El Instituto de Cultura del Chaco recuerda que hasta el 31 de octubre próximo se encuentra abierta la segunda Convocatoria de 2021 para presentar proyectos culturales para ser financiados a través de Mecenazgo, en el marco de la Ley 1353-E Fomento de la Actividad Privada en Actividades Culturales. Los requisitos y formularios de inscripción y elaboración de proyectos pueden solicitarse al correo electrónico proyectosmecenazgo@gmail.com.
La herramienta de Mecenazgo integra el programa Impulsar Cultura, mediante el cual se promueve la generación de proyectos que alberguen alternativas creativas para el desarrollo de contenidos y producciones culturales sustentables, en un contexto de cuidado social, enfocados en el fortalecimiento de las industrias culturales locales y regionales.
Las y los interesados podrán presentar proyectos culturales con mecenas previa inscripción como Beneficiarios (Artistas, Instituciones o Benefactores). Este trámite se realiza gratuitamente y por única vez, ante la Dirección de Asistencia Técnica y Aplicación de Normas del Instituto de Cultura, de manera presencial o por correo electrónico.
Los proyectos deberán enmarcarse en las siguientes disciplinas: artes visuales, música, teatro, danzas y artes escénicas, arquitectura y urbanismo en sus aspectos exclusivamente estéticos, cinematografía y medios audiovisuales, literatura, radio y televisión educativa y cultural y toda otra expresión cultural o artística que resulte de interés mediante dictamen del Consejo Provincial de Mecenazgo.
Las y los interesados podrán ingresar sus postulaciones en forma física o virtual. En forma física (formato papel) deberán presentar la documentación en el Departamento de Mesa de Entradas General, Salida y Archivo y en la Mesa de Entradas de la Dirección de Asistencia Técnica y Aplicación de Normas –Área Mecenazgo-, del Instituto de Cultura, en días y horarios hábiles.
En forma virtual, podrán enviarla a través del correo electrónico proyectosmecenazgo@gmail.com todos los días y hasta las 0 del 31 de octubre. También en ese correo se pueden solicitar los formularios, canalizar consultas y obtener mayor información.
A través de esta ley, el Estado chaqueño promueve la participación de empresas y particulares en el sostenimiento de proyectos culturales. Las empresas pueden destinar un porcentaje de lo que abonan en concepto de Ingresos Brutos a actividades culturales concretas, sin erogaciones adicionales, ni tiempo extra en gestiones.
Son fondos públicos con destino específico que potencian el desarrollo y la sustentabilidad de proyectos artísticos y culturales de nuestra provincia. Pueden ser mecenas todos aquellos que acrediten ser contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos en la ATP (con una antigüedad mínima no inferior a 12 meses) que estén en regla con sus obligaciones fiscales provinciales y nacionales.
Todas las personas físicas o jurídicas (nacional o extranjero) que decidan contribuir en moneda o en especies para el desarrollo de proyectos culturales.
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