Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • El NEA acumuló 22,3% de inflación
    • La FIA instó al municipio a garantizar el acceso a la información pública
    • Godoy advirtió riesgos en dilatar la reforma de la Ley de Sociedades
    • Eduardo Vischi: «La UCR debe recuperar su rol»
    • La historia del solideo que selló el afecto de Francisco hacia Itatí
    • Agustín Gajate llega como líder a la fecha de Termas de Río Hondo
    • Adrián Halupa vuelve al fútbol
    • «Falsa médica»: la fiscalía aguarda una pericia clave
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    viernes 14 agosto
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Compañías de seguro ya no ofrecerán servicio de grúa y auxilio

    Compañías de seguro ya no ofrecerán servicio de grúa y auxilio

    27 de abril de 2024
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    La Superintendencia de Seguros de la Nación publicó ayer en el Boletín Oficial una resolución que modifica el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la Argentina, y por la cual, desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de grúa y auxilio mecánico a los usuarios.

    Así, lo que se ha determinado es que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador. En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial.

    La Resolución SSN 217.2024 que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, ha dado un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio, pero además, una vez pasados los 90 días, el cambio se aplicará a cada usuario al finalizar el actual contrato de seguro, es decir al momento de renovar las pólizas.

    Fuente: Infobae

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Política

    El NEA acumuló 22,3% de inflación

    13 de agosto de 2026
    Política

    La FIA instó al municipio a garantizar el acceso a la información pública

    13 de agosto de 2026
    Política

    Godoy advirtió riesgos en dilatar la reforma de la Ley de Sociedades

    13 de agosto de 2026
    Política

    Eduardo Vischi: «La UCR debe recuperar su rol»

    13 de agosto de 2026
    Sociedad

    La historia del solideo que selló el afecto de Francisco hacia Itatí

    13 de agosto de 2026
    RSS En Corrientes
    • Chocan los últimos campeones en Curuzú Cuatiá
    • Tapa y Contratapa 14 de agosto de 2026
    • Diario Digital 14 de agosto de 2026
    • Se consolida el Parque Industrial Santa Catalina
    • Mahiques llega a Corrientes en pleno reordenamiento de la Justicia Federal
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.