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    Política

    Justicia Penal Juvenil: el nuevo régimen ya se aplica en el Chaco y Corrientes

    12 de septiembre de 2026
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    La Ley Nacional 27.801 amplió la intervención del sistema penal juvenil y obligó a las provincias a adecuar sus mecanismos. El Chaco articula el nuevo régimen con su legislación procesal vigente, mientras Corrientes puso en marcha desde septiembre un sistema transitorio especializado.
    La entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil abrió también en el Chaco y Corrientes una etapa diferente para el abordaje de adolescentes involucrados en delitos. La incorporación de jóvenes de 14 y 15 años al sistema amplió el universo sobre el que deberá intervenir la Justicia y volvió a colocar en primer plano una discusión que excede la reducción de la edad de imputabilidad: qué respuesta ofrecerá el Estado una vez que esos adolescentes ingresen al sistema penal.
    En el Chaco, la aplicación de la Ley Nacional 27.801 se articula con la Ley Provincial 2951-N, que ya regula el procedimiento penal juvenil y establece mecanismos diferenciados respecto de los procesos que involucran a personas adultas.
    La provincia cuenta con 18 estrados con competencia penal juvenil y durante los meses previos se realizaron distintas instancias destinadas a preparar a los operadores judiciales para el nuevo escenario. La modificación más inmediata es la incorporación de los adolescentes de 14 y 15 años dentro de los casos sobre los cuales debe intervenir el fuero.
    La jueza de Niñez, Adolescencia y Familia 4, Vilma Almirón, explicó recientemente que frente a delitos leves pueden aplicarse medidas de orientación y protección o libertad vigilada, mientras que los hechos de mayor gravedad habilitan intervenciones de mayor intensidad.
    En los casos en que corresponda una medida privativa de la libertad, la provincia cuenta actualmente con Aldea Tres Horquetas como dispositivo destinado a adolescentes. Según indicó la magistrada, allí se encontraban alojados entre 10 y 11 jóvenes y existe una capacidad aproximada para 25.
    El Chaco también proyectó ampliar esa infraestructura. El gobierno provincial anunció este año la construcción de dos unidades penales destinadas a menores en conflicto con la ley, una en Resistencia y otra en Sáenz Peña, como parte de la adecuación institucional al nuevo escenario penal juvenil.
    La aplicación, sin embargo, no se limita a disponer dónde permanecerá un adolescente acusado de un delito. Allí comienza otro de los grandes desafíos que atraviesa al nuevo sistema: qué herramientas se utilizarán para impedir que ese joven vuelva a involucrarse en hechos delictivos.

    «no soluciona
    el problema»
    Corrientes atraviesa un proceso similar, aunque mediante otro esquema institucional. Desde el pasado 1 comenzó a funcionar allí un Sistema Transitorio de Justicia Penal Juvenil, destinado a ordenar la aplicación del nuevo régimen mientras se completa la estructura especializada prevista por la provincia.
    El sistema incorporó operadores específicos, procedimientos diferenciados respecto de los adultos, plazos más breves y una mayor utilización de herramientas vinculadas con la justicia restaurativa.
    En ese contexto, el juez de Familia, Niñez y Adolescencia 5 de Corrientes, Edgardo Frutos, analizó en diálogo con Radio Unne los desafíos que aparecen detrás de la aplicación concreta del nuevo régimen.
    «No olvidemos que quien comete es una persona en desarrollo, un sujeto que está formando y construyendo su personalidad. Si solamente lo que hacemos con el adolescente es privarlo de libertad, no solucionamos el problema», enfatizó.
    Para el magistrado, la incorporación de adolescentes más jóvenes al sistema penal obliga precisamente a evitar una reproducción automática del procedimiento utilizado con los adultos.
    Frutos explicó que «el sistema de justicia procesal juvenil incorpora la designación de operadores específicos» y establece un tratamiento diferenciado cuando las personas involucradas son menores de edad.
    La diferencia no pasa únicamente por los plazos y los operadores. El nuevo modelo incorpora herramientas que buscan intervenir sobre las circunstancias que rodearon al delito y no exclusivamente sobre la sanción.
    «Se trata de un trabajo amplio porque si lo único que hacemos con el adolescente es privarlo de su libertad, no solucionamos el problema», sostuvo.
    Entre las alternativas mencionó la mediación, la conciliación, la reparación y otros mecanismos contemplados dentro de la denominada justicia restaurativa.

