Mientras que la reforma laboral avanza tras su sanción en la Cámara de Diputados, el presidente del Consejo de la Abogacía del Chaco, Miguel Vigier, cuestionó con dureza el proyecto y aseguró que se trata de una iniciativa «deliberada y sistemática» para desincentivar los reclamos judiciales de los trabajadores y disciplinar el ejercicio profesional de los abogados.
El dirigente precisó que la entidad que encabeza ya había emitido dos pronunciamientos formales, uno en diciembre, con un análisis integral del proyecto, y otro junto a los colegios del interior provincial, en los que expresaron objeciones puntuales a los artículos 20 y 277 de la iniciativa.
Según explicó, esas disposiciones afectaban de manera directa el ejercicio de la abogacía y, por extensión, el acceso a la Justicia de los trabajadores.
Vigier insistió en que la iniciativa no se limita a modificar la Ley de Contrato de Trabajo, sino que impactaba en distintos cuerpos normativos. «Es una ley que toca tres leyes, no solamente la ley de trabajo. No deja ningún actor relevante sin reformar», sostuvo.
A modo de síntesis, sostuvo que la reforma implica una regresión en materia de derechos laborales y un condicionamiento para quienes ejerzan la defensa técnica de los trabajadores. «Es profundamente regresiva y la vemos con preocupación, porque no solo reduce derechos sino que también afecta la posibilidad de reclamarlos», afirmó.
Críticas al artículo 20
En relación al artículo 20, el presidente del Consejo explicó que el texto establece una suerte de responsabilidad solidaria del abogado con su cliente: «Cuando se da lo que se conoce como plus petición inexcusable, que es un concepto muy vago y que deja mucho margen para la interpretación del juez».
Vigier explicó que, de prosperar la redacción actual, si el reclamo del trabajador fuera acogido por un monto inferior al pretendido inicialmente, podrían trasladarse costas al abogado por esa diferencia. «Esto podría dar lugar, a que se traslade también las costas, esto es el pago proporcional por los gastos generados por esa plus petición, al abogado, lo que es inadmisible», afirmó.
En ese sentido, recordó que la obligación del profesional del derecho es de medios y no de resultados. «Nuestra profesión compromete medios, no resultados.
Nosotros hacemos un análisis objetivo a partir de los elementos que tenemos al inicio de la causa y hacemos un encuadre que luego está sometido a prueba y a discusión procesal. Es imposible trasladarnos los resultados a nosotros de ese pleito», enfatizó.
Para el titular del Consejo, la disposición no respondía a un descuido técnico sino a una intención concreta. «Claramente esto persigue, como lo ha señalado toda la abogacía organizada del país, una forma de disciplinar a los abogados, una forma de desincentivar que hagamos los planteos como deben ser, por todos los montos que consideramos conducentes al inicio del proceso», opinó.
Y agregó: «Esto no es un descuido del proyecto, sino que es un deliberado y sistemático proyecto destinado a desincentivar los reclamos judiciales laborales».
Honorarios en cuotas
El segundo punto crítico señalado por Vigier fue el artículo 277, que preveía el fraccionamiento de los honorarios profesionales en hasta 12 cuotas. «Imagínese en un país que no ha dejado atrás la inflación lo que importa esperar 12 meses para cobrar honorarios», planteó.
El dirigente explicó que los honorarios de los abogados se perciben al final del proceso judicial, que en materia laboral puede extenderse por varios años. «Un litigio laboral en la provincia puede durar cinco o seis años. Imagínese cobrar después de seis años y con un año más de plazo en cuotas.
Esto afecta gravemente el ejercicio profesional», advirtió.
«Está toda la abogacía organizada, todos los colegios públicos y en nuestro caso los consejos profesionales, pidiendo la revisión de estas normas que son muy peligrosas para el sistema de derechos», sostuvo.
industria del juicio laboral
Durante la entrevista, Vigier también rechazó la idea planteada desde sectores oficialistas de que la reforma apuntara a poner fin a una supuesta «industria del juicio laboral».
«Siempre rechazamos esta calificación aberrante de que hay una industria del juicio laboral. Es muy peligroso que empecemos a cerrar las puertas de los tribunales para el reclamo de determinados derechos», afirmó.
