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    Portada » El Gobierno de Milei informó quienes dejarán de cobrar el Potenciar trabajo

    El Gobierno de Milei informó quienes dejarán de cobrar el Potenciar trabajo

    8 de mayo de 2024
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    Luego de eliminar el programa Potenciar Trabajo y dividirlo en Volver al Trabajo y Acompañamiento Social, el Gobierno nacional informó quiénes no cobrarán los programas por no cumplir con los requisitos o por incompatibilidades con otras prestaciones.

    Quienes no cumplan con las condiciones serán dados de baja como beneficiarios y no podrán cobrar los $78.000 mensuales.

    Paralelamente, el Ministerio de Capital Humano informó cómo consultar quiénes siguen activos en los programas.

    CÓMO SABER SI ESTOY ACTIVO EN POTENCIAR TRABAJO
    -Ingresá a la app Mi Argentina o Mi ANSES.
    -Escribí el número de CUIL.
    -Completá la contraseña con la Clave de la Seguridad Social, en el caso de Mi Anses, o la clave de Mi Argentina.
    -Una vez dentro, accedé a la sección «Mis Cobros».
    -En la sección, podrás ver las prestaciones que te corresponden cobrar este mes.
    REQUISITOS DE LOS DOS NUEVOS PROGRAMAS
    -Programa Volver al Trabajo: pueden acceder ex beneficiarios del Potenciar que tengan entre 18 y 50 años.
    -Programa de Acompañamiento Social: pueden acceder ex beneficiarios del Potenciar que tengan más de 50 años y sean madres de cuatro o más hijos menores de 18 años.
    En ambos casos, además del requisito de edad, se deberá cumplir con las obligaciones generales y de participación del programa.

    QUIENES SERÁN ELIMINADOS DEL PROGRAMA
    Además, el Gobierno dio a conocer las causas de quiénes no podrán cobrar y serán eliminados del programa:

    Será eliminado como beneficiario quien:

    -Impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, subterráneo, agua o aire o no permitiere a terceros movilizarse libremente por la vía pública.
    -Incurra en actos de violencia que importen la alteración del orden público, que hayan sido notificados de manera fehaciente por los organismos competentes.
    -Fallecimiento del titular.
    -Por renuncia expresa del titular.
    -Por falsedad de las declaraciones juradas debidamente constatada.
    -Por incurrir en alguna causal de las incompatibilidades previstas.

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