Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Allanan sedes de ANDIS y la droguería Suizo Argentina por la causa que investiga el supuesto pago de coimas
    • Intento de asalto a un remisero en Resistencia: lo atacaron con un cuchillo pero logró defenderse
    • Villa Ángela: Allanamiento en Barrio Mocoví deja detenidos y secuestro millonario
    • Caso Cebra: la Justicia concede prisión domiciliaria a Brian Obregón, pero el abogado apelara porque «está preso en su casa»
    • Aumenta el impuesto a los combustibles y volverá a subir la nafta
    • Detuvieron en La Leonesa a un hombre acusado de abuso sexual agravado
    • Intensa búsqueda de una adolescente de 17 años
    • Otra vez la intolerancia política en Corrientes
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    viernes 29 agosto
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Rechazaron el amparo que impedía que se frene el aumento de Internet y telefonía móvil

    Rechazaron el amparo que impedía que se frene el aumento de Internet y telefonía móvil

    9 de septiembre de 2021
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    «Corresponde rechazar la medida cautelar peticionada», firmó la jueza María Alejandra Biotti en el fallo que obligará a las empresas Telefónica de Argentina SA y Telefónica Móviles Argentina SA a cumplir con las resoluciones del Enacom.

    La Justicia Federal rechazó este miércoles el pedido de inconstitucionalidad de la empresa Telefónica al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20, que había declarado como servicios públicos a las telecomunicaciones e Internet durante la pandemia de Covid-19 y que frenaba el aumento de sus tarifas.

    El fallo de la titular del juzgado Contencioso Administrativo Federal 5, María Alejandra Biotti, afirmó la validez del DNU, ya que había sido ratificado por el Senado Nacional, y sostuvo que «no se cumple con la acreditación de la existencia de un daño que pudiera producirse du­rante el transcurso de la causa» la no aplicación de la norma.

    «La declaración de inconstitucionalidad de una norma -aseguró el fallo- es un acto de suma gravedad institucional que debe ser visto como ultima ratio del ordenamiento jurídico», y que debe «ser fundado sobre la base del perjuicio que la disposición le acarrea a la generalidad de las personas, mas no de aquél que sólo se proyecta sobre algunas de ellas».

    El DNU 690/20 declaró los servicios de Internet, tv paga y telefonía fija y móvil como servicios públicos esenciales y en competencia, y fue ratificado por el Congreso el año pasado.

    En diciembre último, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), en cumplimiento del decreto, emitió dos resoluciones: la creación de la prestación básica universal para los grupos socioeconómicos vulnerables, y el descongelamiento de los precios de los servicios con un incremento de 5 % para el primer mes del 2021.

    Todas las grandes empresas del sector iniciaron acciones judiciales para recuperar la capacidad de determinar los precios de los servicios libremente.

    Hasta este momento, una cautelar de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad de Buenos Aires suspendía la aplicación del DNU y amparaba a tres empresas (Telecom, Telecentro y DirecTV), mientras que el resto de las compañías que cumplieron con los aumentos autorizados (Claro, Telefónica, Supercanal y las miles de pymes y cooperativas) quedaban marginadas.

    En abril se notificó a las prestadoras que cualquier aumento dispuesto unilateralmente por parte de ellas deberá ser refacturado, con devolución de los importes más el interés punitorio correspondiente, y sin posibilidad de corte de los servicios a las y los clientes que no hayan abonado hasta tanto no se efectúe la refacturación.

    Por otra parte, y de acuerdo con una decisión tomada en reunión por el Directorio del Ente, se estipuló una nueva revisión para los precios fijados de las tarifas para el 1 de diciembre de 2021, cuyos aumentos autorizados desde el 1 de enero de 2021 hasta el 30 de noviembre de 2021 deberán ser del 23 %.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Nacionales

    Allanan sedes de ANDIS y la droguería Suizo Argentina por la causa que investiga el supuesto pago de coimas

    29 de agosto de 2025
    Policiales

    Intento de asalto a un remisero en Resistencia: lo atacaron con un cuchillo pero logró defenderse

    29 de agosto de 2025
    Policiales

    Villa Ángela: Allanamiento en Barrio Mocoví deja detenidos y secuestro millonario

    29 de agosto de 2025
    Policiales

    Caso Cebra: la Justicia concede prisión domiciliaria a Brian Obregón, pero el abogado apelara porque «está preso en su casa»

    29 de agosto de 2025
    Nacionales

    Aumenta el impuesto a los combustibles y volverá a subir la nafta

    29 de agosto de 2025
    RSS En Corrientes
    • Santa Lucía: choque de motos dejó a dos personas lesionadas, una de ellas grave
    • Ciencia y Justicia: exitosa primera jornada de Vinculación entre el Conicet y el Superior Tribunal de Corrientes
    • Este viernes comienza el pago de sueldos a municipales
    • El Hospital Las Mercedes obtuvo validación nacional para dos programas de formación
    • Robo en un municipio del Interior: se llevaron el dinero para los sueldos del personal
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.