Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Abusador se escapó del área de salud mental del Perrando y lo recapturaron en Puerto Tirol
    • Boca visita a Unión con la obligación de ganar
    • Milei acorralado: hallazgo en el celular de Novelli confirmaría pacto por US$5 millones para promocionar $LIBRA
    • Sin Finalissima: la guerra en Medio Oriente obligó a cancelar la final entre Argentina y España
    • Detuvieron a un hombre por agredir a una mujer y su hija en una vivienda de Villa Libertad
    • Menor apuñaló a un joven de 22 años en una pelea callejera en Pampa Almirón
    • Prefectura incautó más de 500 cartones de cigarrillos de contrabando en Puerto Bermejo
    • Colapinto sumó su primer punto en China en un fin de semana positivo para Alpine: Gasly fue P6
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    domingo 15 marzo
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » El STJ reflotó las PASO de este año y volteó las candidaturas múltiples

    El STJ reflotó las PASO de este año y volteó las candidaturas múltiples

    14 de marzo de 2023
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    El Superior Tribunal de Justicia (STJ) hizo lugar, ayer, a la acción de amparo presentada por legisladores de la oposición y reflotó las elecciones primarias de este año en la provincia al tiempo que volteó las candidaturas múltiples.
    El máximo tribunal anuló y declaró inconstitucionales dos resoluciones aprobadas el año pasado -en medio de fuertes controversias- por la Cámara de Diputados.
    La decisión del STJ causó un marcado revuelo político a nivel provincial y concitó la atención tanto del oficialismo -que había impulsado la suspensión de las PASO- como de la oposición, que a partir de ahora deberán recalibrar sus estrategias electorales de cara a un año espeso.
    En concreto, el tribunal anuló las resoluciones 2197/22 -de Presidencia de la Cámara de Diputados del Chaco- y 2207/22 -de la Cámara de Diputados- que modificaron la conformación de la Comisión de Asuntos Constitucionales.
    En consecuencia, declaró la inconstitucionalidad de las leyes 3745-Q y 3746-Q que suspendieron durante un año la vigencia de las primarias y habilitaron candidaturas múltiples, respectivamente. En razón de ello declaró nulo el decreto 3087/22, mediante el cual el Poder Ejecutivo provincial convocó a elecciones.

    Fundamentos
    Para fundamentar la decisión, el STJ explicó que los proyectos de ley 3511/22 y 2336/19 despachados durante la sesión extraordinaria IV de la Comisión de Asuntos Constitucionales reconocen origen directo en las anuladas resoluciones 2197/22 2207/22.
    «Lo que a su vez implica que las leyes 3745-Q y 3746-Q merecen igual consecuencia debiendo ser declaradas inconstitucionales: el vicio procedimental de las resoluciones que aumentaron la cantidad de miembros de Asuntos Constitucionales redunda en la nulidad de toda la actividad posterior desarrollada por esta», indicaron los jueces en el fallo.
    «Previo a finalizar, y siempre en el marco de la prudencia y la moderación que deben guiar nuestras decisiones, en un todo de acuerdo con las manifestaciones de ambas partes en cuanto a la importancia de las comisiones permanentes, siendo estas piezas vitales que delinean el quehacer parlamentario, consideramos necesario señalar la preocupación que supone que la legalidad de decisiones del cuerpo legislativo deban ser definidas en los tribunales», detallaron.
    «Aquello que la política y la discusión democrática no han logrado consensuar, no es lógico que termine en los ámbitos tribunalicios. Con mayor razón aún cuando se trata de cuestiones político-electorales, como sucede en el caso», añadieron.
    «Dicho esto, no podemos omitir que el hecho de ‘no dar quórum’ constituye una herramienta en el marco de la dinámica de la democracia, pero tampoco podemos omitir que es la propia conducta de los accionantes, bajo igual presidencia de Asuntos Constitucionales, lo que motiva su no funcionamiento, que ha derivado en sendos conflictos judiciales en detrimento de la calidad democrática de nuestras instituciones. Situación que, aunque resulte obvio decirlo, tampoco avala la irregularidad en el proceso de elaboración y sanción de las leyes aquí cuestionadas», explicaron.
    «Debemos recordar que el accionar de las autoridades constituidas debe respetar los principios de legalidad y razonabilidad, orientados por la prudencia política que debe caracterizar todo obrar en una república democrática», finalizaron.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Policiales

    Abusador se escapó del área de salud mental del Perrando y lo recapturaron en Puerto Tirol

    15 de marzo de 2026
    Deportes

    Boca visita a Unión con la obligación de ganar

    15 de marzo de 2026
    Nacionales

    Milei acorralado: hallazgo en el celular de Novelli confirmaría pacto por US$5 millones para promocionar $LIBRA

    15 de marzo de 2026
    Deportes

    Sin Finalissima: la guerra en Medio Oriente obligó a cancelar la final entre Argentina y España

    15 de marzo de 2026
    Policiales

    Detuvieron a un hombre por agredir a una mujer y su hija en una vivienda de Villa Libertad

    15 de marzo de 2026
    RSS En Corrientes
    • Un apostador de Goya ganó más de $249 millones en la Quiniela Poceada
    • Tres autos chocaron tras atropellar a un caballo suelto en la Ruta 94
    • Secuestraron más de 130 kilos de carne tras detectar una faena clandestina en Corrientes
    • Valdés destacó el potencial del gas natural para el desarrollo de Corrientes
    • Secuestran más de 20 motos en operativos de tránsito en Corrientes
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.