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    Portada » El Chaco incorporó la reiterancia como nuevo criterio para la prisión preventiva
    Política

    El Chaco incorporó la reiterancia como nuevo criterio para la prisión preventiva

    27 de agosto de 2026
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    La Cámara de Diputados aprobó ayer, durante la sesión ordinaria 11, la modificación de la Ley 965-N, correspondiente al Código Procesal Penal provincial, para incorporar la reiteración de la actividad delictiva entre los supuestos que deberán ser considerados al evaluar la procedencia de la prisión preventiva.
    La reforma establece que, cuando existan elementos suficientes que vinculen a una persona con un delito doloso y esta registre otros procesos penales por hechos de similares características, esa circunstancia podrá ser valorada al determinar los riesgos de fuga o de entorpecimiento de la investigación.
    La modificación incorpora además una definición específica de reiterancia delictiva, que «constituirá una circunstancia objetiva que el fiscal y/o juez deberá valorar, conjuntamente con los restantes elementos del caso, para decidir sobre la procedencia de medidas de coerción y prisión preventiva.
    La norma precisa así criterios para la valoración de la reiteración delictiva dentro de las medidas de coerción, sin equiparar esa figura con la reincidencia, que requiere una condena firme.
    Los autores de la iniciativa, Carlos Salom y Edgardo Reguera, defendieron la modificación durante el debate legislativo.
    Salom sostuvo que el proyecto responde a una demanda ciudadana y forma parte de una política de seguridad impulsada por el gobierno provincial. «Hay que hacer un diagnóstico de por qué estamos donde estamos», afirmó, al referirse a la necesidad de brindar herramientas al Poder Judicial para impedir la denominada «puerta giratoria», y agregó, en relación con las políticas de seguridad, «dentro de la ley, todo; fuera de la ley, nada», dijo.
    Reguera señaló que la reforma responde a un pedido de la sociedad y a una deuda pendiente en materia de seguridad, y explicó que la incorporación de un nuevo artículo permitirá establecer de manera autónoma la figura de la reiterancia delictiva y brindar criterios más claros a los fiscales para determinar su aplicación.

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