Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Economías regionales reclamaron en CAME por presión fiscal y crisis
    • Rubén Guillón: «Hay una decisión deliberada de vaciar la Cámara»
    • Luis Niveiro: «Julia Lublin fue mi primer contacto con el mundo de las galerías»
    • El Impenetrable bajo agua: advierten sobre el impacto del desmonte
    • Retiran conectividad a Génesis y crece la preocupación en el deporte social
    • Mostrando su potencial, Mitre lo cerró mejor y manda en el NEA
    • Por fin atraparon al temible Verón Juniors
    • Crecen los incidentes con policías más que violentos
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    viernes 8 mayo
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Compañías de seguro ya no ofrecerán servicio de grúa y auxilio

    Compañías de seguro ya no ofrecerán servicio de grúa y auxilio

    27 de abril de 2024
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó ayer en el Boletín Oficial una resolución que modifica el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la Argentina, y por la cual, desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de grúa y auxilio mecánico a los usuarios.

    Así, lo que se ha determinado es que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador. En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial.

    La Resolución SSN 217.2024 que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, ha dado un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio, pero además, una vez pasados los 90 días, el cambio se aplicará a cada usuario al finalizar el actual contrato de seguro, es decir al momento de renovar las pólizas.

    Fuente: Infobae

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    Economías regionales reclamaron en CAME por presión fiscal y crisis

    8 de mayo de 2026
    Política

    Rubén Guillón: «Hay una decisión deliberada de vaciar la Cámara»

    8 de mayo de 2026
    Sociedad

    Luis Niveiro: «Julia Lublin fue mi primer contacto con el mundo de las galerías»

    8 de mayo de 2026
    Interior

    El Impenetrable bajo agua: advierten sobre el impacto del desmonte

    8 de mayo de 2026
    Deportes

    Retiran conectividad a Génesis y crece la preocupación en el deporte social

    8 de mayo de 2026
    RSS En Corrientes
    • Tapa y Contratapa 8 de mayo de 2026
    • Diario Digital 8 de mayo de 2026
    • El Superior Tribunal, con “acefalía virtual”
    • «No sería una mala idea que Codazzi deje la profesión»
    • Hot Sale en Tienda Más BanCo: cuotas sin interés y descuentos
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.