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    Policiales

    Condenaron al agente que no quiso el juicio abreviado

    23 de mayo de 2025
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    A diferencia del resto de sus camaradas que conformaban la organización criminal, Leandro Gabriel Cocco fue el único de los integrantes de la banda de narcopolicías de la comisaría Duodécima de Resistencia que no aceptó el juicio abreviado.
    En consecuencia, el Tribunal Oral Federal (TOF) de Resistencia lo condenó en octubre de 2024 a tres años y seis meses de prisión e inhabilitación especial de cuatro años para ocupar cargos públicos. Encubrimiento agravado, cohecho pasivo, abuso genérico de autoridad y asociación ilícita, todos en concurso real, fueron los delitos por los que resultó condenado, publicó el portal judicial Litigio.
    Para intentar revertir este resultado, la defensa del ahora exagente Cocco, representada por Hernán Cordón, interpuso un recurso ante la Cámara Federal de Casación.
    El resultado tampoco fue el que esperaba: la Sala II del máximo tribunal penal del país, integrada por los magistrados Alejandro Slokar, Guillermo Yacobucci y Ángela Ledesma, resolvió el martes rechazar el recurso y en consecuencia dejó firme la sentencia dictada por el tribunal de la capital chaqueña.
    En la causa también se encontraban imputados los policías Rubén Alberto Molina y Matías Josué Frete, quienes habían optado por realizar un juicio abreviado y fueron condenados a la pena de 4 y 2 años en suspenso, respectivamente.

    EL CASO
    La investigación, impulsada por el fiscal federal, Patricio Sabadini, reveló una red de corrupción dentro de la Duodécima de la Policía del Chaco.
    Cocco, junto con Molina y Frete, mantenía vínculos con una reconocida vendedora de drogas, a quien le ofrecían cobertura a cambio de estupefacientes. Además, brindaban «favores» a otras personas a cambio de dinero u otros beneficios, y se los relacionó también con un caso de robo. Parte de los estupefacientes fueron encontrados en distintos espacios dentro de la dependencia policial.
    El tribunal consideró acreditada la existencia de prácticas sistemáticas para encubrir hechos delictivos, tanto vinculados al narcotráfico como a delitos contra la propiedad, como hurtos y robos.
    Asimismo, Cocco, en particular, se encargaba de advertir a personas investigadas sobre operativos o medidas judiciales, obstaculizando así el trabajo de las fuerzas de seguridad. También quedó probado que los acusados recibían dádivas a cambio de favores, e incluso intervenían para favorecer a personas con causas abiertas en otras comisarías.

    LOS CONSIDERANDOS
    Al liderar el acuerdo, el juez Slokar explicó que en la sentencia del TOF de Resistencia no fue arbitraria, sino que se expuso de manera «lógica y razonada» el desarrollo de una serie de conductas ilícitas, en las que se detalló que Cocco, junto con los coimputados, colaboró con los autores de diversos delitos, alertándolos sobre la presencia policial y brindándoles consejos sobre la manera más conveniente de actuar con el fin de ayudarles a eludir las investigaciones o a evadir la acción de la justicia.
    Asimismo, se puso de manifiesto la manipulación de material estupefaciente «con el propósito de fabricar pruebas», entre otros delitos cometidos por esta organización criminal.
    El magistrado indicó, además, que la defensa del ex funcionario policial sostuvo que en la sentencia no se identificaron las maniobras realizadas por Cocco. «Sin embargo, este planteo remite a cuestiones ya tratadas anteriormente, en las que se detallaron los hechos conocidos a partir de las escuchas telefónicas y la labor investigativa llevada a cabo por la Gendarmería Nacional», refutó el juez.
    Por otra parte, dejó en claro que la defensa «no ha logrado demostrar» que el análisis de las pruebas estaba descontextualizado y señaló que las alegaciones del abogado defensor en realidad parten de «considerar aisladamente los argumentos y elementos de prueba que han sido tenidos como base de la sentencia, sin un examen crítico de conjunto».
    Con esta decisión de Casación, la condena a Cocco quedó ratificada, y el exfuncionario deberá cumplir la pena impuesta por su rol dentro de una estructura delictiva conformada por miembros de la fuerza.

    La sentencia y los fundamentos contra los efectivos

    Fue una «asociación criminal». La frase resume la sentencia por la cual el TOF de Resistencia condenó a principios de octubre de 2024 a tres policías del Chaco, un gendarme y una vendedora de drogas al menudeo, que conformaron una banda delictiva que tenía como base de operaciones la comisaría Duodécima de la capital chaqueña.
    En los fundamentos de esa sentencia se demuestra cómo los policías condenados tenían un estrecho vínculo con, al menos, una narcotraficante del barrio Santa Catalina.
    Esta relación la utilizaban para brindarle protección y facilitarle su trabajo en el territorio, sin ser molestada por las autoridades ni por la competencia.
    A cambio, recibían estupefacientes que tenían como destino fraguar operativos o pagar por información.
    También se constató que los uniformados cobraban coimas para realizar gestiones ante otras comisarías. Y también que asesoraban a delincuentes para que no sean atrapados mientras realizaban sus actos ilícitos.
    Además de Cocco, Molina y Frete, los condenados fueron el gendarme Miguel Hugo Paniagua y la vendedora de drogas, Ester de la Cruz Pereña.
    El gendarme Paniagua, acusado del delito de revelación de secreto oficial, llegó a un acuerdo con la fiscalía y pactó un año de prisión y dos de inhabilitación.
    Si bien De la Cruz Pereña también logró juicio abreviado, fue la única que recibió una pena de prisión efectiva, aunque de cumplimiento domiciliario: cuatro años.
    Llegó a juicio acusada de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, cohecho activo y asociación ilícita. El único que no aceptó el acuerdo de juicio abreviado fue el agente Cocco.

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