Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Capitanich: «El peronismo nunca va a morir porque su esencia es la humanidad»
    • El Paraná alcanzó los 7 metros y podría llegar a 7,30 en los próximos días
    • Vacunación antiaftosa: procedimientos para la libre elección de veterinarios acreditados
    • El Chaco perdió el 5,3% del empleo industrial registrado en dos años
    • Regional NEA: ya se conocen a los semifinalistas y los cruces
    • Pre-Federal: zona de definiciones con dos cruces de Cuartos confirmados
    • 12 detenidos, un niño entre ellos, por molestar
    • El ginecólogo detenido fue a juicio hace unos años y resultó absuelto
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    lunes 19 octubre
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Compañías de seguro ya no ofrecerán servicio de grúa y auxilio

    Compañías de seguro ya no ofrecerán servicio de grúa y auxilio

    27 de abril de 2024
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó ayer en el Boletín Oficial una resolución que modifica el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la Argentina, y por la cual, desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de grúa y auxilio mecánico a los usuarios.

    Así, lo que se ha determinado es que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador. En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial.

    La Resolución SSN 217.2024 que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, ha dado un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio, pero además, una vez pasados los 90 días, el cambio se aplicará a cada usuario al finalizar el actual contrato de seguro, es decir al momento de renovar las pólizas.

    Fuente: Infobae

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    Capitanich: «El peronismo nunca va a morir porque su esencia es la humanidad»

    19 de octubre de 2026
    Sociedad

    El Paraná alcanzó los 7 metros y podría llegar a 7,30 en los próximos días

    19 de octubre de 2026
    Interior

    Vacunación antiaftosa: procedimientos para la libre elección de veterinarios acreditados

    19 de octubre de 2026
    Política

    El Chaco perdió el 5,3% del empleo industrial registrado en dos años

    19 de octubre de 2026
    Deportes

    Regional NEA: ya se conocen a los semifinalistas y los cruces

    19 de octubre de 2026
    Feed RSS: En Corrientes En Corrientes
    • La Cuenca del Plata celebró su 12° Maratón Solidaria en Corrientes, Formosa y Posadas
    • Actuación histórica del Team Crismanich en el Panam Series PATU 12
    • Un nuevo fracaso golpea a Mandiyú
    • El Team Curuzú Porá cosechó numerosos podios en Entre Ríos
    • Monseñor Canecín: “La maternidad es una vocación, un don, un regalo, una gracia”
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.