Gladys González lleva 11 años peleando por justicia desde que su hijo, Víctor Hugo Cindric (18), fue asesinado a golpes por efectivos de la Policía del Chaco el 17 de septiembre de 2014 en la comisaría de Tres Isletas.
En ese tiempo, los policías responsables pasaron de ser condenados a prisión perpetua por tortura seguida de muerte a quedar en libertad tras una rebaja de la calificación penal dispuesta por el propio Superior Tribunal de Justicia (STJ) provincial, según publicó el portal judicial Litigio.
Y la indemnización civil que la Justicia le reconoció, ya magra de origen, fue licuada por la inflación hasta convertirse en una cifra que el propio STJ calificó como «irrisoria frente a la muerte de una persona humana». Ahora, el mismo tribunal ordenó reliquidarla aplicando una nueva tasa de interés que permita, al menos, que el resarcimiento conserve su valor real.
EL CASO
El caso Cindric se convirtió en 2017 en el primero en el Chaco por el que funcionarios policiales recibieron condenas a prisión perpetua por el delito de tortura seguida de muerte.
Sin embargo, ese mismo año la Sala Penal del STJ, integrada por los ministros Rolando Toledo y Emilia Valle, rebajó la calificación al delito de vejaciones agravadas por el uso de violencia y con fines de venganza y homicidio preterintencional, en concurso real, dejando a todos los condenados en libertad.
La querella recurrió en queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), que desestimó el planteo sin siquiera analizarlo, de acuerdo a lo expresado por Litigio. Ese fue el final de la vía penal para la familia de Víctor.
EL RECLAMO
CIVIL
En paralelo, Gladys González había iniciado en 2017 una demanda civil contra los policías y del Chaco. La Provincia intentó desligarse del caso argumentando que el acto imputado a los agentes «no tiene relación con la función de policía de seguridad» y que «el uso desviado de la fuerza constituye una falta que solo compromete la responsabilidad personal de los funcionarios».
El STJ rechazó ese argumento y estableció que el fallecimiento de Víctor Hugo Cindric «se produjo por una fisura en el cráneo producto de los golpes recibidos mientras se encontraba en la comisaría de Tres Isletas, aplicados por agentes que desarrollaban su labor en esa dependencia», y que por lo tanto el Chaco debía responder.
La condena, sin embargo, fue fijada en apenas $841.200, una cifra que la propia madre cuestionó por su bajeza pero que los tribunales ratificaron en todas las instancias.
El problema se agravó en la etapa de liquidación.
Once años de inflación habían transformado esa condena en una suma que no guardaba ninguna proporción con el daño sufrido.
La planilla practicada con la tasa activa del Banco de la Nación (la originalmente ordenada) arrojaba $4.557.572,73, mientras que la reliquidación solicitada por la actora con tasa pasiva ascendía a $14.857.416,56.
Los tribunales inferiores rechazaron el cambio invocando la preclusión procesal y la cosa juzgada. Fue entonces cuando el STJ intervino con un fallo que priorizó la justicia sustancial por sobre los formalismos procesales, señalando que los intereses condenados habían «devenido negativos» en términos reales y que mantener la tasa activa implicaría consagrar lo que Bidart Campos llamó «un ritualismo fatuo y negatorio del derecho fondal; pues para qué es la sentencia sino para administrar justicia».
LA ÚLTIMA DECISIÓN
En una sentencia dictada el 18 de febrero, a la que tuvo acceso Litigio, la Sala Primera Civil, integrada por los jueces Alberto Modi e Iride Grillo, el STJ decretó la nulidad parcial de la sentencia de la Cámara de Castelli y ordenó aplicar la nueva tasa de interés moratorio en pesos (TIM) para uso de la justicia, establecida por el Banco Central mediante resolución 1/2026, desde la fecha del hecho y hasta el efectivo pago.
Las costas de todas las instancias fueron impuestas a los demandados vencidos, los policías y del Chaco, y se ordenó practicar una nueva planilla de liquidación.
No obstante, el Gobierno ya presentó un recurso extraordinario federal para que se habilite la vía de la CSJN.

