El senador Jorge Capitanich presentó un proyecto de ley destinado a garantizar procedimientos públicos, transparentes y participativos para la selección de candidatos a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).
La iniciativa surge como respuesta a la decisión adoptada por el gobierno nacional de modificar, mediante decreto, los mecanismos vigentes para la designación de jueces federales y miembros del máximo tribunal.
La propuesta legislativa fue dada a conocer luego de la publicación del decreto 467/26 en el Boletín Oficial, mediante el cual el Poder Ejecutivo nacional introdujo cambios en el sistema de selección de magistrados. Según se informó, la medida eliminó instancias vinculadas con la publicidad de las candidaturas y la participación ciudadana que formaban parte del procedimiento vigente desde 2003.
De acuerdo con los fundamentos expuestos, el proyecto, denominado «Ley de transparencia, publicidad y participación ciudadana en el procedimiento de selección de candidatos a la Corte Suprema de la Nación», busca establecer reglas permanentes para la integración del máximo tribunal, garantizando mecanismos de control público y acceso a la información durante todo el proceso de selección.
Capitanich sostuvo que «la integración del máximo tribunal no puede depender de decisiones tomadas entre pocos ni de los criterios de quien ocupe el Poder Ejecutivo. La Corte Suprema merece procesos transparentes y la Argentina también», al fundamentar la necesidad de contar con una norma específica que regule estos procedimientos.
CAMBIOS INTRODUCIDOS POR EL DECRETO 467/26
El decreto 467/26 modificó el mecanismo de selección de jueces federales y dejó sin efecto disposiciones establecidas por el decreto 222/2003, firmado durante la presidencia de Néstor Kirchner. Entre los aspectos eliminados se encuentran la obligación de dar publicidad a las candidaturas y la habilitación de instancias para la presentación de observaciones por parte de la ciudadanía.
Las disposiciones derogadas contemplaban la difusión pública de los antecedentes de los postulantes antes de la nominación presidencial, así como la posibilidad de que ciudadanos, organizaciones e instituciones formularan observaciones respecto de las candidaturas propuestas para integrar la Corte Suprema.
Según se detalla en la presentación legislativa, la eliminación de estos mecanismos afecta las condiciones de transparencia incorporadas al procedimiento de selección con el objetivo de fortalecer la legitimidad institucional de las designaciones y promover un mayor control ciudadano sobre las decisiones del Poder Ejecutivo.
Frente a este escenario, el senador planteó el deber de establecer por ley los principios de publicidad y participación ciudadana para evitar que estos mecanismos dependan exclusivamente de decisiones administrativas o reglamentarias susceptibles de ser modificadas por futuras administraciones.
Alcances y objetivos de la propuesta
El texto impulsado por Capitanich tiene por objeto «establecer un procedimiento público, transparente y participativo, aplicable al ejercicio de la facultad conferida al Poder Ejecutivo nacional por el artículo 99, inciso 4, de la Constitución nacional», referido a la atribución presidencial de proponer candidatos para integrar la Corte Suprema.
La iniciativa establece que la evaluación de los postulantes deberá contemplar distintos aspectos vinculados con su trayectoria y aptitudes. Entre ellos se incluyen la idoneidad técnica, las condiciones morales, los antecedentes profesionales y académicos, así como el compromiso demostrado con la defensa de los derechos humanos.
El proyecto procura, además, organizar el procedimiento de selección mediante reglas explícitas que permitan una valoración integral de los candidatos antes de su eventual nominación, promoviendo la disponibilidad de información relevante tanto para los organismos competentes como para la ciudadanía en general.
En ese marco, la propuesta busca consolidar criterios objetivos de análisis y fortalecer las condiciones institucionales bajo las cuales se desarrolla el proceso de conformación del máximo tribunal de justicia del país.
» Criterios de selección
Entre los criterios propuestos para la selección de candidatos se encuentran la diversidad de género, la especialidad jurídica y la procedencia regional de los aspirantes.
La iniciativa incorpora estos elementos como factores a considerar durante la evaluación de los perfiles presentados para ocupar vacantes en la Corte Suprema.
Uno de los ejes centrales del proyecto es la publicidad de las candidaturas. Para ello, se prevé la difusión de la información correspondiente a través de mecanismos oficiales y medios de comunicación, con el propósito de garantizar que la ciudadanía tenga acceso a los antecedentes y características de cada postulante.
La propuesta también contempla la obligación de presentar declaraciones juradas patrimoniales por parte de los candidatos y de sus familiares, incorporando herramientas orientadas a fortalecer el control público y la transparencia en el proceso de selección.
Asimismo, el proyecto incorpora mecanismos destinados a identificar y evaluar posibles conflictos de intereses, promoviendo que cada instancia del procedimiento cuente con fundamentos debidamente explicitados y accesibles para el conocimiento público.
» Mayor participación
Además de resguardar el principio de transparencia, la iniciativa busca preservar espacios de participación ciudadana durante todo el procedimiento.
En ese sentido, contempla la continuidad de mecanismos mediante los cuales ciudadanos particulares, organizaciones no gubernamentales e instituciones académicas y científicas puedan intervenir a través de adhesiones u objeciones respecto de las candidaturas propuestas.
Capitanich remarcó la importancia de estos instrumentos al señalar que «es fundamental que los antecedentes sean públicos, que la sociedad pueda opinar, que se controlen los conflictos de intereses y que cada decisión esté debidamente fundamentada».
Los fundamentos del proyecto sostienen que «la presente ley no modifica ni altera las competencias constitucionales de los poderes del Estado.
Por el contrario, establece condiciones de transparencia y publicidad para que dichas competencias sean ejercidas con mayor información, responsabilidad institucional y legitimidad republicana».

