El catequista del colegio San José Obrero, Juan Salvador Medina, fue absuelto por falta de pruebas de la existencia del delito y que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación.
Lo resolvió ayer la jueza Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, de la Cámara del Crimen 1 de Resistencia, a través de la sentencia 38/22.
En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscala de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).
Entre los fundamentos otorgados por la jueza Glenda Vidarte, señalaron que «la duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar», puesto que se trata de «un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho», dijo.
Detalló que el abuso sexual simple consiste en «cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual» que «así debe ser percibido por el otro». En este caso, remarcó: «No se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar».
Se recuerda que el sonado caso nació en 2017 en el interior de la iglesia ubicada en el predio del colegio.
Medina habría «efectuado actos de tocamientos de contenido sexual en zona de los glúteos al menor», en circunstancias que se desempeñaba como catequista y el menor asistía a la Sala de 4 años Divino Niño Jesús en la mencionada institución educativa, encontrándose en ese lapso de tiempo a cargo de la guarda y de su educación religiosa.
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