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    Portada » Aumento para empleados públicos: cómo quedan los sueldos con la actualización de agosto
    Política

    Aumento para empleados públicos: cómo quedan los sueldos con la actualización de agosto

    11 de agosto de 2026
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    El Gobierno del Chaco oficializó las nuevas escalas salariales para los trabajadores comprendidos en el Escalafón General de la Ley 196-A, luego del anuncio de recomposición realizado en julio. El Decreto 1855/2026, fechado el 7 de agosto, estableció un incremento del 5% desde el 1 de agosto y dejó fijadas además las escalas correspondientes al segundo tramo, que comenzará a regir el 1 de noviembre.

    La medida permite poner números concretos al aumento y conocer cómo queda cada categoría. Un punto importante es que los montos que aparecen como «TOTAL» en el decreto no representan necesariamente el salario de bolsillo de cada trabajador: corresponden a la suma del sueldo básico, complemento básico y suplemento remunerativo previstos por la escala. Luego pueden existir adicionales, bonificaciones particulares y descuentos que modifican la liquidación final.

    Cómo quedan algunas de las principales categorías desde agosto
    Tomando distintas categorías representativas del escalafón, la nueva escala establece los siguientes valores:

    A3: $737.237
    A2: $657.464
    A1: $657.464
    B1: $558.345
    C11: $460.133
    C9: $410.209
    C6: $361.746
    C3: $319.892
    C1: $276.369
    D11: $412.309
    D8: $369.550
    D5: $339.397
    D1: $264.570
    E9: $374.530
    E5: $318.507
    E1: $256.597
    F9: $374.530
    F5: $318.507
    F4: $308.144
    (Los montos corresponden al total de la escala, básico, complemento básico y suplemento remunerativo, y no necesariamente al salario final de bolsillo, que depende de adicionales, bonificaciones y descuentos de cada agente).

    Así, entre los ejemplos seleccionados, la categoría A3 queda en la parte superior de la escala analizada, con un total de $737.237, compuesto por un básico de $462.260, un complemento de $43.892 y un suplemento remunerativo de $231.084. Las categorías A1 y A2, en tanto, quedan en $657.464, mientras que la B1 alcanza los $558.345.

    En el amplio universo de las categorías C aparecen diferencias significativas según el grupo. Una C11 tendrá un total de escala de $460.133, mientras que una C6 queda en $361.746 y una C1 en $276.369. El decreto también fija, por ejemplo, $410.209 para C9, $387.423 para C8 y $349.218 para C5.

    Algo similar ocurre dentro de la categoría D. La D11 pasa a $412.309, la D6 queda en $350.219 y la D1 en $264.570. Entre ambos extremos aparecen, entre otras, la D8 con $369.550, D5 con $339.397 y D3 con $306.831.

    Para las categorías E, una E9 alcanza los $374.530, una E5 los $318.507 y la E1 queda en $256.597. Las categorías F replican varios de esos valores: F9 también queda en $374.530, mientras que F5 asciende a $318.507 y F4 a $308.144.

    El decreto también modifica las bases para las bonificaciones
    El instrumento no se limita a modificar el básico y los componentes generales. La Planilla Anexa II, vigente desde agosto, actualiza además las bases utilizadas para calcular conceptos como dedicación exclusiva, bonificación para auxiliares de enfermería, personal de establecimientos sanitarios y el resto de las bonificaciones. Esto significa que el impacto concreto sobre determinados trabajadores puede superar la simple lectura del «total» de la escala, dependiendo de los adicionales que correspondan a cada agente.

    Este punto es particularmente relevante para trabajadores de áreas con regímenes específicos, ya que el decreto establece, por ejemplo, distintas bases para personal de establecimientos sanitarios según la categoría. En A3, A2 y A1 esa base queda en $884.254, mientras que para B1 es de $639.391 y para C11 de $572.091. Esos montos son bases de cálculo y no salarios que se cobren directamente.

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