    La víctima y la reparación
    Frutos aclaró que recurrir a esos instrumentos no significa abandonar la investigación ni dejar impune un delito.
    La justicia restaurativa propone incorporar a la víctima dentro del proceso de reparación del daño y, al mismo tiempo, trabajar con el adolescente para que comprenda las consecuencias de la conducta por la cual ingresó al sistema.
    «La idea principal es tomar a la víctima y sacar al adolescente del delito. La finalidad es socioeducativa y restaurativa», sintetizó.
    Según explicó, se busca que la víctima pueda tener protagonismo en la reparación del daño sufrido, pero también atender «la posibilidad de que el adolescente que se ve involucrado se repare subjetivamente», considerando que se trata de una persona cuya identidad todavía se encuentra en construcción.
    Esta concepción implica que la intervención estatal no finalice con una resolución judicial. El abordaje debe alcanzar también a la familia, el sistema sanitario, la escuela, los organismos de protección y el entorno comunitario del adolescente.

    consumos problemáticos
    En ese punto, Frutos aportó uno de los datos más fuertes de su análisis. Según afirmó, «el 90% de los adolescentes que cometen delitos son personas con consumo problemático».
    Para el magistrado, los consumos atraviesan otras situaciones de vulnerabilidad y constituyen una de las cuestiones sobre las que necesariamente deberá intervenir el Estado si pretende reducir la reiteración delictiva.
    «Obviamente, la delincuencia está atravesada por esa situación. Por eso el foco de la ley es que se tenga esa mirada que la vamos a ir articulando con distintos organismos de manera mancomunada», explicó.
    El dato refuerza, según su análisis, la insuficiencia de una respuesta exclusivamente punitiva. Determinar qué ocurrió, establecer responsabilidades y eventualmente imponer una sanción constituye solamente una parte de la intervención.
    «El objetivo es evitar que el chico siga con esa tendencia delictiva y, para eso, hay que trabajar con el adolescente», sostuvo.
    Frutos diferenció ese abordaje de «un derecho penal puro, un derecho penal de adulto que solamente se investiga y es lineal hacia una sanción penal».
    «En el adolescente no se puede. En el adolescente hay que trabajar amplio y con el entorno», remarcó.

    Un sistema que recién empieza

    La aplicación del nuevo régimen obliga, además, a profundizar la coordinación entre organismos que hasta ahora intervenían de manera diferente o separada.
    En Corrientes existen dispositivos de salud, centros de promoción, espacios para abordar consumos problemáticos y programas de servicios comunitarios que podrán articularse con organizaciones estatales y de la sociedad civil.
    «Esto recién comienza. Estamos dialogando con las distintas áreas», reconoció Frutos.
    El objetivo es que esa articulación termine plasmándose en protocolos concretos que determinen qué organismo debe actuar y de qué manera frente a las distintas situaciones que puedan presentarse.
    Mientras se completa la estructura especializada, los jueces de Familia, Niñez y Adolescencia correntinos asumirán transitoriamente funciones vinculadas al nuevo régimen.
    También se desarrollaron capacitaciones y el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes avanzó en acciones de fortalecimiento de operadores junto a Unicef.
    En el Chaco, en tanto, la adecuación se realiza sobre una estructura procesal juvenil que ya estaba funcionando. Además de los 18 estrados con competencia en la materia, distintos organismos judiciales comenzaron a unificar criterios para la aplicación del nuevo régimen.
    El cambio producido por la legislación nacional, por lo tanto, no termina en la discusión sobre la edad a partir de la cual un adolescente puede responder penalmente. Abre otra discusión más extensa acerca de la capacidad del Estado para intervenir antes, durante y después del proceso judicial.
    Frutos reconoció que todavía resulta difícil anticipar cuál será el impacto real. «Todavía estamos en el diagnóstico, el panorama es especulativo porque no sabemos qué va a pasar», señaló.
    Pero planteó con claridad cuál debería ser el objetivo final: evitar que el paso de un adolescente por la Justicia se convierta simplemente en el primer eslabón de una sucesión de ingresos al sistema penal.
    La investigación del delito y la determinación de responsabilidades seguirán siendo centrales. El desafío adicional será lograr que la intervención también alcance las condiciones familiares, educativas, sanitarias y sociales que rodean al adolescente.
    «El objetivo es evitar que el chico siga con esa tendencia delictiva», resumió Frutos.

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