Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Fin para Manuel Adorni
    • Con un facturazo, vendedores ambulantes denunciaron persecución municipal
    • Ventas de combustibles: el Chaco lideró mayo con +12,1% entre otras 7 provincias
    • Naidenoff destacó los primeros resultados del programa de alfabetización
    • Lucila Masin: «La sentencia omite analizar si existió daño ambiental»
    • Exitoso partido de pádel solidario a beneficio de Sebastián Hoffart
    • Hindú se juega una final en casa: duelo clave ante Talleres de Tafí Viejo
    • Hoy, el Club Sarmiento buscará hacerse fuerte en casa
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    domingo 28 junio
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Prohíben difundir datos de una niña vinculada a una causa judicial del futbolista fallecido en una cancha
    Sociedad

    Prohíben difundir datos de una niña vinculada a una causa judicial del futbolista fallecido en una cancha

    13 de junio de 2025
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    La jueza Dolly Fernández ordenó el retiro de publicaciones y restringió la exposición pública de la menor en el expediente donde se investigó a Enzo Pittau.

    La jueza Dolly Fernández, presidenta de la Cámara Segunda en lo Criminal de Resistencia, en el marco de la  causa 36.130/2018-1 «Pittau, Enzo Arnaldo s/ abuso sexual simple agravado por el vínculo» ordenó «la prohibición de exposición y/o difusión por cualquier medio y/o bajo cualquier modalidad, de la intimidad, imagen, privacidad, asi como toda información sobre la situación bio-psico-social que involucre a la niña de autos A.S.P.V, que no resulte de interés público, que permita su individualización y/o identificación pública, así como exposición pública sobre información del estado procesal de las actuaciones judiciales y administrativas que no resulten sino en identificación de aspectos de su intimidad, imágenes personales, como en relación a su grupo familiar».

    Además, intimó «a todos los medios periodísticos a dar de baja sus publicaciones de las plataformas de noticias de toda imagen, video o nota donde se individualice a la niña de autos A.S.P.V., a fin de que deje de exponerse la intimidad y los datos de la misma, y los pormenores de la causa, bajo apercibimiento de imponer sanciones en caso de incumplimiento». 

    También intimó «a las partes involucradas en autos, que cesen de difundir notas, datos e información donde se individualice a la niña A.S.P.V, debiendo respetarse su derecho a la intimidad, bajo apercibimiento de imponer sanciones en caso de incumplimiento».

    Fundamentos
    La decisión fue tomada a partir de la solicitud de la asesora de Niñas, Niños y Adolescentes Nº 4, Silvia Mastori, conforme a lo establecido por el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, artículo 3 de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, ley 23.849 y en el artículo 10 de la ley 26.061 de protección integral de los derechos de NNA «siendo una máxima universal la protección de los derechos de los niños menores de edad, sumado a todos aquellos tratados internacionales de Derechos Humanos que gozan de jerarquía constitucional que tutelan la vida privada y familiar, el art. 11 del Pacto de San Jose de Costa Rica, el art. 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y los art 17 y 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que disponen a la libertad de expresión ciertas restricciones necesarias para asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, resultando de aplicación además las 100 Reglas de Brasilia de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad, todos ellos que imponen al Estado la obligación de tomar todas las medidas concernientes a proteger los derechos de los menores de 18 años años de edad, como consideración primordial, comprometiéndose a respetar el derecho del niño, a respetar su dignidad, a preservar su identidad, su nombre y sus relaciones familiares de conformidad a la ley, a la protección del derecho a la vida privada e intimidad en la vida familiar y la prohibición de la vulneración de estos derechos por injerencias arbitrarias o ilegales, pudiendo el Estado tomar acciones preventivas».

    Lo que hay que saber
    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link

    Seguir leyendo

    Con un facturazo, vendedores ambulantes denunciaron persecución municipal

    Ventas de combustibles: el Chaco lideró mayo con +12,1% entre otras 7 provincias

    Lucila Masin: «La sentencia omite analizar si existió daño ambiental»

    Fet: el Chaco sigue mostrando toda su oferta turística

    Abel Pintos cerrará la Bienal del Chaco 2026

    Resistencia: sábado fresco, pero con tormentas fuertes previstas para este domingo

    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    Fin para Manuel Adorni

    28 de junio de 2026
    Política

    Con un facturazo, vendedores ambulantes denunciaron persecución municipal

    28 de junio de 2026
    Política

    Ventas de combustibles: el Chaco lideró mayo con +12,1% entre otras 7 provincias

    28 de junio de 2026
    Política

    Naidenoff destacó los primeros resultados del programa de alfabetización

    28 de junio de 2026
    Política

    Lucila Masin: «La sentencia omite analizar si existió daño ambiental»

    28 de junio de 2026
    RSS En Corrientes
    • Retractación: cierre de un capítulo oscuro de una campaña sin ideas
    • Manuel Adorni renunció a la jefatura de Gabinete
    • Un estudio advierte que la política pierde centralidad entre los jóvenes
    • Tapebicuá: Gabur confía en una reconversión
    • Se consolida la «mano dura» contra el abigeato y se aceleran respuestas
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.