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    Caso Axel: recusaron a la jueza Agüero por presunto prejuzgamiento en la valoración de las grabaciones

    18 de octubre de 2026
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    Investigación por la desaparición de Axel González en Fontana, Chaco, suma un nuevo escrito en el expediente. Los abogados Barceló Fogar recusaron a la jueza María Laura del Valle Agüero por presunto prejuzgamiento. Cuestionan la utilización de grabaciones de seguridad en la sentencia que sobreseyó a Ariel Esteban Lázaro.

    Los abogados Miguel Ángel Barceló y Macarena Barceló Fogar solicitaron el apartamiento de la titular del Juzgado de Garantías N°3, al considerar que adelantó opinión sobre la validez de registros fílmicos cuya incorporación al expediente permanece cuestionada. La magistrada utilizó esos elementos al fundamentar el sobreseimiento de Ariel Esteban Lázaro. La defensa pidió la producción de pruebas testimoniales y la realización de una audiencia.

    Los abogados Miguel Ángel Barceló y Macarena Barceló Fogar presentaron una recusación con causa contra la jueza María Laura del Valle Agüero, titular del Juzgado de Garantías N°3 de Resistencia, en el marco de la investigación por la desaparición de Axel Alejandro González.

    El planteo fue formulado en el expediente N°15708/2026-1, bajo el argumento de que la magistrada habría incurrido en prejuzgamiento al utilizar registros de cámaras de seguridad para fundamentar una resolución judicial, pese a que continúa pendiente una discusión sobre la validez de la incorporación de ese material.

    La recusación se relaciona directamente con la Sentencia N°220, del 13 de octubre de 2026, mediante la cual Agüero dispuso el sobreseimiento parcial y definitivo de Ariel Esteban Lázaro, alias “Pavita”, respecto del delito de encubrimiento.

    Los letrados, defensores de Antonio Omar Íñiguez y Leonardo Nicolás Silva, sostienen que la magistrada realizó una valoración anticipada de pruebas que habían sido formalmente cuestionadas por su parte.

    El planteo de nulidad sobre los registros fílmicos

    Según consta en la presentación, los abogados solicitaron el 22 de julio la nulidad de la incorporación de distintas grabaciones obtenidas durante la investigación.

    El planteo se sustentó en presuntas irregularidades en los procedimientos de obtención, registro e incorporación del material digital, así como en la falta de participación de las defensas en el control de esas diligencias.

    La Fiscalía N°14 rechazó la solicitud mediante un decreto del 6 de agosto.

    Posteriormente, los defensores formularon una oposición a esa decisión y solicitaron su tratamiento ante el Juzgado de Garantías.

    De acuerdo con el escrito de recusación, esa controversia todavía no había sido resuelta por la magistrada cuando dictó el sobreseimiento de Lázaro.

    Los abogados consideran que, al utilizar los videos como fundamento de la sentencia, Agüero adelantó su criterio respecto de la validez de pruebas cuya incorporación continúa sometida a discusión.

    Las imágenes utilizadas para fundamentar el sobreseimiento

    La defensa cuestionó particularmente la valoración de un informe de la División Delitos contra las Personas referido a registros de cámaras de seguridad de Fontana.

    La Sentencia N°220 señala que las declaraciones sobre el recorrido realizado por Axel González y Ariel Lázaro durante la madrugada del 17 de mayo encuentran respaldo en ese informe.

    El relevamiento menciona imágenes captadas alrededor de la 1.55 en avenida Marconi, otras registradas minutos después en calle Primero de Mayo y el paso de un patrullero policial con balizas encendidas a las 2.04.

    La magistrada consideró que esos elementos aportaban sustento a aspectos de la reconstrucción de una presunta persecución policial.

    Los Barceló cuestionan que las filmaciones hayan sido valoradas judicialmente sin resolver previamente la oposición que mantienen contra el rechazo fiscal de la nulidad.

    No obstante, la recusación no implica que las grabaciones hayan sido declaradas inválidas. Tampoco supone, por sí sola, que se haya acreditado prejuzgamiento.

    Cuestionamientos sobre la obtención del material

    Otro de los fundamentos del escrito se relaciona con la declaración testimonial de Carla Yanina Ávalos, propietaria de una de las cámaras de seguridad.

    Los defensores mencionaron que, durante su declaración del 8 de julio, la mujer manifestó haber entregado material a personal de investigaciones sin firmar una constancia en ese momento.

    También indicó que había enviado videos mediante WhatsApp y que posteriormente entregó una memoria de almacenamiento.

    A partir de esas circunstancias, los abogados cuestionaron la documentación de las diligencias, los procedimientos utilizados para obtener las imágenes y las garantías de control de la prueba.

    La defensa considera que esas situaciones deben ser examinadas antes de otorgar valor probatorio definitivo a los registros.

    Alegan temor de parcialidad

    La recusación también contiene cuestionamientos sobre el tratamiento de las solicitudes formuladas por los defensores de Íñiguez y Silva.

    Los abogados sostienen que la magistrada rechazó diversas medidas probatorias propuestas por ellos y que todavía no resolvió determinados planteos.

    Asimismo, señalaron que sus representados fueron investigados por encubrimiento, al igual que Lázaro, y que también solicitaron sus sobreseimientos.

    A criterio de la defensa, la diferencia en la valoración de los elementos reunidos compromete la apariencia de imparcialidad de la magistrada.

    Por ese motivo, el escrito invoca tanto el presunto prejuzgamiento como un supuesto trato discriminatorio hacia sus asistidos.

    Estas afirmaciones deberán ser examinadas en el procedimiento correspondiente y no constituyen hechos judicialmente acreditados.

    Solicitaron una audiencia y ofrecieron testigos

    Como parte de la presentación, los abogados solicitaron que la recusación tramite por vía incidental, que se produzcan las pruebas ofrecidas y que se convoque a una audiencia para escuchar los fundamentos de las partes.

    El escrito incluye un ofrecimiento de prueba testimonial vinculado con las circunstancias cuestionadas por la defensa.

    Los letrados también formularon reservas legales para recurrir a instancias superiores si consideran afectados los derechos de sus representados.

    La documentación examinada no incluye una decisión posterior sobre la admisibilidad o procedencia de la recusación.

    En consecuencia, la presentación no debe confundirse con una resolución que haya dispuesto el apartamiento de la jueza Agüero.

    La investigación continúa

    El planteo se produce en un contexto de controversias sobre las pruebas incorporadas a la causa y las decisiones adoptadas respecto de las personas investigadas.

    La resolución que sobreseyó a Ariel Esteban Lázaro constituye una decisión sobre su situación procesal por encubrimiento, pero no esclarece la desaparición de Axel González.

    Mientras se tramitan los cuestionamientos de las defensas, continúa pendiente determinar qué ocurrió con el joven durante la madrugada del 17 de mayo en Fontana y cuál es su paradero.

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