Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • 2025 cerró con déficit fiscal de las provincias del 0,33% del PBI
    • Rodríguez presentó su renuncia a Salud y será reemplazado por Ricardo Mayol
    • Julio Barrios Cima: «El nivel de morosidad está en los niveles máximos en la historia»
    • Regalos para todos los bolsillos: fuerte expectativa comercial por el Día del Padre
    • El Niño se consolida, pero advierten que aún persisten incertidumbres para el Chaco
    • For Ever no se entrega y confirmó el regreso de Daniel Cravero
    • Villa San Martín fue imparable en casa y gritó campeón provincial
    • Secuestraron cocaína y más de $8 millones tras una requisa en villa Itatí
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    jueves 18 junio
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Absolvieron al catequista del San José Obrero acusado de abuso sexual

    Absolvieron al catequista del San José Obrero acusado de abuso sexual

    19 de marzo de 2022
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    El catequista del colegio San José Obrero, Juan Salvador Medina, fue absuelto por falta de pruebas de la existencia del delito y que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación.
    Lo resolvió ayer la jueza Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, de la Cámara del Crimen 1 de Resistencia, a través de la sentencia 38/22.
    En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscala de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).
    Entre los fundamentos otorgados por la jueza Glenda Vidarte, señalaron que «la duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar», puesto que se trata de «un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho», dijo.
    Detalló que el abuso sexual simple consiste en «cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual» que «así debe ser percibido por el otro». En este caso, remarcó: «No se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar».
    Se recuerda que el sonado caso nació en 2017 en el interior de la iglesia ubicada en el predio del colegio.
    Medina habría «efectuado actos de tocamientos de contenido sexual en zona de los glúteos al menor», en circunstancias que se desempeñaba como catequista y el menor asistía a la Sala de 4 años Divino Niño Jesús en la mencionada institución educativa, encontrándose en ese lapso de tiempo a cargo de la guarda y de su educación religiosa.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    2025 cerró con déficit fiscal de las provincias del 0,33% del PBI

    17 de junio de 2026
    Política

    Rodríguez presentó su renuncia a Salud y será reemplazado por Ricardo Mayol

    17 de junio de 2026
    Política

    Julio Barrios Cima: «El nivel de morosidad está en los niveles máximos en la historia»

    17 de junio de 2026
    Sociedad

    Regalos para todos los bolsillos: fuerte expectativa comercial por el Día del Padre

    17 de junio de 2026
    Política

    El Niño se consolida, pero advierten que aún persisten incertidumbres para el Chaco

    17 de junio de 2026
    RSS En Corrientes
    • Martín Villagrán es el DT elegido por Regatas
    • Boca Unidos lanzó dardos contra Mandiyú por la ida de Lautaro Mendoza
    • Tapa y Contratapa 18 de junio de 2026
    • Diario Digital 18 de junio de 2026
    • Tiempo de semifinales en las Copas «Palacio” y “Fabián Sosa»
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.