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    Portada » Confirmaron procesamiento a 11 represores en el Chaco
    Política

    Confirmaron procesamiento a 11 represores en el Chaco

    15 de mayo de 2025
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    La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia resolvió confirmar los procesamientos con prisión preventiva contra 11 expolicías del Chaco acusados de crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura militar.
    No obstante, también ordenó revisar las faltas de mérito dictadas a favor de Humberto Maidana e Ignacio López, dos de los imputados, luego de ser apelada por la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal.
    La causa investiga los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, tormentos y violación de domicilio cometidos en la Brigada de Investigaciones de Resistencia y la Alcaidía provincial entre 1974 y 1978.
    La resolución, a la que tuvo acceso el portal judicial Litigio, fue dictada el pasado lunes y lleva las firmas de las camaristas Rocío Alcalá y Patricia García.
    El tribunal consideró que las testimoniales de las víctimas, coherentes entre sí y con pruebas documentales, constituyen un «corpus probatorio suficiente» para esta etapa del proceso.
    También que los imputados tenían roles funcionales en centros clandestinos, según registros policiales y declaraciones de sobrevivientes.

    LOS PROCESADOS
    Gabino Manader, señalado por múltiples víctimas como partícipe activo en torturas.
    José Francisco Rodríguez Valiente, identificado por testigos como interrogador en sesiones de apremios ilegales;
    Pablo César Casco, ex jefe de Guardia de la U7, vinculado a la entrega ilegal de detenidos al Ejército.
    Aldo Martínez Segón, Ángel Ibarra, Juan Ramón Rodríguez Valiente, Luis Alberto Patetta, José Tadeo Luis Bettolli, José Marín, alias cabo Sotelo; Ignacio López y Emilio Zárate.

    LOS FUNDAMENTOS
    Por otro lado, el tribunal revocó las faltas de mérito de Maidana y López por considerar que la jueza de primera instancia no fundamentó adecuadamente su decisión.
    Sobre las pruebas, sostuvieron que «los testimonios de las víctimas, a pesar del tiempo transcurrido, mantienen una razonable coherencia y detallan métodos sistemáticos de tortura».
    Respecto de Maidana, advirtieron que «la jueza omitió analizar su pertenencia a la guardia de la Alcaidía, donde testigos lo ubican en turnos de torturas».
    En cuanto a López, puntualizaron que «su condición de policía y el reconocimiento directo por una víctima exigían un examen más riguroso».

    LAS PREVENTIVAS
    En relación a las prisiones preventivas, Manader, Rodríguez Valiente, Martínez Segón, Patteta, Bettolli, López, Juan Ramón Rodríguez Valiente y Emilio Zárate se encuentran todos bajo la modalidad de arresto domiciliario.
    En tanto, Marín (alias cabo Sotelo) y Ángel Ibarra permanecen en la Unidad Penal 7 por riesgo de entorpecer la investigación. Solo Pablo César Casco accedió a la excarcelación.

    Los fundamentos del fallo de las juezas Alcalá y García

    Las juezas realizaron un amplio análisis de todos los casos e imputaciones y refirieron que las declaraciones de los testigos directos y víctimas «adquieren singular importancia ya que fueron protagonistas de los sucesos, sin perjuicio de su confrontación con otras declaraciones obrantes y con documentación que ilustra sobre la modalidad represiva imperante en la época».
    En esa línea, en otro tramo del fallo, las magistradas expresaron que los dichos de las víctimas «resultan contundentes y verosímiles en lo que respecta a las condiciones de detención en la Brigada de Investigaciones y en la Alcaidía provincial, la identificación y el estado físico de los detenidos, los tratos recibidos y especialmente, la individualización de los presuntos responsables».
    Las camaristas sostuvieron que de tales relatos «puede colegirse el modus operandi de algunos funcionarios policiales y militares intervinientes, quienes ejecutaban procedimientos violentos como parte de un plan sistemático dirigido a la población civil a efectos de obtener información respecto de otros objetivos, lo que permite encuadrar jurídicamente sus conductas dentro de los tipos penales atribuidos, considerados como delitos de lesa humanidad».

    LAS VÍCTIMAS
    En la causa Caballero IV se investigan los tormentos -psíquicos y físicos- agravados por la condición de detenidos políticos, las privaciones ilegítimas de la libertad y la violación de domicilio en perjuicio de 23 víctimas, entre ellas, un bebé de 8 meses detenido junto a su madre, estudiantes secundarios y universitarios, docentes y profesionales, quienes tenían militancia social en escuelas, facultades, parroquias y barrios, en las Ligas Agrarias o en agrupaciones políticas.

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