Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Robó chocolates y $5.000: lo detuvieron a pocas cuadras del comercio
    • Las ventas minoristas pyme cayeron 3,8% interanual en julio
    • Encontraron a la joven buscada junto a sus dos hijos en Sáenz Peña
    • La despedida de Jorge Messi: Lionel Messi llegó a Rosario para despedir a su padre
    • Buscan a una mamá y sus dos hijos en Sáenz Peña
    • Detuvieron a un hombre, secuestraron cocaína y recuperaron partes de una moto
    • Detuvieron a un hombre acusado de herir a un joven durante una pelea en Corzuela
    • «Ley de Propiedad Privada: qué quedó tras el recorte del Senado»
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    domingo 9 agosto
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » La AFIP actualizó montos desde los cuáles supervisa cuentas bancarias y billeteras digitales

    La AFIP actualizó montos desde los cuáles supervisa cuentas bancarias y billeteras digitales

    24 de mayo de 2024
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los importes a partir de los cuales las entidades financieras y las plataformas de gestión electrónica o digital deben informar todas las transacciones, saldos y consumos de las cuentas que gestionan.
    El organismo a cargo de Florencia Misrahi informó que “se encuentra abocado a la simplificación de procesos en beneficio de los contribuyentes, a través de la instrumentación de mecanismos tendientes a mejorar sus regímenes de información”.

    “En pos de dicho objetivo, por un lado, modificó la Resolución General N° 4298, que establece la obligación de informar de las entidades financieras a esta Administración Federal”, sostuvo.

    “En el caso de acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas, el monto mínimo se eleva de $200.000 a $700.000. En el supuesto de consumos con tarjetas de débito del titular y adicionales, se eleva de $120.000 a $400.000″, indicó.

    Por otra parte, “se elevaron los montos previstos en la Resolución General N° 4614, que establece el régimen de información para los sujetos que administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago”.

    “En el supuesto de ingresos o egresos totales, el monto se eleva de $120.000 a $400.000 y los saldos mensuales de $200.000 a $700.000″, explicó.

    Asimismo, “para ambos regímenes de información se prevé una cláusula de actualización cada seis meses sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que publica el INDEC”.

    “Esta medida representa un paso más del Estado Nacional para constituir una Administración Pública ágil, moderna y transparente”, afirmó.

    Tarjetas de crédito

    La AFIP ha comunicado recientemente la actualización de los montos a partir de los cuales se activa la obligación de informar o actuar como agente de retención o percepción en determinados regímenes fiscales.

    Régimen de retención de IVA (RG N° 140/1998) y Ganancias (RG N° 4011/2017) en sistemas de tarjetas de crédito y tarjetas de compra: Se exime del régimen cuando el monto a retener sea igual o inferior a 6.000 pesos, aumentando desde los 2.000 pesos anteriores.

    Régimen de percepción de IVA en operaciones de granos no destinados a la siembra y legumbres secas (RG N° 2459/2008): El régimen será aplicable cuando el pago se realice mediante la transferencia de granos y semillas en proceso de certificación, con un monto superior a 11.500 pesos. Este ajuste reemplaza el monto anterior de 3.800 pesos, vigente desde 2023.

    Régimen de información en servicios públicos para consumos relevantes (RG N° 3349/2012): Las empresas proveedoras de servicios como energía eléctrica, agua, gas, telefonía fija y móvil, deben presentar información solo por operaciones iguales o superiores a 95.000 pesos mensuales o su equivalente si el período de facturación es distinto al mensual. Esta modificación sustituye el valor previo de 31.000 pesos.

    Estos cambios entraron en vigor a partir del 1 de mayo de 2024. En junio del año pasado la Resolución General 5370/2023 de la AFIP actualizó los valores a partir de los cuales rige la obligación de informar las operaciones de los mencionados regímenes de información, retención y percepción y estableció que los mencionados valores se ajustarán anualmente por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que suministre el Instituto de Estadística y Censos (INDEC), correspondiente al mes de diciembre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año inmediato anterior a este último.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Policiales

    Robó chocolates y $5.000: lo detuvieron a pocas cuadras del comercio

    9 de agosto de 2026
    Nacionales

    Las ventas minoristas pyme cayeron 3,8% interanual en julio

    9 de agosto de 2026
    Policiales

    Encontraron a la joven buscada junto a sus dos hijos en Sáenz Peña

    9 de agosto de 2026
    Nacionales

    La despedida de Jorge Messi: Lionel Messi llegó a Rosario para despedir a su padre

    9 de agosto de 2026
    Policiales

    Buscan a una mamá y sus dos hijos en Sáenz Peña

    9 de agosto de 2026
    RSS En Corrientes
    • Objetivo «aurirrojo»: «formar personas, no campeones»
    • En la Fiesta del Cordero Lomeño, Valdés destacó el potencial productivo local
    • San Martín de Curuzú y San Lorenzo de Monte Caseros arrancaron por la senda del éxito
    • María Paz Romero se subió al podio en el Nacional de Mayores
    • La Policía de Corrientes celebró 55 años de servicio con un emotivo acto en la Costanera
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.