Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • El Partido Justicialista acusó a Katia Blanc de «transfuguismo político»
    • Milei recibió a James Heckman tras su respaldo a la desregulación
    • Pía Cavana cuestionó el ahorro electoral y pidió no «achicar la democracia»
    • El endeudamiento y la mora ponen bajo análisis el peso de la educación financiera
    • Puerto Vilelas reparará la defensa del paraje Tacuarí ante inundaciones
    • Rosario Goitía presidirá el Grupo Parlamentario de Amistad con Grecia
    • Sancionaron a los policías que agredieron a un hombre
    • Presunto narco fue absuelto por opaca investigación policial
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    viernes 4 septiembre
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Compañías de seguro ya no ofrecerán servicio de grúa y auxilio

    Compañías de seguro ya no ofrecerán servicio de grúa y auxilio

    27 de abril de 2024
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó ayer en el Boletín Oficial una resolución que modifica el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la Argentina, y por la cual, desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de grúa y auxilio mecánico a los usuarios.

    Así, lo que se ha determinado es que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador. En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial.

    La Resolución SSN 217.2024 que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, ha dado un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio, pero además, una vez pasados los 90 días, el cambio se aplicará a cada usuario al finalizar el actual contrato de seguro, es decir al momento de renovar las pólizas.

    Fuente: Infobae

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    El Partido Justicialista acusó a Katia Blanc de «transfuguismo político»

    4 de septiembre de 2026
    Política

    Milei recibió a James Heckman tras su respaldo a la desregulación

    4 de septiembre de 2026
    Política

    Pía Cavana cuestionó el ahorro electoral y pidió no «achicar la democracia»

    4 de septiembre de 2026
    Política

    El endeudamiento y la mora ponen bajo análisis el peso de la educación financiera

    4 de septiembre de 2026
    Interior

    Puerto Vilelas reparará la defensa del paraje Tacuarí ante inundaciones

    4 de septiembre de 2026
    Feed RSS: En Corrientes En Corrientes
    • Polich destacó la «doble sinergia» del turismo sustentable
    • Está el fixture de la Liga Nacional de Básquet
    • De cargar el delito a dar vida: el caso de la yegua rescatada del abigeato en Santo Tomé
    • Se confirmó la sede del primer Mercado de Pulgas en Corrientes
    • El Senado correntino avanza en la conservación de grandes felinos
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.