El presidente del Consejo recordó que el trabajador es considerado un sujeto de preferente tutela constitucional. «El trabajador o la trabajadora es un sujeto de preferente tutela constitucional. Eso quiere decir que es un sujeto que se considera un débil jurídico, que está en una situación que presumimos es de debilidad frente a la patronal. Por eso el derecho lo protege», explicó.
«Históricamente hemos entendido que los trabajadores son sujetos débiles y que el derecho tiene que protegerlos. Por eso las constituciones y los instrumentos internacionales de derechos humanos han dado una protección preferente», indicó.
Para Vigier cuestionar la judicialización de los reclamos laborales implicaba desconocer esa realidad estructural: «No podemos quejarnos de que los trabajadores vayan a juicio a reclamar sus derechos, porque es obvio que van a sufrir atropellos y nosotros somos sus defensores».
autonomía profesional
Uno de los ejes centrales de la crítica del Consejo fue la afectación de la defensa en juicio y de la autonomía profesional de los abogados. «Vemos comprometida la defensa en juicio y la autonomía e independencia profesional cuando se intenta trasladar costos a los abogados para desincentivar el reclamo justo de los trabajadores», expresó Vigier.
A su entender, si el profesional temiera consecuencias económicas personales por formular un reclamo que considerara jurídicamente razonable, se generaría un efecto inhibitorio.
«Si el abogado o la abogada tiene miedo de hacer un planteo que considera legalmente procedente, esto es sumir en la indefensión a las personas que no son profesionales del derecho», advirtió.
Consultado sobre si el proyecto en su conjunto implicaba un retroceso, respondió sin matices: «Creo que sí. El proyecto en general es un retroceso en materia de derechos laborales. Tiene normas que son regresivas y además se le suma este aspecto instrumental».
En ese sentido, sostuvo que la iniciativa no solo afectaba derechos sustantivos sino también a los actores que los defendían. «Es un proyecto que toca a diversos actores: no solamente al colectivo de trabajadores en su derecho sustantivo, sino que también se dirige a desarmar a sus sujetos colectivos de tutela, como los sindicatos, y también a sus defensores, que son los abogados», remarcó.
indemnización
por despido
Entre los aspectos sustantivos de la reforma, Vigier cuestionó la modificación de la presunción de la relación de trabajo y los cambios en la base de cálculo de la indemnización por despido. «Hemos señalado como crítica la modificación de la presunción de la relación de trabajo. Hoy la jurisprudencia presume que ciertas locaciones de obra o de servicios, cuando se repiten reiteradamente, son relaciones de dependencia.
El proyecto de ley le basta con que el supuesto contratante tenga un recibo o una factura para descartar la laboralidad del vínculo», explicó.
Para el dirigente, ese cambio implicaba un fuerte retroceso: «Afectar la presunción de laboralidad en estos casos es un fuerte retroceso, porque muchas veces se encubren fraudulentamente relaciones de trabajo bajo otras formas contractuales».
En cuanto a la indemnización por despido sin causa, explicó que la normativa vigente establece una indemnización agravada con el objetivo de desalentar el despido arbitrario. «La indemnización por despido tiene una finalidad clara: que opere como un incentivo negativo al despido. Es costoso despedir porque el derecho quiere proteger la permanencia del vínculo», indicó.
Según señaló, el proyecto excluye determinados rubros de la base de cálculo, lo que en la práctica disminuiría el monto indemnizatorio. «Lo que hace esta ley es sacar algunos rubros de esa base, con lo cual se va a disminuir la indemnización por despido», afirmó.
Aplicación y
efectos actuales
Vigier también aclaró que, de aprobarse la ley, sus efectos no quedarían limitados a nuevas relaciones laborales sino que impactarían sobre despidos producidos con posterioridad a su entrada en vigencia. «Un despido que ocurra a partir de ese momento va a quedar regido por esta nueva ley, aunque la relación laboral haya comenzado antes», explicó.
Por ello, consideró que el retroceso sería inmediato y generalizado. «Esto va a ser actual para todo el universo de trabajadores si se aprueba en estos términos», advirtió.

