de agosto de 2021. El plan contempla un máximo de 8 cuotas y la posibilidad de que cada contribuyente elabore 6 planes.

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