El chaqueño Pablo Molina fue condenado a 9 años de prisión por su supuesta vinculación con narcos correntinos. Antes había sido hallado culpable de utilizar una causa de narcotráfico para confeccionar un oficio falso e intervenir ilegalmente los teléfonos de su esposa y de un exnovio de ella por motivos de celos.
Tras el rechazo de un recurso por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), la condena quedó firme y se ordenó su detención en su domicilio de Resistencia.
Ahora, se sumó otra sentencia, junto a otros integrantes del Poder Judicial de la vecina orilla.
La decisión se produjo luego de que la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal agravara a fines de 2024 la responsabilidad penal de los acusados al condenarlos por el delito de asociación ilícita, que había sido descartado en el juicio oral.
Los jueces Juan Manuel Iglesias, Simón Bracco y Fabián Cardozo impusieron penas de entre 2 años y 9 años y 6 meses de prisión.
La audiencia de cesura -o de determinación de las penas- se inició el 19 de octubre pasado. En representación del Ministerio Público Fiscal, participaron el fiscal general con funciones de coordinación en la Fiscalía de Distrito Corrientes, Carlos Schaefer; el titular de la Procuraduría de Narcocriminalidad, Diego Iglesias, y el fiscal coadyuvante de esa oficina, Martín Uriona.
La sentencia consideró que funcionarios judiciales y abogados coordinaban la obtención de dinero de personas investigadas por narcotráfico a cambio de resoluciones judiciales favorables.
Según el fallo, la organización tenía una distribución de roles entre sus integrantes y actuaba para beneficiar a determinados imputados mediante decisiones que comprometían el normal funcionamiento de la administración de justicia.
LAS PENAS IMPUESTAS
Pablo Carlos Molina (secretario judicial): 9 años y 6 meses de prisión e inhabilitación especial perpetua, por el delito de asociación ilícita, en calidad de miembro de la organización, en concurso real con el de cohecho pasivo agravado, en calidad de partícipe necesario -persona interpuesta-, reiterado en cinco (5) oportunidades que concurren materialmente entre sí, el cual concurre a su vez en forma ideal con el de prevaricato, en carácter de partícipe necesario, reiterado en cuatro (4) oportunidades. En el juicio, había sido condenado a 5 años de prisión.
Federico Alberto Grau (secretario judicial): 6 años y 6 meses de prisión e inhabilitación especial perpetua, por considerarlo responsable del delito de asociación ilícita, en calidad de miembro de la organización, en concurso real con el delito de cohecho pasivo agravado, en calidad de partícipe necesario -persona interpuesta-, reiterado en tres (3) oportunidades que concurren materialmente entre sí, el cual concurre a su vez en forma ideal con el de prevaricato, en carácter de partícipe necesario, reiterado en tres (3) oportunidades. En el juicio, había sido condenado a 4 años de prisión.
Duylio Horacio Barboza Galeano (abogado): 4 años y 6 meses de prisión, por considerarlo responsable del delito de asociación ilícita, en calidad de miembro de la organización, en concurso real con el delito de cohecho activo agravado, reiterado en tres (3) oportunidades que concurren materialmente entre sí, en calidad de coautor. En el juicio, había sido condenado a 2 años de prisión.
Gregorio Humberto Giménez (abogado): 3 años y 6 meses de prisión, por el delito de asociación ilícita, en calidad de miembro de la organización, en concurso real con el delito de cohecho activo agravado, en calidad de coautor.
Tomás Alfredo Viglione (abogado): 3 años y 6 meses de prisión, por el delito de asociación ilícita, en calidad de miembro de la organización, en concurso real con el delito de cohecho activo agravado, reiterado en dos oportunidades que concurren materialmente entre sí, en calidad de coautor.
Jorge Ricardo Vallejos (abogado): 3 años y 6 meses de prisión, por asociación ilícita, en calidad de miembro de la organización, en concurso real con el delito de cohecho activo agravado, en calidad de coautor. En la etapa de juicio, había sido condenado a 2 años de prisión.
Omar Antonio Serial (abogado): 2 años y 6 meses de prisión en suspenso, por cohecho activo agravado, como coautor. En la etapa de juicio, había sido condenado a 2 años de prisión.
Juan Manuel Faraone (exintendente de Empedrado): 2 años de prisión en suspenso, por cohecho activo agravado.
El tribunal fijó para el 10 de noviembre próximo la lectura de los fundamentos de las penas.

