Tras el receso invernal y luego de una breve sesión especial, la Cámara de Diputados del Chaco retomó este miércoles su actividad con una sesión extraordinaria que comenzó pasadas las 9. En el recinto estuvieron presentes 28 legisladores, mientras que otros cuatro estuvieron ausentes. Uno de los principales temas tratados fue la modificación de la Ley 1940-A de la Fiscalía de Estado, que fue aprobada con 27 votos a favor y uno en contra.
La iniciativa fue impulsada por el diputado Iván Gyöker, del interbloque Chaco Puede, y establece diferentes modificaciones vinculadas con la estructura interna de la Fiscalía de Estado y la organización de sus recursos humanos. Entre los cambios aprobados se contempla la actualización de porcentajes correspondientes a determinados cargos y la incorporación de nuevas funciones dentro del organismo.
Uno de los puntos principales establece que los cargos de Secretario de Trámite y Secretario Relator pasarán a representar el 88%, mientras que el porcentaje correspondiente al cargo de Jefe de Informática se elevará al 42%. Además, se crearán tres cargos de Secretario o Secretaria Relator de la Fiscalía de Estado.
Según los fundamentos de la iniciativa, estas modificaciones responden al crecimiento sostenido del volumen de causas y a la necesidad de adecuar la estructura del organismo a las tareas que desarrolla actualmente. De esta manera, se busca fortalecer los recursos humanos destinados al funcionamiento de la Fiscalía de Estado.
Cambios en los sumarios administrativos
La nueva normativa también introduce modificaciones en materia de sumarios administrativos. A partir de la reforma, la Fiscalía de Estado tendrá a su cargo la sustanciación de los procesos sumariales correspondientes a sus propios funcionarios y empleados, en el marco de la autonomía constitucional del organismo.
El texto aprobado establece que el Fiscal de Estado podrá aplicar las medidas disciplinarias previstas en el Estatuto para el Personal de la Administración Pública. Los procedimientos estarán a cargo del propio organismo, a través del Secretario General, un instructor sumariante o quien lo reemplace.
La normativa contempla una excepción para el Procurador General y el Secretario General: cuando se aconseje una sanción expulsiva, la decisión quedará bajo competencia exclusiva del Poder Ejecutivo.
Finalmente, la reforma modifica la denominación del cargo de “Consultor Técnico” por “Médico Consultor”, con el objetivo de adecuar el nombre del puesto a las funciones que actualmente desarrolla el profesional dentro de la Fiscalía de Estado.

