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    Portada » La Justicia declaró inconstitucional la Ordenanza Tributaria de Nikisch
    Política

    La Justicia declaró inconstitucional la Ordenanza Tributaria de Nikisch

    21 de septiembre de 2025
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    La Sala Segunda de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de la Justicia Provincial declaró la inconstitucionalidad de la Ordenanza Tributaria 2025 -Nº15.077 de la Municipalidad de Resistencia sancionada el 22 de octubre de 2024.
    De esta manera, las juezas María Virginia Serrano y Silvia Suarez hicieron lugar a la acción de amparo promovida por los concejales Fabricio Bolatti, Soledad Villagra, Guillermo Monzón, Ángel Sánchez y Lucila Masin.
    La denuncia fue presentada a fines del 2024, por presuntas irregularidades cometidas en el acto de creación de la norma impulsada por el intendente Roy Nikisch y por la cual se aplicaron aumentos de entre 75% y 100% en los impuestos y tributos municipales de Resistencia.
    Si bien los concejales de la oposición hablaban de irregularidades como la falta de cumplimiento de las mayorías necesarias para la aprobación, del procedimiento y discusión en la Comisión de Hacienda, falta de información disponible, la Cámara en lo Contencioso Administrativo consideró principalmente el haber incumplido el procedimiento de doble lectura, que incluye la realización de una Audiencia Pública.
    «La difusión y convocatoria de la audiencia pública constituyen partes esenciales del trámite legislativo fijado por el art. 153 de la Carta Orgánica, por tanto, son instancias determinantes que deben observarse y cumplirse exactamente para que pueda reputarse válido el proceso de aprobación de la Ordenanza N° 15077. de fecha 22/10/2024», señalaron las juezas en su fallo, y remarcaron que «teniendo en cuenta» ese aspecto, «deviene innecesario ingresar al análisis de los demás agravios señalados por actora».
    Así, indicaron que «corresponde hacer lugar a la acción de amparo y declarar la Inconstitucionalidad de la Ordenanza N° 15077 de fecha 22/10/2024 Tributaria e Impositiva aprobada para el Ejercicio Fiscal 2025, en tanto no han sido precedidas por el procedimiento de doble lectura y audiencia pública establecida en el artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal».
    Por su parte, desde los bloque opositores aseguraron que «este fallo confirma lo que vienen denunciando desde el inicio de la gestión de Nikisch: una forma de gobernar que desconoce las reglas, margina al Concejo y avanza de manera autoritaria sobre decisiones clave que afectan directamente a la ciudadanía».
    Además, adelantaron que continuarán «utilizando todas las herramientas institucionales y jurídicas necesarias para frenar estos atropellos, defender el rol del Concejo Municipal y garantizar que se respeten los procedimientos establecidos en la Carta Orgánica, así como los principios básicos de la democracia y la participación ciudadana en el gobierno local».

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