Caso Axel González en Chaco con novedades. Los abogados Barceló denunciaron ante el Juzgado de Garantías N°3 presuntos excesos en las pericias de celulares realizadas por Gendarmería Nacional. La Fiscalía N°14 justificó la conservación de los dispositivos para nuevos estudios.

Los abogados Miguel Ángel Barceló y Macarena Barceló Fogar presentaron escritos ante la Fiscalía N°14 y el Juzgado de Garantías N°3 en los que sostienen que se extrajo información privada de teléfonos secuestrados más allá de los límites establecidos judicialmente. También formularon reservas legales ante eventuales delitos informáticos. La Fiscalía defendió la necesidad de conservar los dispositivos para posibles estudios complementarios.
La investigación por la desaparición de Axel Alejandro González, ocurrida el 17 de mayo de 2026, sumó una nueva controversia judicial relacionada con las pericias informáticas realizadas sobre teléfonos celulares secuestrados durante los procedimientos efectuados en la causa.
Los abogados Miguel Ángel Barceló y Macarena Barceló Fogar presentaron escritos ante la Fiscalía de Investigación Penal N°14 y el Juzgado de Garantías N°3 de Resistencia, en los que cuestionaron el alcance de las extracciones de información efectuadas por personal de Gendarmería Nacional.
Según la defensa, los procedimientos habrían excedido los límites fijados en la Orden de Apertura N°136, dictada el 12 de junio de 2026, al obtenerse la totalidad de los datos contenidos en los dispositivos, incluidos archivos de carácter privado que no guardarían relación con la investigación.
Los letrados consideran que esa actuación podría constituir una desobediencia judicial y afectar derechos constitucionales vinculados con la privacidad y la intimidad.
No obstante, se trata de una denuncia formulada por los abogados, cuya procedencia deberá ser evaluada por las autoridades judiciales competentes.
Cuestionamientos a la extracción de información
El planteo se centra en la interpretación y el cumplimiento de la orden judicial que autorizó el examen de varios dispositivos secuestrados en procedimientos realizados en Fontana.
La resolución habilitaba la búsqueda y el análisis de registros de llamadas, contactos, mensajes, fotografías, audios, videos, correos electrónicos, información de geolocalización y otros elementos que pudieran resultar relevantes para esclarecer la desaparición.
Sin embargo, también establecía períodos específicos para la extracción y el análisis de datos.
En algunos teléfonos, el intervalo comprendía desde el 16 de abril hasta el 21 de mayo, mientras que en otros se extendía hasta el 30 de mayo.
Los defensores sostienen que, al recibir el material extraído, comprobaron que se había obtenido información que excedía esos límites.
En su presentación, afirmaron que el procedimiento habría puesto a disposición de las partes datos privados de los titulares de los teléfonos sin la correspondiente autorización.
Para los abogados, esa situación implica un posible incumplimiento de las instrucciones impartidas por el Juzgado de Garantías N°3.
Sin embargo, para determinar si existió una extralimitación resulta necesario establecer el alcance técnico de la extracción, qué información fue efectivamente examinada y si su utilización respetó las restricciones judiciales.
Informaron una presunta desobediencia judicial
En uno de los escritos, dirigido al Juzgado de Garantías N°3, los Barceló atribuyeron al equipo fiscal interviniente y a personal de Gendarmería Nacional una presunta desobediencia de la Orden N°136.
La defensa sostuvo que la extracción integral de los datos habría desconocido las limitaciones establecidas para proteger la información personal de los titulares de los dispositivos.
En ese marco, invocó garantías reconocidas por la Constitución Nacional y por tratados internacionales de derechos humanos, particularmente aquellas vinculadas con la intimidad, la privacidad y la protección frente a injerencias arbitrarias.
Los abogados dejaron constancia de su postura y formularon reservas legales.
La presentación, sin embargo, no equivale a una resolución judicial que haya comprobado la existencia de desobediencia o declarado irregular el procedimiento.
Reservas por eventuales delitos informáticos
Otro de los planteos está relacionado con la posibilidad de realizar nuevas pericias sobre teléfonos que, según los defensores, ya fueron examinados.
Los Barceló expresaron su preocupación por la eventual aparición de archivos, mensajes, registros o carpetas que no hubieran sido identificados en los análisis iniciales.
En ese contexto, formularon reservas legales ante posibles delitos informáticos que pudieran surgir de una futura intervención sobre los dispositivos.
La advertencia no implica que se haya comprobado una manipulación informática.
En los escritos examinados no se acredita que funcionarios judiciales o integrantes de Gendarmería hayan alterado, incorporado o eliminado archivos de los teléfonos secuestrados.
El planteo de la defensa apunta a dejar constancia de sus objeciones y de su intención de cuestionar cualquier irregularidad que pudiera detectarse posteriormente.
La Fiscalía justificó la conservación de los teléfonos
La controversia también se relaciona con un proveído fiscal del 5 de octubre, mediante el cual se respondió a pedidos de devolución de dispositivos presentados por distintas personas vinculadas con la investigación.
Entre los solicitantes se encontraban Gonzalo Federico Escalante, Ramona Ermelinda Íñiguez y Soledad Miriam Alegre, quienes reclamaron la restitución de sus teléfonos por razones laborales y personales.
La Fiscalía sostuvo que la realización de una extracción forense no significa necesariamente que haya desaparecido la necesidad de conservar el aparato.
En su respuesta explicó que tanto el soporte físico como la información y los metadatos contenidos en él pueden resultar necesarios para pericias complementarias o ampliatorias.
Asimismo, indicó que la decisión sobre el momento en que los elementos secuestrados dejan de ser útiles corresponde a la dirección de la investigación penal preparatoria.
Por ese motivo, los pedidos de restitución quedaron diferidos para una oportunidad posterior, cuando los dispositivos ya no resulten necesarios para el proceso.
Una discusión sobre los límites de las pericias digitales
La controversia plantea una cuestión relevante para la investigación penal: el equilibrio entre la necesidad de obtener evidencia digital y la obligación de proteger los derechos de las personas cuyos dispositivos son examinados.
Los teléfonos celulares pueden contener comunicaciones, ubicaciones, fotografías y otros registros útiles para reconstruir hechos investigados, pero también almacenan información personal que puede resultar completamente ajena a una causa judicial.
Por esa razón, las órdenes de examen suelen establecer condiciones sobre el período, el contenido y la finalidad de las búsquedas.
En este caso, la defensa sostiene que esas condiciones no fueron respetadas, mientras que la Fiscalía fundamentó la conservación de los dispositivos en la posibilidad de realizar nuevas medidas probatorias.
Hasta el momento, la documentación disponible no permite establecer que exista una resolución judicial que haya confirmado los incumplimientos denunciados.
La búsqueda de Axel continúa sin resultados concluyentes
Los cuestionamientos sobre las pericias informáticas se producen mientras la investigación continúa incorporando pruebas, informes científicos y presentaciones de las distintas partes.
Entre las actuaciones recientes también figuran análisis realizados sobre armas de fuego secuestradas, cuyos resultados deberán ser valorados junto con los restantes elementos del expediente.
La causa mantiene abiertas diversas líneas de investigación destinadas a reconstruir lo ocurrido con Axel González desde el 17 de mayo.
Este domingo 11 de octubre se cumplirán 147 días desde su desaparición.
Mientras se dirimen las controversias sobre el tratamiento de las pruebas y las medidas pendientes, la cuestión central sigue sin resolverse: determinar qué ocurrió con Axel Alejandro González y establecer su paradero.

