Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • El gobierno nacional impulsa la ampliación del sistema acusatorio
    • Capi Rodríguez plantea retomar el debate sobre transparencia sanitaria
    • Preparan una caravana multisectorial en defensa de trabajadores y jubilados
    • Día Mundial del Sida: diagnósticos tardíos y baja en la percepción del riesgo en jóvenes
    • Sentencia a los Sena: el fallo podría hacerse esperar bastante
    • Hindú puso en marcha el proyecto de «Nutrición, deporte y salud»
    • Luego de 33 años, la Urne se coronó campeón del Seven de la República
    • El viernes se conocerá el fallo contra Barraza
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    martes 2 diciembre
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Compañías de seguro ya no ofrecerán servicio de grúa y auxilio

    Compañías de seguro ya no ofrecerán servicio de grúa y auxilio

    27 de abril de 2024
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó ayer en el Boletín Oficial una resolución que modifica el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la Argentina, y por la cual, desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de grúa y auxilio mecánico a los usuarios.

    Así, lo que se ha determinado es que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador. En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial.

    La Resolución SSN 217.2024 que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, ha dado un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio, pero además, una vez pasados los 90 días, el cambio se aplicará a cada usuario al finalizar el actual contrato de seguro, es decir al momento de renovar las pólizas.

    Fuente: Infobae

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    El gobierno nacional impulsa la ampliación del sistema acusatorio

    2 de diciembre de 2025
    Política

    Capi Rodríguez plantea retomar el debate sobre transparencia sanitaria

    2 de diciembre de 2025
    Política

    Preparan una caravana multisectorial en defensa de trabajadores y jubilados

    2 de diciembre de 2025
    Sociedad

    Día Mundial del Sida: diagnósticos tardíos y baja en la percepción del riesgo en jóvenes

    2 de diciembre de 2025
    Policiales

    Sentencia a los Sena: el fallo podría hacerse esperar bastante

    2 de diciembre de 2025
    RSS En Corrientes
    • Regatas es el gallardo campeón del básquet capitalino
    • El norteamericano Becton no va más en San Martín
    • Nación y Provincia afinan prioridades en torno al nuevo plan de reformas
    • El sector privado, clave para crecer
    • El Gobierno nacional impulsa la ampliación del sistema acusatorio
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.